REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
p REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el Estado Delta Amacuro
Maturín, veintiuno de enero de dos mil catorce
203º y 154º
ASUNTO: NP11-G-2013-000084
Visto el escrito presentado en fecha 19 de diciembre de 2013, por la abogada Mariluisa Solanger López Brito, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 114.474, actuando en su carácter de Sustituta del Procurador General del Estado Monagas como parte querellada, con el cual promueve las pruebas, en la causa signada con el Nº NP11-G-2013-000084 contentivo de la QUERELLA FUNCIONARIAL, incoada por la ciudadana OMAIRA MEDINA DE ASTUDILLO, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO MONAGAS.
En esta oportunidad corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento acerca de la admisibilidad o no de los medios probatorios promovidos en el escrito presentado por la parte querellada, la cual pasa a decidir en los siguientes términos:
I
DE LA PRUEBA DOCUMENTAL
En cuanto a la promoción realizada en el escrito probatorio, la mencionada abogada promueve y consigna a favor de la parte querellada, copia certificada del expediente administrativo personal-historial, correspondiente a la ciudadana Omaira Medina de Astudillo, titular de la cédula de identidad Nº V-4.023.187; este Tribunal advierte que es criterio reiterado de la jurisprudencia que la solicitud de apreciación de las actas que conforman un expediente no constituye un medio de prueba, sino que más bien está dirigida a la aplicación del principio de la comunidad de la prueba y a la invocación del principio de exhaustividad previsto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual le corresponderá su valoración, en la oportunidad de decidir acerca del fondo del asunto debatido, así se decide.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el Estado Delta Amacuro. En Maturín a los veintiún (21) días del mes de enero del Año Dos Mil Catorce (2014). Año 203º de la Independencia y 154º de la Federación.-
La Jueza
MARVELYS SEVILLA SILVA
El Secretario,
JOSÉ ANDRÉS FUENTES
MSS/JAF/rl.-
Asunto NP11-G-2013-000084