ACTA
N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2013-001359

PARTE ACTORA: Ciudadanos LUISA VELIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° 10.524.062.

APODERADOS JUDICIALES: Abogados LUISANA BERTI y MARIALEJANDRA DEL VALLE PASTOR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 202.995 y 206.308.

PARTE DEMANDADO: F&Z OBRAS Y SERVICIOS, C.A.

APODERADOS JUDICIALES: Abogado HENRY MEJIAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.550.

MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

En el día de hoy 17 de febrero de 2014, siendo fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar, compareció la ciudadana LUISA VELIZ, asistidas de las abogadas LUISANA BERTI y MARIALEJANDRA DEL VALLE PASTOR, apoderadas judiciales del accionante, compareció el Abogado HENRY MEJIAS apoderado judicial de la demandada. La parte accionante solicita que le cancelen la cantidad de Bs. 9.586,64, por diferencia de concepto de prestaciones sociales y otros conceptos. La empresa después de haber realizado los cálculos aritméticos en las diferentes audiencias con las apoderadas judiciales del accionante exponen: Que a los fines de concluir con el presente juicio, ofrezco la cantidad de Bs. 3.674,30, pagadero para el día 24 de febrero de 2014. En este estado el demandante manifiesta la aceptación de la propuesta realizada por la parte demandada. Ambas partes declaran que con este pago se abarca todos y cada uno de los conceptos demandados y los que pudiere haber generado, no quedando ningún otro concepto de diferencia de prestaciones sociales, enfermedad o accidente ocupacional. Las cantidades objeto de acuerdo deben ser consignadas por ante la oficina de Control de Consignaciones de la coordinación del Trabajo.
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL.
LA JUEZA

ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T.

LAS PARTES COMPARECIENTES.
EL SECRETARIO