En el día de hoy 02 de Diciembre de 2014, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Inicial en el presente proceso, comparece en su condición de parte actora los Abogados RUBEN PALENCIA Y JOSE GONZALEZ, ambos identificados supra; actuando en su carácter de Apoderados Judiciales; por la parte demandada las entidades de trabajo “INGENIERÍA Y PROYECTOS ENRIQUE TABOADA, C.A. (INGPROYET, C.A.)”, comparece el Abogado GUSTAVO ADOLFO GARCÍA, quien consigna en copia simple poder Judicial constante de tres (03) de folios útiles, previa presentación del original a modo videndi. La ciudadana Jueza declaró abierto el acto, en donde la parte demandada la entidad de trabajo “INGENIERÍA Y PROYECTOS ENRIQUE TABOADA, C.A. (INGPROYET, C.A.)”, a fin de terminar con este procedimiento, ofrece pagar a la parte actora la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 150.000,00); que será cancelado el día cuatro (04) de Diciembre de 2014, en la sede del Tribunal, a las 10:00 a.m. a través de cheque elaborado a nombre de la trabajadora la ciudadana DARKYS YANELLDY NIÑOS CARDENAS; por la cantidad mediada. Se deja expresa constancia que la cantidad ofrecida es por todos los conceptos demandados en este expediente específicamente se acordaron pagar Bs. 95.400 por la Indemnización de la Enfermedad demandada, fundamentada en el Art. 130, Numeral 4to de la Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo; Bs. 30.000, por Concepto de Daño Moral, y Bs. 24.600, por concepto de Lucro Cesante. En éste estado la Parte Actora representada en este acto por los Abogados identificados supra, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por los conceptos demandados en este expediente.
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