En el día de hoy 04 de Diciembre de 2014, siendo las 09:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Inicial en el presente proceso, comparece en su condición de parte actora el ciudadano HECTOR MIGUEL SABEDRA HERRADEZ, quien comparece asistido del abogado KIRG LEWIS GUZMAN, quien es a su vez Apoderado Judicial del actor; ambas partes arriba identificadas; por la parte demandada “BZS CONSTRUCCION, S.A.”; comparece el Abogado BRIGIDO GONZALEZ, plenamente identificada en el encabezamiento de la presente acta, quien es apoderada tal como consta y riela a los autos a los folios del 26 al 28. La ciudadana Jueza declaró abierto el acto, , en donde la parte demandada la entidad de trabajo “BZS CONSTRUCCION, S.A.”, a fin de terminar con este procedimiento, ofrece pagar a la parte actora la cantidad de CIENTO SETENTA MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 170.000,00); que será cancelado a solicitud del accionante el día doce (12) de Diciembre de 2014, en la sede del Tribunal, a las 09:00 a.m., a través de dos cheques; uno elaborado a nombre del trabajador por la cantidad de Bs. 120.000,00 y el segundo por Bs. 50.000,00; elaborado a nombre del Apoderado del actor Abogado KIRG LEWIS GUZMAN. Se deja expresa constancia que la cantidad ofrecida es por todos los conceptos demandados en este expediente como son la Responsabilidad Objetiva, de conformidad al Art. 43, 156 de la Ley Orgánica del Trabaja los Trabajadores y las Trabajadoras, la Indemnización de la Enfermedad demandada, fundamentada en el Art. 130, Numeral 5to de la Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo; y el Daño Moral. En éste estado la Parte Actora debidamente asesorado por el Apoderado Judicial, identificados supra, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por los conceptos demandados en este expediente.
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