En el día hábil de hoy Lunes 17 de Febrero de 2014, siendo las 10:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Inicial en el presente juicio, SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA que:
Anunciada como fue la audiencia por los alguaciles de este Circuito Judicial laboral, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora, constituido por el litis consorcio activo conformado por HENRY RONDON, DOMINGO LOPEZ, PEDRO RAFAEL DELGADO LEOTA, Y FRANKLIN ISMAEL MIERES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-12.688.710, V-4.624.884, V-10.940.860, y V-12.611.188, respectivamente, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno que la represente. Así mismo se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada de este asunto que es la entidad de trabajo PROMOCIONES TELEMARACAY C.A. (TVS), ni por si, ni por medio de representante legal o estatuario o apoderado judicial alguno que la represente.
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Al respecto, la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece en el artículo 130, parágrafo primero:
“El desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes que transcurran noventa días continuos”