REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, VEINTIDOS DE ENERO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
203º y 154º

Visto el convenimiento suscrito por las partes ciudadano JOSE GREGORIO ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.900.910, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 51.459, de este domicilio, parte demandante en el presente juicio, y por la otra parte la ciudadana INGRID VICTORIA TAMAYO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.379.452, asistida en este acto por el profesional del derecho ciudadano HERNAN JOSE TAMAYO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.379.463, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 54.799, de este domicilio, parte demandada en el presente juicio de INTIMACION DE HONORARIO PROFESIONALES, expediente N° 27.977, y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de su partes y en los términos acordados por los contendiente.
EL JUEZ,

Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO,



La Secretaria, Acc

Exp. N° 27.977