REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 27 de enero de 2014
203º y 154º
ASUNTO: AH14-M-2003-000046
Visto el escrito de promoción de pruebas que consta en el presente expediente presentado por las Abogadas SILVIA ROCHE y MARITZA GARCIA DUQUE, inscritas en el INPREABOGADO bajo los Nºs 48.274 y 48.190, respectivamente, quienes actúan en su carácter de apoderadas judiciales de la parte actora, este Tribunal pasa a pronunciarse sobre la admisión de las mismas en los siguientes términos:
En cuanto a las pruebas promovidas como EL MERITO FAVORABLE DE LOS AUTOS, por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales, ni impertinentes, y en vista de que las mismas no fueron objeto de oposición, de conformidad con lo establecido en el artículo 399 del Código de Procedimiento Civil, el Tribunal las da por admitidas en su oportunidad legal correspondiente salvo su apreciación en la definitiva.
El Juez
Abg. Carlos A. Rodriguez Rodriguez
El SecretarioAccidental
Abg. Luis Eduardo Rodriguez
Hora de Emisión: 12:27 PM
Asistente que realizo la actuación: ib