REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, 23 de Enero de 2014
203º y 154º
ASUNTO: AP51-J-2013-024030
Vista la Solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA COBRAR presentada por la ciudadana ANGELA KARENT BUSTICO PÉREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-15.165.911 actuando en representación de su hijo el niño SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de tres (3) años de edad, asistida por la abogada GERALDINE LÓPEZ SANCHEZ, en su carácter de Defensora Pública Vigésima (20°) de esta Circunscripción Judicial, y revisadas como han sido exhaustivamente las actas que conforman el presente asunto, esta Juez Noveno 9° de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, AUTORIZA a la ciudadana ANGELA KARENT BUSTICO PÉREZ, antes identificada a los fines de hacer efectivos los derechos de su hijo en el sentido de cobrar en nombre de su hijo el niño SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de tres (3) años de edad, la cuota parte del dinero que le pueda corresponder como beneficiarios de su fallecido padre el ciudadanos MARVING DAVID BARRAZA REALES, quien era vida era titular de cédula de identidad N° V- 23.632.896, En tal sentido se ordena librar oficios a la Entidades Bancarias del Banco Fondo Común (BFC) y Banco Venezuela, a los fines se sirvan remitir a este Juzgado cheque de gerencia la cuota parte que le pertenece al niño SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, antes identificado por concepto de los haberes que dejo el De Cujus ciudadanos MARVING DAVID BARRAZA REALES antes identificado en dichas Instituciones Bancarias. Por último se ordena la apertura de una cuenta de Ahorros a nombre del niño SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN de tres años de edad por ante la Entidad Bancaria Banco Industrial de Venezuela las cuales no podrán ser movilizadas sin autorización expresa de este Tribunal, para lo cual se acuerda librar oficio a la Oficina de Control y Consignaciones (O.C.C.) de este Circuito Judicial, solicitando gestione lo conducente por ante la entidad bancaria antes mencionada. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,
ABG. DANIA RAMÍREZ CONTRERAS
LA SECRETARIA,
ABG MARIA EUGENIA VELASQUEZ DIAZ
DR/DE/FERNANDO
AP51-J-2013-024030
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