REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 19 de febrero de 2014
203º y 154º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA No. PJ0082014000049
ASUNTO No. AP41-U-2013-000560
Visto el recurso contencioso tributario, interpuesto ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunales Superiores Contenciosos Tributarios del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 17 de diciembre de 2013, por el abogado Juan Carlos García Cigurani, titular de la cédula de identidad Nº 5.305.595, actuando en su carácter de representante legal de la recurrente DISTRIBUIDORA L’AMAZONIA, C.A, (BEAUTY EXPRESS), inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Distrito Capital y Estado Miranda, bjo el Nº 38, Tomo 160-A-Pro, en fecha 22 de septiembre de 2004, y asimismo inscrita en el Registro de Información Fiscal (RIF9 bajo el Nº J-00351010-6, debidamente asistido por los abogados Moisés Antonio Ballenilla Tolosa, Xavier Escalante Elguezabal, María Elisa Briquet, Oscar Cuntó André y María Gabriela Bencid, titulares de las cédulas de identidad Nos. 6.487.825, 10.534.928, 13.585.512, 16.247.156 y 18.367.906, e inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 35.060, 48.460, 93.531, 140.768 y 181.449, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT-2013-000418 del 30 de septiembre de 2013, y notificada en fecha 18 de noviembre de 2013, emanada del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la cual confirmó parcialmente el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 1501 de fecha 3 de abril de 2008, confirmando así las planillas de liquidación que se señalan a continuación:
Periodo Planilla de Liquidación Nº Fecha Sanción U.T.
01-04-2007/ 30-04-2007 01-10-01-2-26-001274 03-04-2008 891
01-04-2007/ 30-04-2007 01-10-01-2-27-001895 03-04-2008 12.5
01-04-2007/ 30-04-2007 01-10-01-2-28-000996 03-04-2008 2.5
01-04-20013/ 30-04-2013 01-10-01-2-27-004803 03-04-2008 15
Asimismo, se anuló la Planilla de Liquidación que se detalla a continuación:
Periodo Planilla de Liquidación Nº Fecha Sanción U.T.
01-04-20013/ 30-04-2013 01-010-01-2-25-002106 03-04-2008 12.5
Estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente recurso contencioso tributario, este Tribunal observa: Que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus artículos 259, 260, 261, 262, 266 y 267, a saber se trata de acto administrativo impugnado ante la autoridad competente, interpuesto dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés de la recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la contribuyente y, por cuanto no consta en autos oposición alguna por parte del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario ADMITE dicho recurso contencioso tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. Procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con el artículo 267 y siguientes eiusdem.
Dado, firmado y sellado en la Sede del Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, en Caracas, a los diecinueve (19) días del mes de febrero del año dos mil catorce (2014). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
La Jueza Superior Titular,
Dra. Doris Isabel Gandica Andrade.
La Secretaria Temporal,
Abg. Rossyluz Melo Sánchez.
ASUNTO No. AP41-U-2013-000560.
DIGA/rms/lr.
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