REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCION DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 06 de febrero de 2014
203° y 154°
ACTA
N° de Expediente: NP11-L-2013-001385
PARTE ACTORA: CARMEN FLORES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad N° 12.149.586. NO COMPARECIO A LA AUDIENCIA
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDANTE: ERASMO HERNANDEZ inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 104.311
PARTE DEMANDADA: POLICLINICA ELOHIM C.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: YOBEL GONZALEZ inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.487
MOTIVO: DIFERENCIA DE BENEFICIOS LABORALES

En fecha veintiséis (26) de noviembre de dos mil trece (2013) la ciudadana CARMEN FLORES, ya identificada, asistida por el abogado ERASMO HERNANDEZ, comparece por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta Circunscripción Judicial y presenta demanda por DIFERENCIA DE BENEFICIOS SOCIALES contra la entidad de trabajo POLICLINICA ELOHIM C.A.

Distribuida la causa, correspondió su conocimiento al Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, procediendo la Juzgadora a ordenar la admisión en fecha veintinueve (29) de noviembre de 2013, librándose los correspondientes Carteles de Notificación a la demandada.

El veintiuno (21) de enero de 2014 se procede a la notificación de la demandada y transcurrido el termino de distancia y luego el lapso para la comparecencia a la Audiencia Preliminar que dispone la Ley Adjetiva Laboral, en fecha 06 de febrero de 2014, oportunidad correspondiente para celebrar la Audiencia, se dejó constancia que realizado el anuncio por parte del Alguacil de esta Coordinación del Trabajo de la celebración de la Audiencia a la hora señalada en el auto de fecha 29 de noviembre de 2013 del expediente, la parte demandante ciudadana CARMEN FLORES ya identificada, no compareció ni por si ni por medio de apoderados judiciales, a la realización de la Audiencia Preliminar, e igualmente se dejó constancia de la comparecencia de la demandada entidad de trabajo POLICLINICA ELOHIM C.A., por intermedio la ciudadana ANA GALVIS en su condición de jefa de desarrollo humano y el apoderado judicial de la accionada abogado YOBEL GONZALEZ.

Siendo la comparecencia a la Audiencia Preliminar de fundamental importancia, cuya falta acarrea las consecuencias jurídicas que dispone la propia Ley Adjetiva Laboral para la parte que no cumpla con su carga procesal, lo que conlleva forzosamente al Tribunal a dictar decisión oral conforme al caso.

DECISIÓN
Vista la incomparecencia a la Audiencia Preliminar de la ciudadana CARMEN FLORES parte actora en este procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas procedió a dictar la decisión en forma Oral tal como consta de acta levantada al efecto y publica en este mismo día la presente decisión. En consecuencia este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.

Se advierte a las partes que podrán ejercer los recursos que consideren pertinentes dentro de los cincos días hábiles siguientes a la publicación de la presente decisión y deberán anunciar o consignar en dicha oportunidad los elementos o instrumentos que constituyan o contribuyan a la demostración de esa causa justificada de incomparecencia a la Audiencia Preliminar.

Publíquese y Regístrese la presente decisión en esta misma fecha.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los seis (06) días mes de febrero de Dos Mil Catorce (2014). 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
LA JUEZA, SECRETARIA (O)

Abogº YUIRIS GOMEZ ZABALETA. Abgº