REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 31 de enero de 2014
203º y 154º

ASUNTO Nº AP41-U-2013-000435.- INTERLOCUTORIA Nº 19.-

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 22 de enero de 2014, por los abogados Vanessa Santos Huen, Carla Bolívar Sánchez, Alirio Álvarez Roquena, Jorge Fragoso Zambrano, Marialejandra Chuy Silva, Alejandro Tosta Castillo y Edgar Prado Acevedo, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 117.024, 117.244, 115.638, 178.193, 155.192, 178.130 y 154.907, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del Municipio Chacao del Estado Miranda, agregado al expediente mediante auto de fecha 23 de enero de 2014, siendo la oportunidad prevista en el artículo 270 del Código Orgánico Tributario, por cuanto las pruebas en su contenido no son manifiestamente ilegales ni impertinentes en los términos expuestos posteriormente, el Tribunal las ADMITE cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.

La evacuación de las pruebas promovidas se realizará de la siguiente manera:

1.- PRUEBAS DOCUMENTALES: Fueron agregados a los autos los documentos contentivos del expediente administrativo promovidos anexos al escrito de promoción de pruebas e identificados en el Capítulo I.
El Juez Provisorio,

Abg. Javier Sánchez Aullón.

El Secretario Titular,

Abg. Félix José España González.-




ASUNTO: AP41-U-2013-000435.-
JSA/voa.-