JUZGADO SUPERIOR EN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN MARACA
Años 203° y 155°
Parte Recurrente: MARIA GABRIELA MOSQUERA YANEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.537.399.
Apoderada Judicial: JUAN REYES LOZANO, MANUEL ASADD BRITO Y JOSE HERRERA AGUILAR, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 45.387, 31.580 y 101.104, respectivamente.
Parte Recurrida: Municipio José Ángel Lamas del Estado Aragua
Apoderado Judicial: EDOARDO PETRICONE CHIARELLI, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 12.891, en su carácter de Síndico.
Motivo: Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial.
ASUNTO DE01-G-2010-000184.
Sentencia Interlocutoria.
Visto el escrito presentado, en fecha 20 de febrero del 2014, por el abogado EDOARDO PETRICONE CHIARELLI, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 12.891, en su carácter de Síndico Procurador del Municipio José Ángel Lamas del Estado Aragua, mediante la cual hace del conocimiento de este Tribunal que, vista la sentencia emanada por este Tribunal, en la que se ordena la reincorporación de la ciudadana MARIA GABRIELA MOSQUERA YANEZ, a su puesto de trabajo dejando en forma expresa que a dicha ciudadana se le ha manifestado reincorporarse a su puesto de trabajo, tal como lo expresa la sentencia y hasta la fecha no le ha dado cumplimiento. Solicito a este Tribuna que el presente escrito sirva para formalizar la disposición que tiene el Ente, para que la ciudadana MARIA GABRIELA MOSQUERA YANEZ, se reincorpore a su lugar de trabajo, cumpliendo así lo dispuesto en la sentencia.
Ahora bien a los fines de pronunciarse este Despacho sobre el planteamiento manifestado por el Síndico Procurador del Municipio José Ángel Lamas del estado Aragua, pasa de seguida a hacer las siguientes consideraciones:
La presente causa se inicio con escrito presentado en fecha 09 de noviembre del 2009, por el ciudadano Abogado JOSSE HERRERA AGUILAR, inscrito en e Inpreabogado bajo el número, 101.104, en su carácter de Apoderado Judicial la ciudadana MARIA GABRIELA MOSQUERA YANEZ,, titular de la cédula de identidad número 16.537.399, contra el Municipio José Ángel Lamas del estado Aragua.
Habiéndose cumplido todas las etapas procedimentales, este Juzgado procedió a dictar sentencia en fecha 20 de enero del 2012, declarando Parcialmente Con Lugar el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, ordenado en consecuencia la reincorporación al cargo de Secretaria de l Alcaldía del Municipio José Ángel Lamas del estado Aragua o a una de igual o superior jerarquía, así como que le sean cancelados los Sueldos y demás beneficios socio económicos referente a la prestación del servicio dejados de percibir, desde el su ilegal retiro hasta su efectiva reincorporación, determinado a través de una Experticia Complementaria del fallo.
En fecha 16 de mayo del 2012, fue debidamente notificado el Ente Administrativo querellado, quien no hizo uso del derecho de Apelación.
En fecha 20 de julio del 2012, es solicitado la designación del experto contable.
En fecha 25 de julio de 2012, este Despacho, declarar definitivamente firme la sentencia y designa al Licenciado SOLOVEY S. YWAN, se libró Boleta de notificación, el cual es debidamente notificado en fecha 16 de noviembre del 2012.
En fecha 27 de noviembre de 2012, este Juzgado dictó Acta mediante la cual Juramenta al Licenciado SOLOVEY S. YWAN, como experto contable, quien solicito un lapso de 15 días para cumplir con la misión para la cual fue encomendada.
En fecha 17 de enero de 2013, la Experto Contable, solicitó prorroga del lapso de 10 días, por cuanto no se ha concluido la revisión de los documentos contables por ante la Directora de Recursos Humanos.
En fecha 31 de Julio de 2013, el Licenciado SOLOVEY S. YWAN, consignó el Dictamen Pericial.
En fecha 01 de agosto del 2013, el tribunal dictó auto ordenando la notificación de la Experticia Complementaria del fallo, se libró oficios.
En 03 de octubre del 2013, el Tribunal negó la Ejecución Forzosa y decreto la Ejecución Voluntaria de la sentencia, ordenando la notificación del Ente Administrativo querellado, siendo notificado en fecha 30/10/2013.
En fecha 13 de enero del 2014, el Tribunal fijó el Quinto (5to) día de Despacho, a las 2:30 p.m., para la Audiencia de Resolución de Controversia, librándose las notificaciones respectivas, lo cual hasta la presente fecha no se han impulsados las mismas, y dado el planteamiento formulado por el Ente Municipal, se ordena dejar sin efectos los oficios librados al Ente Municipal, así como la Boleta a la Recurrente.
Ahora bien, delimitado lo anterior, este Tribunal Superior, Decreta la ejecución forzosa de la sentencia dictada en fecha 20 de enero del 2012, por este Juzgado.
No obstante, a los fines de proveer lo solicitado observa este Juzgado Superior, que el artículo 159 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, dispone que vencido el lapso para la ejecución de la sentencia, el Tribunal determinará la forma y oportunidad de dar cumplimiento a lo ordenado, por lo que en consecuencia, Decretada como quedo la Ejecución Forzosa, ordena la notificación de la ciudadana, MARIA GABRIELA MOSQUERA YANEZ,, titular de la cédula de identidad número 16.537.399, a los fines de notificarle que una vez conste en autos la misma al día siguiente queda usted reincorporada a su puesto de trabajo en el cargo de Secretaria de la Alcaldía del Municipio José Ángel Lamas del estado Aragua, en virtud de que este Juzgado ha sido informado por el Síndico Procurador del Municipio José Ángel Lamas del estado Aragua, la disponibilidad de reincorporar a la querellante a su puesto de trabajo, todo a los fines de garantizar la Tutela Judicial Efectiva y el derecho a la defensa y al debido proceso. Asimismo se ordena la notificación de la Síndico Procurador Municipal del Municipio José Ángel Lamas del estado Aragua Líbrese Oficio y Boleta. Maracay, a los 25 días del mes de febrero del 2014.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
EL SECRETARIO,
ABOG. IRVING REYES.
En esta misma fecha y conforme está ordenado en el auto anterior, se libraron los Oficios signados con los números: _______________ así como la Boleta de Notificación.
EL SECRETARIO,
ABOG. IRVING REYES.
ASUNTO:° DE01-G-2010-000184
ASUNTO ANTIGUO 10010
MGS/IR/Marleny.
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