REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES
DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
(203° y 154°)

Maracay, dieciséis (16) de enero del año (2014)

EXP.- JSAAC- 2014-0293

Oída la Apelación interpuesta por el ciudadano Carlos Antonio Concepción Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.651.434, asistido por el abogado Rafael Guillermo Maluenga Hurtado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo Nº 6281, en la cual apela la decisión dictada en fecha veintiocho (28) de noviembre del año 2013 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en el juicio por Acción Autónoma de Tutela Cautelar Agraria; este Juzgado Superior, fija un lapso de ocho (08) días de despacho para promover y evacuar las pruebas permitidas en esta Alzada. Precluido el lapso probatorio, se fijará una Audiencia Oral, en la misma se evacuaran las pruebas y se oirán los informes de las partes. Verificada esta Audiencia se dictara sentencia en audiencia oral dentro de los tres días de despacho siguientes a la preclusión de la misma. Todo esto de conformidad con la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en su artículo 229.
EL JUEZ TEMPORAL

Abg. LUÍS ABREU GUERRERO

LA SECRETARIA TEMPORAL

Abg. KHYRSI PROSPERI QUINTANA

EXP. - JSAAC- 2014-0293
LAG/kpq/jb