REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 31 de enero de 2014
203º y 154º
ASUNTO Nº AP41-U-2013-000404 INTERLOCUTORIA Nº 17.-
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 16 de enero de 2013, por el abogado José Raúl Villamizar, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 17.226, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Los Salias del Estado Miranda; siendo la oportunidad prevista en el artículo 270 del Código Orgánico Tributario y por cuanto dichas pruebas en su contenido no son manifiestamente ilegales ni impertinentes en los términos abajo expuestos, el Tribunal las ADMITE cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
La evacuación de las pruebas promovidas se realizará de la siguiente manera:
1.- PRUEBAS DOCUMENTALES: Se reproduce el valor probatorio y fueron agregados a los autos, los documentos promovidos anexos al escrito de promoción de pruebas, e identificados en los Capítulos I, II, III, IV y V del mismo.
El Juez Provisorio,
Abg. Javier Sánchez Aullón.-
El Secretario Titular,
Abg. Félix José España González.-
ASUNTO Nº AP41-U-2013-000404.-
JSA/ith.-
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