REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas


Caracas, 18 de Febrero de 2014
203º y 154º

Visto el Escrito de Promoción de Pruebas presentado por Maribel Josefina Castillo Hernández abogada inscrita en el Inpreabogado bajo el número 59.533, actuando en su carácter apoderada judicial del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), quien promueve la siguiente documental: 1.- contenido de la Resolución por Incumplimiento de Deberes Formales número 13-1-7-1852 de fecha 12 de julio de 2013 que impone multa de cincuenta (50) unidades tributarias. Este Tribunal observa que las pruebas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, por lo que las ADMITE salvo su apreciación en la definitiva.

Se imprimen dos ejemplares bajo un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación del presente fallo, el segundo para que repose en original en el copiador de sentencias de este Tribunal.

El Tribunal deja constancia que apreciará el merito favorable que se desprenda de autos conforme a lo alegado y probado, en la sentencia definitiva.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario en Caracas, a los trece (18) días del mes de febrero del año dos mil catorce (2014). Años 202° de la Independencia y 154° de la Federación.
El Juez,


Raúl Gustavo Márquez Barroso
La Secretaria,


Marbel L. Castilla Valle




ASUNTO: AP41-U-2013-000358
RGMB/mcd.-