REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 28 de enero de 2014
203º y 154º
ASUNTO: AP11-M-2012-000484
Vista la decisión dictada en fecha 9 de octubre de 2013 por el Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la cual declaró CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 6 de mayo de 2013, por los abogados HENRY WINSTON PEREZ RAMIREZ y LUISANA LA ROTTA DIAZ, en su carácter de apoderados judiciales de la co-demandada, TULA SALMERON, contra el auto de fecha 2 de mayo de 2013, mediante la cual ordena admitir la prueba de informes promovida por la parte demandada; en consecuencia, este Juzgado admite en cuanto ha lugar a derecho la prueba de INFORMES consignada a los autos por la representación judicial de la parte demandada, de conformidad a lo establecido en el articulo 433 del Código de Procedimiento Civil, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, salvo su apreciación en la definitiva, mediante la cual se solicita oficiar a SUDEBAN, a los fines de que remita a este Despacho, estados de cuenta existentes en las diferentes entidades bancarias e institutos financieros de Venezuela, desde enero de 2010. En consecuencia, se ordena librar el correspondiente oficio a SUDEBAN, remitiéndole copias certificadas del escrito de promoción pruebas consignado por la representación judicial de la parte demandada a los fines dar cumplimiento al capitulo segundo del mismo.
Se ordena la notificación de las partes que conforman el presente juicio, y este Tribunal advierte, que el lapso de evacuación de dicha prueba, a que se contrae el artículo 400 del Código de Procedimiento Civil, comenzará a computarse una vez conste en autos la última notificación que de las partes se haga. Cúmplase. Notifíquese a las partes.
El Juez
Abg. Carlos A. Rodriguez Rodriguez
El Secretario Accidental
Abg. Luis Eduardo Rodriguez
Hora de Emisión: 11:06 AM
Asistente que realizo la actuación: mv