REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, catorce (14) de enero de 2014
Años: 203º y 154º
Vista la diligencia suscrita en fecha 09.01.2014, por el abogado NICOLINO TADDEO CROCAMO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 41.251, parte demandada, quien actuando en su propio nombre y representación, se da por notificado de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 20.11.2013, asimismo solicitó la notificación de dicha sentencia a la parte demandante, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte demandante, ciudadana BRÍGIDA COPOBIANCO DE TADDEO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 6.055.575, y/o en la persona de sus representante judicial, abogada ANA MARÍA GAMARDO MEDINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 57.944, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta de notificación. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR,
DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS DOMINGO MATA
VGJ/RDM/lg
Exp: AP71-R-2013-000257
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, catorce (14) de enero de 2014
Años 203° Y 154°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la ciudadana BRÍGIDA COPOBIANCO DE TADDEO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 6.055.575, y/o en la persona de su representante judicial, abogada ANA MARIA GAMARDO MEDINA, parte demandante en el juicio que por DIVORCIO CONTENCIOSO, sigue en contra del ciudadano NICOLINO TADDEO CROCAMO, sustanciado en el expediente signado con el número AP71-R-2013-000257, de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal; por auto de esta misma fecha se acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 20.11.2013.-
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
EL JUEZ,
DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
VGJ/lg
Exp Nº AP71-R-2013-000257