REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 30 de enero de 2014
203º y 154º

Asunto Nº AF41-U-2000-000199.- INTERLOCUTORIA Nº 16.-
Asunto Antiguo Nº 1502.-

Vista la diligencia de fecha 23 de enero de 2014, suscrita por la ciudadana Andreina Velásquez Valencia, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 51.051, actuando en su carácter de sustituta del ciudadano Procurador General de la República, mediante la cual solicita sea decretada la ejecución del fallo recaído en la presente causa; visto que dicha sentencia se encuentra definitivamente firme, pasada con autoridad de cosa juzgada, este Órgano Jurisdiccional, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 280 del Código Orgánico Tributario, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA la ejecución voluntaria de la Sentencia Nº 01570 dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, en fecha 20 de septiembre de 2007, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del Fisco Nacional, contra la Sentencia Definitiva Nº 632 dictada por este Juzgado Superior el 30 de marzo de 2001, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto en fecha 03 de mayo de 2000 por la recurrente señalada infra; y en consecuencia fija un lapso de diez (10) días de despacho, para que la contribuyente INDUSTRIAS BEROL, S.A., una vez que conste en autos el resultado positivo de la boleta de notificación que se libre al efecto, efectúe el cumplimiento voluntario de dicha sentencia. Así se establece.

Publíquese, regístrese y notifíquese.

Se imprimen dos ejemplares a un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación de la sentencia, el segundo para que repose en original en el respectivo copiador.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Órgano Jurisdiccional en Caracas, a los treinta (30) días del mes de enero del año dos mil catorce (2014). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
El Juez Provisorio,

Abg. Javier Sánchez Aullón.-

El Secretario Titular,

Abg. Félix José España González.-














ASUNTO Nº AF41-U-2000-000199.-
ASUNTO ANTIGUO Nº 1502.-
JSA/ith.-