JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURÍN, SIETE DE ENERO DEL DOS MIL CATORCE.-


203° y 154°

Vista la anterior diligencia, suscrita el ciudadano DENNYS RAFAEL ROMERO ARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 6.403.820, debidamente asistido por la abogada en ejercicio MIREYA GUEVARA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 89.218, donde solicita medida de paralización de construcción; Este Tribunal luego de una revisión exhaustiva de las actas que conforman la presente causa, le informa que en fecha 29 de Noviembre del año 2013, se dicto sentencia declarando Inadmisible la presente demanda por Interdicto Restitutorio, siendo así; mal podría este Tribunal acordar lo solicitado por la parte demandante, por tal motivo Se Niega lo solicitado. Y así se decide.-




DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO.
EL JUEZ

LA SECRETARIA ACCIDENTAL
ABG. YARILUZ BOGARIN




Exp: 33.268
Yosellys