REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 6 de febrero de 2014
203° y 154°
ASUNTO N°: AP21-S-2014-000270
PARTE ACTORA: INVERSIONES TAPIRO 2009, C.A.
APODERADOS JUDICIALES PARTE ACTORA: Elisa Martinez
PARTE OFERIDA: RONAL JOSE GUERRERO MAITA
APODERADOS JUDICIALES PARTE OFERIDA: No consta en autos
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
Visto el escrito de Transacción de fecha 4 de febrero de 2014, suscrito por los ciudadanos Yarillis Vivas, Abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 86.849, representante legal de INVERSIONES TAPIRO 2009, C.A., parte oferente y por la otra parte el ciudadano RONAL JOSE GUERRERO MAITA, titular de la cedula de identidad numero V-19.243.512, parte oferida, asistida por el Abogado Yajaira Ruiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 65.603, mediante el cual las partes alcanzan un acuerdo respecto de sus pretensiones, cancelando la parte oferente la cantidad de SESENTA MIL BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 60.000,oo). En este sentido, el Tribunal observa que el referido acuerdo transaccional cumple con todos y cada uno de los requisitos exigidos por la Ley, discutidos como han sido los conceptos a transigir y visto que las partes se encuentran libres de constreñimiento alguno, en consecuencia, este Juzgado HOMOLOGA la Transacción celebrada entre las partes de conformidad con los artículos 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras, y 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.
La Juez
El Secretario
Abg. Estela Romero
Abog. Arturo Yaggia
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