REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, catorce (14) de enero de dos mil catorce (2014)
203º y 154º
ASUNTO: AP21-L-2013-003886
Vista la diligencia de fecha 08 de enero de 2014, presentada por el abogado NERIO GARCIA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro. 37.760, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual desiste de la demanda incoada y solicita se decrete el cierre y archivo del expediente. Este Juzgado acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia, homologa el desistimiento de la demanda en los términos expuestos, da por terminada la presente causa, ordena el cierre informáticamente y el archivo del expediente.
La Juez
El Secretario
Abg. Milagros Jimenez
Abg. Eric Aponte
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