REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 6 de febrero de 2014
203° y 154°

ASUNTO N°: AP21-S-2014-000229
PARTE ACTORA: ANGUS GRILL, C.A., GRAN HORIZONTE BAR RESTAURANT, C.A.
APODERADOS JUDICIALES PARTE ACTORA: Elisa Martinez
PARTE OFERIDA: MIGUEL ANTONIO LEAL MORENO
APODERADOS JUDICIALES PARTE OFERIDA: No consta en autos
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

Visto el escrito de Transacción de fecha 30 de enero de 2014, suscrito por los ciudadanos Elisa Martínez, Abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.482, representante legal de ANGUS GRILL, C.A., GRAN HORIZONTE BAR RESTAURANT, C.A., parte oferente y por la otra parte el ciudadano MIGUEL ANTONIO LEAL MORENO, titular de la cedula de identidad numero V-9.205.675, parte oferida, asistida por el Abogado Ángel Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 88.662, mediante el cual las partes alcanzan un acuerdo respecto de sus pretensiones, cancelando la parte oferente la cantidad de CINCO MIL DOSCIENTOS DIECINUEVE BOLÍVARES CON CINCO CÉNTIMOS (Bs. 5.219,05). En este sentido, el Tribunal observa que el referido acuerdo transaccional cumple con todos y cada uno de los requisitos exigidos por la Ley, discutidos como han sido los conceptos a transigir y visto que las partes se encuentran libres de constreñimiento alguno, en consecuencia, este Juzgado HOMOLOGA la Transacción celebrada entre las partes de conformidad con los artículos 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras, y 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.

La Juez

El Secretario
Abg. Estela Romero
Abog. Arturo Yaggia