En el día de hoy 12 de Diciembre de 2014, siendo las 11:00 a.m., previa solicitud de ambas partes de anticipar la Audiencia Preliminar Inicial en el presente proceso, dejándose constancia además que la parte demandada se da por notificada en el presente procedimiento y ambas partes expresan además su voluntad de renunciar a los lapsos procesales en la fase que se encuentra este asunto, los que es acordado por la ciudadana Jueza. Se deja constancia que se encuentran presentes por la parte actora el ciudadano MANUEL JOSÉ ROJAS FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.199.925, quien viene asistido de la Abogada ANA DE LA CRUZ RANGEL, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.128.266, I.P.S.A. Nro. 85.688 y por la parte demandada “SAVIRAM, C.A.”, comparece la Apoderada Judicial Abogada PEGGY SIMOZA, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.218.638, I.P.S.A. Nro. 48.879, quien consigna en copia simple Poder Judicial constante de dos (02) folios útiles, previa presentación del original a modo videndi. La ciudadana Jueza declaró abierto el acto, en donde la parte demandada la entidad de trabajo “SAVIRAM, C.A.”, a fin de terminar con este procedimiento, ofrece pagar a la parte actora la cantidad de DOSCIENTOS SETENTA UN MIL CIENTO DIECIOCHO BOLIVARES FUERTES CON DIECISIETE CENTIMOS (Bs. F. 271.118,17); que será cancelado el día de hoy a través de cheque Nro. 29223417, elaborado a nombre del trabajador ciudadano MANUEL JOSÉ ROJAS FIGUEROA; por la cantidad mediada, librada contra la cuenta corriente de la demandada Nro. 0105 0077 05 1077203160, del Banco Mercantil, Banco Universal. Se deja expresa constancia que la cantidad ofrecida es por todos los conceptos demandados en este expediente. En éste estado la Parte Actora asistido en este acto por la Abogada identificada supra, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por los conceptos demandados en este expediente.