REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta de enero de dos mil catorce
203º y 154º

PARTE ACTORA: MARITZA JOSEFINA DURAN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, soltera y titular de la Cédula de Identidad No. V-5.784.007.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: CESAR MELLADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 188.869.
PARTE DEMANDADA: JULIO JOSÉ GRATEROL, venezolano, y titular de la Cédula de Identidad No. V-4.816.189.

SENTENCIA INTERLOCUTORIA.
Por recibida y vista la anterior demanda por ACCIÓN MERODECLARATIVA y los recaudos anexos, presentada en fecha 28 de enero de 2014, ante, la Unidad Receptora, Distribuidora de Expedientes del Circuito Judicial Los Cortijos, del cual forma parte integrante este Juzgado, el Tribunal a los fines de pronunciarse sobre su admisión observa:
La demanda por ACCIÓN MERODECLARATIVA que da origen al presente pronunciamiento, ha sido planteada por la ciudadana MARITZA JOSEFINA DURAN, con el objeto de que el Tribunal declare la existencia de la relación concubinaria que existió entre ella y el ciudadano JULIO JOSÉ GRATEROL.-
De esta manera observa el tribunal que la acción incoada corresponde a una acción civil, para cuyo conocimiento son competentes los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, por encontrarnos en presencia de un asunto de naturaleza contenciosa, no contemplado en la Resolución No. 6-2009 dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, que le asignó competencia a los Juzgados de Municipio para conocer todos los asuntos de carácter no contencioso, en los cuales no se encuentren involucrados intereses de menores y adolescentes.
En razón a los planteamientos anteriormente efectuados, este Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declina su competencia por la materia en un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y ordena remitir las presentes actuaciones a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que realice la distribución correspondiente. Así se decide.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Municipio del Área Metropolitana de Caracas, a los treinta (30) días del mes de enero de dos mil catorce (2014).
Regístrese, Publíquese y déjese Copia fotostática certificada de la presente decisión.
LA JUEZ,

LETICIA BARRIOS RUIZ
LA SECRETARIA,

MARINA SANCHEZ GAMBOA.

En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo las:
LA SECRETARIA,

MARINA SANCHEZ GAMBOA.

ASUNTO No. AP31-V-2014-000115.-
LBR/MSG/