REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 07 de febrero de 2014
203º y 154º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº: PJ0082014000035.
ASUNTO Nº AF48-U-1998-000074
Visto el Recurso Contencioso Tributario interpuesto en fecha 30 de julio de 1998 por el abogado Álvaro Rodríguez Bes, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 3.483, actuando en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente ROTOGRABADOS VENEZOLANOS, S.A. ROTOVEN, contra el acto administrativo tributario contenido en la Resolución Nº 353 de fecha 31 de marzo de 1998, emanada del Instituto Nacional de Cooperación Educativa, (INCE), Gerencia General de Finanzas, hoy Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES).
Estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente recurso contencioso tributario interpuesto, este Tribunal observa: Que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus artículos 259, 260, 261, 262, 266 y 267, a saber se trata de acto administrativo impugnado ante la autoridad competente, interpuesto dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés de la recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la contribuyente y, por cuanto no consta en autos oposición alguna por parte del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), hoy Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario ADMITE dicho recurso contencioso tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. Procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con el artículo 267 y siguientes eiusdem. A partir del 1ER DÍA DE DESPACHO SIGUIENTE, queda el Juicio abierto a pruebas. Líbrese Oficio a la Procuraduría.
Dado, firmado y sellado en la Sede del Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, en Caracas, a los siete (07) días del mes de febrero del año dos mil catorce (2014). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
La Jueza Superior Titular,
Dra. Doris Isabel Gandica Andrade.
La Secretaria Temporal,
Abg. Rossyluz Melo Sánchez
ASUNTO Nº: AF48-U-1998-000074.
DIGA/Rms.
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