REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO
Maturín, 15 de Diciembre de 2014
204º y 155º
Vista las anteriores actuaciones y en mi condición de Juez natural de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Monagas y Delta Amacuro con competencia transitoria en los estados Nueva Esparta, Sucre, Anzoátegui y Bolívar; Me aboco de oficio al conocimiento del presente asunto, ordenándose la notificación al ciudadano HERIBERTO DELGADO VERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.041.697, con domicilio procesal, Escritorio Juridico “Alvarado”, Calle Miranda N°. 7, San José de Guanipa, Municipio Autónomo de Guanipa del Estado Anzoátegui, (parte demandante), y al Juzgado del Municipio Pedro Maria Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, (parte demandada) informándoles que una vez que conste en autos las notificaciones y transcurridos los diez (10) días de Despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, mas cuatro (4) días como termino de la distancia, comenzará a correr el lapso previsto en el artículo 90 eiusdem, y vencido el mismo sin que hubiese hecho uso de tal derecho, la causa se reanudará en el estado que se encuentra. Para lo cual se ordena librar boletas de notificación y despacho de comisión.
El Juez,
LEONARDO JIMÉNEZ MALDONADO.
La Secretaria,
MARIA LUISA VELANDIA
En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, conste.
La Secretaria,
MARIA LUISA VELANDIA.
Exp. Nº 0209-2013
LJM/MLV/Hernán