REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas veinte (20) de enero de dos mil catorce (2014)
203º y 154º
ASUNTO: AP51-J-2013-024897
Revisadas las actuaciones que conforman el presente asunto contentivo de la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE, presentada por la ciudadana KEYLA AYUNAIS JIMENEZ MORILLO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-18.760.665, actuando en representación de la niña (Se omite el nombre del niño, niña o adolescente de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de ocho (08) meses de nacida, debidamente asistida por el abogado MAIKEL PRADO, actuando en su carácter de Defensor Público Auxiliar Décimo Noveno (19°) de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. este Tribunal observa: Que en fecha 09/01/2014 se levantó acta dejando constancia que NO compareció la parte a la Audiencia Preliminar de la fase de Mediación, conforme a lo establecido en el artículo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia, este 512 Juez del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, declara DESISTIDA la presente solicitud conforme a lo establecido en el artículo 514 de la Ley Especial que rige la materia. Y así se establece.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
ABG. RONALD CASTRO.
ABG. ANADIS OCHOA
RC/AO/Duglys
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