REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas
Maturín, 28 de Julio de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2014-005483
ASUNTO : NP01-P-2014-005483

RESOLUCIÓN N°: PJ0052014001546.
AUTO DE APERTURA A JUICIO:
(Art. 314 del Código Orgánico Procesal Penal)
I
Vista en audiencia preliminar, celebrada el día Martes 22 de Julio de 2014 en la causa signada bajo el Nº NP01-P-2014-005483, seguida a los acusados, por la presunta comisión de los delitos que serán señalados previa su identificación ENMA DEL CARMEN RODRIGUEZ, venezolana, 45 años de edad, soltera, Hija de ONORIA MERCEDES RODRIGUEZ (V) y FELIPE BARRIOS (V) Natural de Carúpano Estado Sucre; nacida en fecha 15-09-1968, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.877.918, domiciliada la urbanización Bella Vistas, Carrera 2, Casa 23, Maturín Estado Monagas; Por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra El Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 contra La Delincuencia Organizada Financiamiento al Terrorismo FRANKLIN JAVIER RODRIGUEZ BANDRES, venezolano, 33 años de edad, soltero, Hijo de CLEOTILDE BANDRE (V) y FRANCISCO RAMIREZ (V) Caracas Distrito capital; nacido en fecha 16-03-1981, titular de la cédula de identidad Nº V-15.872.787, profesión u oficio Ayudante De Mantenimiento de Aire Acondicionado, domiciliado Santa Teresa Del Tuy, Sector El Samán, calle El Samán Casa S/N, del Estado Miranda; Por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra el Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 contra Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo LUIS RICARDO BORJAS PADILLA, venezolano, 39 años de edad, soltero, Hijo de NANCY PADILLA (D) y MARCELINO BORJAS (D) Caracas Distrito Capital; nacido en fecha 01-12-1974, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.089.680, domiciliado Pablo IV, Bloque 6, Piso 1, Apartamento 1-2, Petare Municipio Sucre del Estado Miranda, Por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra el Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. y ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal. JIMMI ROJAS ESPINOZA, venezolano, 37 años de edad, soltero, Hijo de REINA ESPINOSA (F) y JUAN ROJAS (F) Natural de Caracas Distrito Capital; nacido en fecha 01-02-1976, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.292.930 domiciliado La Carretera Vieja Petare Guarenas, sector El Carmen, Estado Miranda, por la presunta comisión de los delito de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra el Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal. LUIS JIOVANNI CORDERO ROJAS, venezolano, 32 años de edad, soltero, oficio: Chofer, Hijo de EUSEBIA ROJAS (V) y LUIS CORDERO (V) Natural de en Guarenas Estado Miranda; nacido en fecha 25-05-1981, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.178.015 domiciliado en: Calle Principal, Bloque 50, Apartamento 002. Caicagüita Estado Miranda, por la presunta comisión del delito de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra el Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal. JONY ALBERTO CORDERO ROJAS venezolano, 30 años de edad, soltero, oficio: ayudante de mecánica, Hijo de EUSEBIA ROJAS (V) y LUIS CORDERO (V) Natural de Caracas Distrito Capital; nacido en fecha 26-02-1982, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.284.090, domiciliado Carretera Vieja Petare Guarenas Juan Manuel carvajal, Bloque 42, Planta Baja, Municipio Sucre del Estado Miranda, Por la presunta comisión del delito de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley contra el secuestro y extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal.

PUNTO PREVIO
Este Tribunal una vez revisado minuciosamente y escuchado lo manifestado por las partes presentes en esta sala de Audiencia de Preliminar en el cual el representante de la Defensa Técnica de los Ciudadanos Imputados ha solicitado la Nulidad de la Acusación por considerar que la misma adolece de unas solicitudes peticionadas ante la sede fiscal y que la Representación de la Vindicta Pública no realizo, esta Juzgadora al evidenciar las referidas piezas que conforman el expediente signado con la nomenclatura interna NP01-P-2014- 5483 pudo constatar que específicamente ala pieza numero 2 desde los folios 252 hasta el folio 259 cursan las diligencias practicadas por la Representación Fiscal, asimismo visto lo sostenido por el máximo Tribunal de la Republica Bolivariana de Venezuela que debemos sanear antes de aceptar o no las solicitudes planteadas por las partes; éste Tribunal observa que el Máximo Tribunal de la Republica en Sala Constitucional ha establecido “Que el derecho a la defensa y al debido proceso constituyen garantías inherentes a la persona humana y en consecuencia, aplicables a cualquier clase de procedimientos…” así, siendo que el derecho al debido proceso se entiende como el tramite que permite oír a las partes, de la manera prevista en la Ley, otorgándose a estos el tiempo y los medios adecuados para realizar sus alegatos, en tal virtud observa éste Tribunal que en el presente caso le ha sido garantizado a los ciudadanos imputados su derecho para oír y analizar de forma oportuna sus alegatos de igual forma realizar las diligencias peticionadas en su tiempo oportuno; por lo que en consecuencia estima este Tribunal que en el presente caso no se ha observado violación al debido proceso alguna y en tal virtud por la fuerza de los razonamientos antes expuestos este Tribunal declara improcedente la solicitud de nulidad absoluta de libelo acusatorio de conformidad con los articulo 25 de nuestra Carta Magna 174, 175 y 179 del texto adjetivo penal ya que esta defensa en fecha 18 de junio le solicito a la vindicta a que practica una diligencia conforma a las normas 127 ordinal 5 , 287 y 263 del Código Orgánico Procesal Penal entre eso que citase y entrevistase a 5 testigo los cuales hizo la vindicta publica, igualmente que oficiase al SAREN Y EL SUDEBAN para que estos le manifestase al despacho fiscal y de hechos tener conocimiento si mi cliente poseías bienes de fortuna y cuenta bancaria, joyas, en cuanto a la solicitud de nulidades absolutas de las actuaciones presentadas por el Ministerio Público, pedimento hecho por la defensa en beneficio de su asistido quiero indicar que nuestra Sala Constitucional con ponencia del ciudadano Magistrado Jesús Eduardo Cabrera en fecha 11/05/05 sentencia 811 entre otras cosas ha sostenido que nuestro sistema Procesal Penal Clásico no acoge la clásica distinción entre nulidades absolutas y relativas; pero si parte del concepto de la nulidad absoluta sin entrar a considerar la referente a las posibles nulidades relativas. Sigue diciendo es decir, nuestro sistema establece la distinción de nulidades no convalidables (absolutas) y nulidades saneables (relativas), las cuales son aquellas renovables y que permiten su convalidación… Entonces de conformidad a estas nulidades existen las no convalidadas o absolutas cuando chocan con la Constitución con la norma adjetiva penal, con los Tratados, Convenios Internacionales suscritos y ratificados por la Republica en materia relativas a Derechos Humanos y por cuanto de las exposiciones de cada una de las partes en la presente audiencia, así como de las actuaciones no se nota ni se observa violación a estas disposiciones tampoco se observa contravenciones que choque con la Constitución con la Norma Adjetiva Penal, Tratados, Convenios y acuerdos sobre Derechos Humanos de manera Internacional suscrito por la República lo que produce como consecuencia sin lugar el pedimento de nulidad de las actuaciones solicitada por la defensa. De igual manera la representación de la defensa planteo unas excepciones contenidas en el articulo 28 ordinal 4 Literales C e I del Código Orgánico Procesal Penal en la cual se establece la en lo que respecta el Literal “C” que la acusación no reviste carácter penal motivo por el cual es declarada sin lugar toda vez que del contenido de las actuaciones se evidencia claramente el carácter penal que reviste el modo de actuar de los ciudadanos imputados de autos yen relación al Literal “I” en cuanto a los requisitos esenciales para presentar la acusación evidencia quien aquí decide que cursa a la pieza numero 3 específicamente al folio numero 1 al folio 37 la acusación presentada por la Vindicta Pública en tiempo hábil y se puede notar que la misma cumple a cabalidad con lo establecido en el articulo 308 del Código Orgánico Procesal Penal toda vez que evidencia claramente todas y cada uno de sus contenido, razón por la cual se declara sin lugar las excepciones planteadas y asimismo en relación a la solicitud de Inspección judicial al Sitio del Suceso mejor conocido como la finca el Alazan este tribunal la declara infructuosa toda vez que en la Prueba anticipada realizada en fecha 03 de Julio de 2.014 a el ciudadano Victima Juan Carlos Candurin Barrios el mismo señalo que a el mismo siempre estuvo con los ojos tapados y el sentía que le daban vueltas para hacer el camino mas largo, razón por la cual es infructuosa dicha solicitud.-


De conformidad a lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, finalizada la audiencia preliminar, este Tribunal resolvió en los términos siguientes:
I
DE LOS HECHOS

Señala la Fiscal 23° Auxiliar del Ministerio Público del Estado Monagas Abg. Yesenia Tarache, en el escrito de acusación que los hechos que le atribuye a los acusados ENMA DEL CARMEN RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.877.918, FRANKLIN JAVIER RODRIGUEZ BANDRES, titular de la cédula de identidad Nº V-15.872.787, LUIS RICARDO BORJAS PADILLA, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.089.680, JIMMI ROJAS ESPINOZA, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.292.930 LUIS JIOVANNI CORDERO ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.178.015 JONY ALBERTO CORDERO ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.284.090 anteriormente identificados, sucedieron en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que se señalan a continuación:

“El cual expone lo siguiente: “…DENUNCIA, de fecha 25/04/2014, tomada al ciudadano CARLOS RAFAEL CANDURIN, por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación Maturín Estado Monagas, ante la sede de ese despacho, en la cual expone: “Resulta que el día de hoy 25/04/2014, me encontraba dentro de mi negocio Lubri Frenos Eunice, ubicado en la avenida 01, sector Los Guaritos 01, frente a la panadería Pan Dulce, como a las 10: 30 horas de la mañana, mi hijo JUAN CARLOS CANDURIN BARRIOS, de 21 años de edad…se dirigía a su camioneta Marca: Toyota; Modelo: Fortuner; Color: Blanca; Año: 2011; Placas: AB307BB, hasta un consultorio odontológico, ubicado en el centro, por las Avenidas, después como a las 11: 50 horas de la mañana, recibí llamada telefónica del numero 0414-8603232, perteneciente a Juan Carlos, donde pensé que era mi hijo y me dijeron lo siguiente “PATRON ESCUCHE BIEN TENEMOS A SU HIJO JUAN CARLOS, ESTO ES COMERCIAL, EL CARRO NO NOS INTERESA, QUIEN NOS INTERESA ES SU HIJO, QUEREMOS LA CANTIDAD DE VEINTE MIL MILLONES D EBOLIVARES FUERTE, QUE TIENES UN MUSTANG Y DOS MOTOS” y si no pagaba lo iba a reconocer por los dientes, también me dijeron que no llamara a la policía, donde le dije que no tenia esa cantidad y ellos me dijeron que se iban a comunicar con su patrón y me dijeron que me volverían a llamar, después como a las 12:17 horas del medio día me hicieron la segunda llamada, pero no hablaron, una vez y encontrándome en la oficina del CICPC, en el momento que me estaban tomando la declaración, como a las 12:30 horas del medio día, mi hijo de nombre CARLOS JAVIER CANDURIN, llamó para el numero 0414-8603232, de JUAN CARLOS a los sujetos a través del numero telefónico 0424-9134144y ellos le dijeron que la camioneta estaba en el parador vía La Toscana… INSPECCIÓN TECNICA 0001, de fecha 25/04/2014, practicada por los funcionarios DETECTIVES AGREGADOS JESUS CARRIZALEZ, JESUS MACHADO Y DETECTIVES JOSÉ SUCRE, YANKLIN BARRETO, FRANKLIN GUILLEN Y MANUEL COYIN, adscritos al eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub. Delegación de Maturín Estado Monagas, realizada en la Estación de Servicio El Parador, ubicado en la Avenida Alirio Ugarte Pelayo, Maturín Estado Monagas, lugar donde se encontró el vehiculo Marca: Toyota; Modelo: Fortuner; Color: Blanco; Placas: AB307BB, Clase: Camioneta; Tipo: Sport Wagon.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 25/04/2014, rendida y suscrita por el ciudadano CARLOS CANDURIN, venezolano, mayor de edad, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, en la cual expuso: …”resulta que el día de hoy 25/04/2014, como a las 12:10 del mediodía, recibí llamada telefónica de mi padre de nombre CARLOS CANDURIN y me preguntó que si estaba en la casa y yo le dije que iba saliendo y fue cuando me dijo que habían secuestrado a mi hermano de nombre JUAN, y me devolví para la casa, después llegó mi papá y nos dijo que estaban pidiendo la cantidad de Veinte Millones de Bolívares fuertes, para liberar a Juan, luego nos trasladamos hacia el CICPC, cuando estábamos aquí yo intenté comunicarme con JUAN y el teléfono salía apagado, al rato me llegó un mensaje de su numero que ya se encuentra disponible y fue cuando yo llame de mi numero telefónico 0424-9134144 y me contestaron preguntándome por mi padre, que donde estaba, yo les dije que no sabia y me dijeron que ya sabíamos la cantidad que teníamos que pagar y que no trabajáramos con el gobierno porque ya sabíamos lo que le iba a pasar a mi hermano y luego me dijeron que buscara la camioneta, que se encontraba en el parador, después, me trasladé hasta el parador y correctamente estaba la camioneta estacionada en la estación de servicios con la llave pegada al caucho izquierdo delantero. También pude observar que de manera sospechosa estaba una camioneta SUPER DUTTY, dos puertas, color negra, placas: A82BJ9M, donde pude ver que se metió para la urbanización San Miguel, cuyo rato después espere e intente meterme para San Miguel y en ese momento la camioneta salió y la seguí cuyo lugar llegó al sector Juanico, se metió para un callejón y se estacionó en una vivienda con rasgos de abandono después me trasladé nuevamente al CICPC.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 25/04/2014, rendida y suscrita por el ciudadano EMILIO MATA, Venezolano, mayor de edad, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, en la cual expuso:…”resulta que el día de hoy en momento que estaba en mi trabajo vi que dos sujetos desconocidos agarraron a un señor que estaba sentado en un banco frente a la clínica UMIDOCA y lo obligó a entrar en una camioneta blanca que estaba parada al frente de el y luego salieron velozmente del lugar.- EXPERTICIA DE SERIALES 91, de fecha 28/04/2014, practicada por los funcionarios Lcdo. ROGERT RAMOS (sub. Inspector) y T.S.U CHARLES VIVAS, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, donde solicitamos sean citados de conformidad a lo previsto en los Artículos 163 y 168 del Código Orgánico Procesal Penal, al vehiculo Marca: Toyota, Modelo: FORTUNER, Color: Blanco; Placas: AB307BB, Clase: Camioneta, Tipo: Sport Wagon, serial de carrocería: 8XA11XV60B3004427.- INSPECCION TECNICA NUMERO 2444, de fecha 26/04/2014, practicada por los funcionarios DETECTIVES AGREGADOS CARLOS VASQUEZ, DETECTIVE YANKLIN BARRETO Y MANUEL KOGIN, adscritos al Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, realizada en el sector CENTRO Carrera 11, frente a las instalaciones del anexo UMIDOCA C.A SERVICIO MEDICO Y ODONTOLOGICO, ECOSONOGRAMAS MATURIN ESTADO MONAGAS, lugar donde ocurrieron los hechos.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 26/04/2014, rendida y suscrita por el ciudadano KAREN VASQUEZ, venezolano mayor de edad, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, en la cual expuso: …“resulta que el día de ayer Viernes 25 de Abril del presente año llegó a mi consultorio un paciente de nombre JUAN CANDURIN, hablo conmigo me dijo que lo anotara en la lista ya que le tocaba su cita, yo le manifesté que tenia que esperar mas o menos una hora ya que tenia dos pacientes por delante, al ya atendido estos dos pacientes salí a llamar a JUAN este no estaba en la sala de espera, hice pasar a otro paciente y al este salir volví a llamara JUAN y este no estaba yo pensé que se había retirado, seguí viendo a mis pacientes y a eso de las doce y media recibí una llamada de parte de la señora OLGA quien es la madre de JUAN y esta me preguntó que si este había ido a la consulta ya que no saben nada de el y según que el padre de ese muchacho recibió una llamada y le dijeron que estaba secuestrado… ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 30/04/2014, rendida y suscrita por la ciudadana DANIELA RAMOS, venezolana mayor de edad, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, en la cual expuso: “… Resulta que el día 29/04/2014, como a las 11:50 horas de la mañana, me encontraba en la casa del señor Candurín, por que habían secuestrado a mi novio de nombre JUAN, cuando recibí un ping de una amiga de nombre MARIA BRAZON, que me decía que le habían llegado unos mensajes de voz, del día viernes a las 11:30 de la mañana donde se escuchaba una conversación donde se escuchaba un tipo diciendo algo relacionado con una cabuya y de una ropa, después de eso yo le digo que me lo pase por ping, y ella me lo pasa y cuando lo escuche me di cuenta que era cierto y lo relacione con el secuestro de mi novio JUAN, en eso yo se lo mostré a la mamá de JUAN, en la noche se lo mostré al señor CANDURIN, y le informo a los funcionarios del CICPC, para que la escuchara para ver si podía a ayudar en algo… ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 30/04/2014, rendida y suscrita por la ciudadana MARIA BRAZON, venezolana, mayor de edad, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, en la cual expuso: “…Resulta que el día de ayer 29/04/2014, como a las 10:00 de la mañana, me encontraba en la universidad donde estudio, y cuando me puse a revisar mi teléfono celular marca IPHONE modelo S4, numero 04249539145, me percate que tenia una llamada perdida de mi padre de nombre NOEL BRAZON luego me percate que tenia tres mensajes de voz uno de ellos era de fecha 29/04/2014, lo cual supongo que era de mi padre, Noel Brazón, ya que el era la persona que me estuvo llamando por ultima vez, cuando me pongo a escuchar el mensaje no escuchaba ni decía nada, luego la operadora me dijo que tenia dos mensajes mas de voz, y cuando le di la opción de escuchar tenia uno de fecha 25/04/2014, el cual fue enviado a las 11:32 horas de la mañana del mismo día el cual se escuchaba que una mujer decía cosas pero no le entendí nada luego habla un hombre el cual dice algo sobre una cabuya y una vestimenta o algo de una ropa y después de esto le mande un mensaje a mi amiga VERONICA ROLDAN, donde le decía que tenia un mensaje de voz muy raro… ACTA DE ANALISIS TELEFONICO, de fecha 30/04/2014, realizado por el experto SAMUEL ENRIQUE PAEZ SANOJA, adscrito al unidad Antiextorsion y Secuestro del Ministerio Publico. EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL Nº 141, de fecha 01/05/2014, practicada por los funcionarios GILBERTO MORON Y CARLOS VASQUEZ, adscritos al Área Técnica del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturín Estado Monagas, practicada a dos teléfonos celulares Uno (01) marca IPHONE 4S, modelo Curve 9300, color Negro, Serial Ídem: 359110046435816, Pin 2680C895.- ACTA DE ANALISIS TELEFONICO, de fecha 30/04/2014, realizada por el Experto SAMUEL ENRIQUE PAEZ SANOJA, adscrito a la Unidad Antiextorsion y Secuestro del Ministerio Publico. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 02/05/2014, en la cual se deja constancia de lo siguiente: En esta misma fecha, siendo las dos horas de la tarde, compareció por ante este despacho, el detective Agregado YORMAN AGUSTIN PEREZ adscrito a la División Nacional Contra Extorsión y Secuestro, en comisión de servicio en la sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, en compañía del Detective FRANKLIN GUILLEN adscrito al Área de Estrategia Especiales de la Delegación Monagas, quien de conformidad con lo previsto en los articulo 112 y 169 del código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 48, 49 y 50 del derecho con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigaciones el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y el Servicio Nacional de Medicina y ciencias Forenses, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente investigación y en consecuencia expone: “Continuando con las Investigaciones relacionadas con las actas procesales números K-14-0074-02585, iniciada por uno de los delitos Contra El Secuestro y la Extorsión, donde figura como victima el ciudadano JUAN CARLOS CANDURIN BARRIOS, “quien se encuentra en cautiverio ”del cual tiene conocimiento el Abogado José Rojas Fiscal Vigésimo Tercero de la circunscripción Judicial de Maturin Estado Monagas, realizando labores referentes al servicio, se recibió vía enlace correo electrónico cotraextorsiony secuestrocicpc@gmail.com, de la empresa Telefónica Movistar, datos filiatorios, relación de llamadas, mensajes de texto, ubicación geográfica del abonado 04148603232, registrado a nombre de JUAN CARLOS CANDURIN BARRIOS, V-22.705.244, IMEI del equipo móvil 3542450558635720, el cual estaba siendo utilizado por la victima para el momento de los hechos que se investiga, procediendo a realizar un minucioso análisis, donde los plagiarios utilizaron el dicho abonado, para comunicarse con abonado 04166922948, registrado ACC CANDURIN CI V-9.899.423 (progenitor de la victima) en las siguientes fecha 01) 25/04/2014 a las 11:59:30 con una duración de 542 seg.; 02) 26/04/2014; a las 17:37:30 con una duración de 145 seg., a las 17:42:00 con una duración del 274 seg., a las 18:59:41 con una duración de 92 seg., y el 3) el 27/04/2014 a las 17:05:21 con una duración de 127 seg. Los días 26 y 27 04/2014, el abonado en análisis, utilizó un equipo móvil con el IMEI 357567006842580, para comunicarse con el abonado 04166922948. Por lo que se le solicitó a la empresa telefónica Movistar el histórico del IMEI 357567006842580, luego de obtener dicha respuesta y de analizarla, se logró determinar que el IMEI en análisis, ha utilizado otras SIM CARD, de la referida empresa, con los siguientes abonados: 1).- 0424-1452900 desde 05/10/2013 hasta el 11/022014, registrado a nombre de FRANKLIN RAMIREZ, CI 15.872.787, fecha de nacimiento 17/03/81, teléfono alterno 0416-2005921, dirección: Urbanización 864, barrio Caicaguita, casa 11 avenida principal Distrito Miranda Estado Miranda; 2) 0414-1350996 desde el 07/02/2013 hasta el 13/02/2013, el cual se encuentra fuera de servicio, ( en espera de la empresa telefónica Movistar de los datos del titular) y 3.-) 0424-2799845 desde el 23/05/2012, hasta 05/02/2013, registrado a nombre PEDRO DIAZ CI V-2.591.734, fecha de nacimiento 29/06/42, teléfono alterno 0212-4167132, dirección. Bloque 48, Piso 02, apartamento 02, calle Buen Bancario, Urbanización 627 Caricuao Miranda Distrito Federal. Asimismo el abonado 0424-1452900, en momento que estaba el IMEI 357567006842580, mantuvo como registran en llamadas entrantes con los siguientes abonados: 01) 0424-1458542 en fecha 31/01/2014 a las 12:18:39 con una duración de 164 seg., a las 20:17:58 con duración de 8 seg., 20:19:23 con una duración de 15 seg. y a las 210:2:28 con una duración de 21 seg.- 02) 0414-2612668 en fechas 17/12/2013 a las 08:01:26 con una duración de 38 seg., y el 11/02/2014 a las 10:11:48con una duración de 26 seg. 03) 0414-0106164 en fechas 09/12/2013 a las 10:48:24, con una duración de 16 seg., 15/12/2013 165256 23 seg. 04) 041601307227 registrado a nombre de GENESIS HERNANDEZ CI V- 19.650.493, en fechas 06/12/2013 a las 17:19:21 con una duración de 12 seg., 14/12/2013 a las 07:52:53 con una duración de 09 seg.; el 20/01/2014 a las 14:29:15; con una duración de 10 seg.; el 20/01/2014 a las 14:59:03 con una duración de 28 seg. y el 14/01/2014 a las 07:54:36 con una duración de 102 seg.; y el 08/02/2014 a las 11:52:56 con una duración de 54 seg. 05) 0416-4285702 registro a nombre de REINA ESPINOZA CI V-3.659.210, en fecha 15/12/2012 a las 20:38:37 con una duración de 18 seg., 06) 0416-9222028 registrado a nombre de ERIKA VOLCAN, CI V-19.267.636 en fecha 27/01/2014 a las 18:12:44 con una duración de 115 seg. Y 07) 0412-9513767 registrado a nombre de MARCOS RAMOS CIV-15.947.412, en fechas 06/12/2013 a las 06:41:24 con una duración de 03 seg.; el 21/01/2014 a las 08:40:52 con una duración de 107 seg. y 09:03:38 con una duración de 80 seg. El 23/01/2014 a las 12:02:43 con una duración de 49 seg. y el 07/02/2014 a las 06:13:25 con una duración de 24 seg. Una vez culminado el presente análisis de comunicaciones entre los números investigados, se procede a consignar en la presente corte de relaciones de llamadas entrantes y salientes y datos filiatorios de los ciudadanos ya descritos. ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 04/05/2014, en la cual se deja constancia de lo siguiente: en esta misma fecha siendo las 17:30 horas de la tarde, compareció por ante este despacho el funcionario Detective Jefe LEZAMA ALEXANDER adscrito a la División Nacional Contra Extorsión y Secuestro (Base Oriente), en comisión de servicio en la Sub. Delegación Ocumare del Tuy- Estado Miranda, … donde se refleja el flujo de registros telefónicos del abonado 0414-860.32.32, propiedad de la victima de la presente investigación, como también el cambio de la tarjeta SIM CARD, a otro serial IMEI; siendo las 03:05 horas de la tarde, me dirigí en compañía de los funcionarios Inspector SALAZAR SANTOS (jefe de la base Oriente), Inspector Zerpa Jonathan (jefe de la base Miranda), Cándales Henri, Detective agregado Barrios Víctor; Lobo Antonio León Héctor; adscritos a División Nacional Contra Extorsión y secuestro y Valdez Luís, adscrito al REDIP (Oriente), a bordo de unidad identificada y vehículos particulares, hacia la Calle Miranda, Santa Lucia, Municipio Paz Castillo, Estado Miranda, a fin de ubicar e identificar a la ciudadana VOLCAN ERIKA, ampliamente identificada en auto. Presentes en el lugar, previamente identificados como funcionarios activos de este Cuerpo de Investigaciones, sostuvimos entrevista con un ciudadano de nombre Luís Chacón, representante de la Junta comunal del sector, a quien luego de expresarle de motivo de nuestra presencia, no presentó su identificación, por temor a futuras represalias en su contra, asimismo señalo que la familia Volcán podía ser ubicada al traspasar el puente, bajo el río Guiare, sector Las Adjuntas – Montero, Cerro el Indio de esta localidad, motivo por el cual, nos trasladamos a dicho lugar, donde luego del recorrido logramos situar la residencia numero 51, sector Montero , Calle principal, donde se procedió a tocar la puerta en reiteradas oportunidades de la misma, siendo atendidos por la ciudadana requerida por la comisión, a quien luego de expresarle del motivo de nuestra comparecencia, enunció que efectivamente responde al nombre de VOLCAN ERIKA (se le reservan los otros datos personales, según lo estipulado en el articulo 23° ordinal 01° de la Ley de Protección de Victimas, Testigos y demás sujetos procesales), de igual manera presentó un equipo celular, signado con el numero 0416-9222028, donde al observarle las llamadas entrantes se evidencia la constante comunicación con el ciudadano RAMIREZ FRANKLIN, por los abonados 0424-1452900 y 0429001008, agregando que pudiera ser ubicado en la Urbanización el Paraíso, Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia, Estado Miranda, indicando no tener impedimento alguno en acompañarnos a esta sede a fin rendir entrevista en torno a los acontecimientos. Posteriormente, nos trasladamos a la poblada del Paraíso del Tuy, adyacente a la Escuela el Paraíso, donde realizamos un recorrido, logrando establecer comunicación con un ciudadano de nombre Eliézer, a quien luego de imponerlo del motivo de nuestra presencia, señaló de manera discreta una residencia, ubicada en la Calle el Saman, la cual habitaba el ciudadano requerido, a tal efecto al encontrarnos en la residencia en cuestión, procedimos a tocar la puerta en varias oportunidades, donde fuimos atendidos por la ciudadana ZAMBRANO BANDRES AMBERLYS CAROLINA de 28 años de edad, fecha de nacimiento 29/08/1985, natural de Petare- Estado Miranda, profesión u oficio enfermera, actualmente laborando en la clínica Metropolitana de Caracas, dirección de habitación Calle El Saman, casa S/n, adyacente al colegio El Paraíso, Santa Teresa del Tuy, Estado Miranda, teléfono numero 04143040583, titular de la Cédula de Identidad V-17.529.606, quien expresó ser hermana del ciudadano Franklin, permitiendo el acceso a la comisión, asimismo, se apersonó el ciudadano supra mencionado, quedando identificado de la manera siguiente RAMIREZ BANDRES FRANKLIN JAVIER, de 33 años de edad, fecha de nacimiento 17-031981, natural de Caracas, profesión u oficio obrero, actualmente laborando en el hotel montaña suite, ubicado en Petare-Municipio Sucre Estado Miranda, residenciado en la misma dirección antes mencionada, teléfonos 0424-145.29.00 y 0426-900.10.08, titular de la Cédula de Identidad V-15.872.787, a quien luego de inquirirle del motivo de nuestra comparecencia, manifestó que efectivamente hace un mes aproximadamente se presentó en su morada un primo de nombre Jimmy, manipularon un equipo.-. En esta misma fecha, siendo las 17:30 horas de la tarde, compareció por ante este despacho el funcionario detective Jefe LEZAMA ALEXANDER adscrito a la División Nacional Contra Extorsión y Secuestro (Base Oriente), en comisión de servicio en la sub. Delegación Ocumare del Tuy-Estado Miranda, estando debidamente juramentado y de conformidad con lo establecido en los artículos 114°, 115°, 153°, 234°, 373° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 48°, 49° y 50° del Decreto con Rango, Valor y fuerza de Ley Orgánica para el Servicio de Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y el Servicio de Medicina y ciencias Forenses, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente averiguación: “vista y analizada, acta suscrita por el funcionario Detective Pérez Yorman, donde se refleja el flujo de registros telefónicos del abonado 0414-860.32.32, propiedad de la victima de la presente investigación, como también el cambio de la tarjeta SIM CARD, a otro serial IMEI; siendo las 03:05 horas de la tarde, me dirigí en compañía de los funcionarios Inspector Salazar Santos (Jefe de la base Oriente), Inspector Zerpa Jonathan (Jefe de la base Miranda), Cándales Henri, Detective Agregado Barrios Víctor, Lobo Antonio, León Héctor, adscrito a la División Nacional Contra Extorsión y Secuestro y Valdez Luís, adscrito al REDIP (ORIENTE), a bordo de unidad identificada y vehículos particulares, hacia la calle Miranda, Santa Lucia, Municipio Paz Castillo Estado Miranda, a fin de ubicar e identificar a la ciudadana VOLCAN ERIKA,, ampliamente identificada en auto. Presentes en el lugar, previamente identificados como funcionarios activos de este cuerpo de Investigaciones, sostuvimos entrevista con un ciudadano de nombre Luís Chacon, representante de la Junta Comunal del sector, a quien luego de expresarle el motivo de nuestra presencia, no presentó su identificación, por temor a futuras represalias en su contra, asimismo señalo que la familia Volcán podía ser ubicada al traspasar el puente, bajo el río Guiare, sector Las Adjuntas – Montero, Cerro el Indio de esta localidad, motivo por el cual, nos trasladamos a dicho lugar, donde luego del recorrido logramos situar la residencia numero 51, sector Montero , Calle principal, donde se procedió a tocar la puerta en reiteradas oportunidades de la misma, siendo atendidos por la ciudadana requerida por la comisión, a quien luego de expresarle del motivo de nuestra comparecencia, enunció que efectivamente responde al nombre de VOLCAN ERIKA (se le reservan los otros datos personales, según lo estipulado en el articulo 23° ordinal 01° de la Ley de Protección de Victimas, Testigos y demás sujetos procesales), de igual manera presentó un equipo celular, signado con el numero 0416-9222028, donde al observarle las llamadas entrantes se evidencia la constante comunicación con el ciudadano RAMIREZ FRANKLIN, por los abonados 0424-1452900 y 0429001008, agregando que pudiera ser ubicado en la Urbanización el Paraíso, Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia, Estado Miranda, indicando no tener impedimento alguno en acompañarnos a esta sede a fin rendir entrevista en torno a los acontecimientos. Posteriormente, nos trasladamos a la poblada del Paraíso del Tuy, adyacente a la Escuela el Paraíso, donde realizamos un recorrido, logrando establecer comunicación con un ciudadano de nombre Eliézer, a quien luego de imponerlo del motivo de nuestra presencia, señaló de manera discreta una residencia, ubicada en la Calle el Saman, la cual habitaba el ciudadano requerido, a tal efecto al encontrarnos en la residencia en cuestión, procedimos a tocar la puerta en varias oportunidades, donde fuimos atendidos por la ciudadana ZAMBRANO BANDRES AMBERLYS CAROLINA de 28 años de edad, fecha de nacimiento 29/08/1985, natural de Petare- Estado Miranda, profesión u oficio enfermera, actualmente laborando en la clínica Metropolitana de Caracas, dirección de habitación Calle El Saman, casa S/n, adyacente al colegio El Paraíso, Santa Teresa del Tuy, Estado Miranda, teléfono numero 04143040583, titular de la Cédula de Identidad V-17.529.606, quien expresó ser hermana del ciudadano Franklin, permitiendo el acceso a la comisión, asimismo, se apersonó el ciudadano supra mencionado, quedando identificado de la manera siguiente RAMIREZ BANDRES FRANKLIN JAVIER, de 33 años de edad, fecha de nacimiento 17-031981, natural de Caracas, profesión u oficio obrero, actualmente laborando en el hotel montaña suite, ubicado en Petare-Municipio Sucre Estado Miranda, residenciado en la misma dirección antes mencionada, teléfonos 0424-145.29.00 y 0426-900.10.08, titular de la Cédula de Identidad V-15.872.787, a quien luego de inquirirle del motivo de nuestra comparecencia, manifestó que efectivamente hace un mes aproximadamente se presentó en su morada un primo de nombre Jimmy, manipularon un equipo celular de su propiedad marca Nokia el cual introdujo su tarjeta SIMCARD, signada con el numero 0424-145.29.00, agregándole este pariente de manera directa que necesitaba el equipo, por cuanto iba a realizar una jugada, con sus sobrinos apodados EL PORTU Y CHAPULIN, pudiendo ser ubicados Jimmy en la Carretera Petare Guarenas, sector Turumo, cerca de la pasarela, casa de 3 niveles, Estado Miranda, y los demás en la zona de Caucagüita, sector la embajada, Estado Miranda, respectivamente. De igual forma no tuvo impedimento alguno en hacer entrega de los equipos telefónicos que poseía, cuyas características son las siguientes: 1) Marca; Nokia, Modelo: 2730, Serial IMEI 355935042689057, SIMCARD numero 895804420004254970, signada con el numero 0424-145.29.00, con su respectiva batería, 2) Marca ZTE, modelo ZTE-s180, serial MEID268435460310713012, signado con el numero 0426-900.10.08, con su respectiva batería, los cuales serán enviados al departamento correspondiente, con su cadena de custodia y practicarles experticias de ley correspondiente. En virtud de lo antes expuesto, retornamos a la sede de esta oficina, haciéndonos acompañar con el precitado ciudadano a la sede de este despacho, conjuntamente con las evidencias, consecutivamente, el funciaonrio Inspector Santos Salazar, efectúa llamada telefónica a la Fiscalia 69° del Ministerio Publico, Abg., Minerva Balza, con competencia Nacional y fiscalia 23° del Ministerio Publico, de Maturin Estado Monagas, respectivamente, quienes expresaron que el ciudadano RAMIREZ BANDRES FRANKLIN JAVIER, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-15.872.787, fuese puesto a la orden de la fiscalia correspondiente, se le leyeron sus derechos constitucionales consagrados en los artículos 49° de la Constitución Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 127° del Código Orgánico Procesal Penal. No obstante, se verificaron sus datos ante el Sistema de Investigación e Información Policial (SIIPOL), a fin de verificar los posibles registros y/o solicitudes que pudiera presentar, arrojando como resultado que corresponden ante el SAIME, no teniendo registro policial ni solicitud alguna. Se le informó a la superioridad al respecto de las diligencias efectuadas, dejándose constancias de las mismas; se consignan mediante la presente acta de entrevista y cadena de custodia. Asimismo se deja constancia que el Tribunal Quinto de Control del Estado Monagas, lleva averiguación signada con el numero NP01-P2014-5483, que guarda relación con las actas en cuestión.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 05/04/2014, en la cual se deja constancia: en esta misma fecha, siendo las 09:30 horas de la mañana , compareció por ante este despacho el funciaonrio Detective Jefe LEZAMA ALEXANDER adscrito a la División Nacional Contra Extorsión y Secuestro (Base Oriente), , en comisión de servicio en la sub., Delegación de Ocumare del Tuy-Estado – Miranda, estando debidamente juramentado y de conformidad con lo establecido en los artículos 114°, 115°, 153°, 234°, 373° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 48°, 49° y 50° del Decreto con Rango, Valor y fuerza de Ley Orgánica para el Servicio de Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y el Servicio de Medicina y ciencias Forenses, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente averiguación: “prosiguiendo con las investigaciones relacionadas con las actas procesales signadas con la nomenclatura K-14-0074-02585, siendo las 03:05 horas de la mañana , me dirigí en compañía de los funcionarios Inspector Salazar Santos (Jefe de la base Oriente) Inspector Zerpa Jonathan (Jefe de la base Miranda), Condales Genrri, Detective agregado Barrios Víctor, Lobo Antonio, León Héctor, adscritos a adscrito a la División Nacional Contra Extorsión y Secuestro y Valdez Luís adscrito al REDIP (ORIENTE), a bordo de una unidad identificada y vehículos particulares, hacia las siguientes direcciones: Sector Turumo, KM 13, cerca de la pasarela, casa de 3 niveles, Municipio Sucre Estado Miranda y caucagüita, Sector La Embajada, Municipio Sucre, Estado Miranda a fin de ubicar identificar y trasladar a esta sede, al ciudadano de nombre JIMMI apodado “Caraota” y los apodados “Portu y Chapulín”, quienes se encuentran relacionados en la investigación. Una vez en el lugar en referencia, específicamente Turumo, Carretera Petare-Guarenas, adyacente a la pasarela, casa de 3 niveles, protegidas por un portón y rejas, color gris, Estado Miranda, previamente identificados como funcionarios activos de este Cuerpo de Investigaciones, procedimos a tocar la puerta principal de la referida residencia, donde fuimos atendidos por una ciudadana de nombre RODRIGUEZ THANIA IVETTE, de 53 años de edad, nacida en fecha 25/08/1961, Titular de la cédula de Identidad V.-06845778, a quien luego de expresarle el motivo de nuestra presencia, señaló ser pariente del ciudadano requerido por la comisión, otorgando el acceso a su residencia, asimismo, sosteniendo coloquio con el precitado ciudadano, a quien se le inquirió del motivo de nuestra comparecencia, quedó identificado de la manera siguiente: ROJAS ESPINOZA YIMMI, de 38 años de edad, fecha de nacimiento 20/04/1976, natural de Petare- Estado Miranda, profesión u oficio latonero, actualmente por cuento y riesgo propio, dirección de habitación: Carretera Petare-Guarenas, Km. 13 sector El Carmen-Turumo Municipio sucre, Estado Miranda, teléfono Nro. 0416-428.57.02, titular de la Cédula de Identidad V.- 13.292.930, acotando que el equipo celular investigado (contaminado), el cual se le hizo referencia, no lo poseía, el cual le hizo entrega días anteriores a su sobrino de nombre Cordero Yhonny apodado “PORTU”, quien puede ser ubicado en el bloque 42, planta baja, adyacente a la embajada, Caucagüita, Estado Miranda, no teniendo impedimento alguno en acompañarnos y entregarnos su equipo celular: Marca Vtelca, Modelo: 5265, Serial MEID A1000023722C8A, color Blanco y rojo, signado con el numero 0416-428.57.02, con su respectiva batería, serial 40041108211237251. En el mismo orden de ideas, nos dirigimos a la dirección descrita, específicamente apartamento número 003, una vez en la misma, procedimos a tocar la puerta , donde fuimos atendidos por una ciudadana de nombre BERRIOS PEINADO YOHNA ROSELINE de 32 años de edad, titular de la Cédula de Identidad V- 14.990.944, a quien luego de imponerle del motivo de nuestra presencia, señaló ser pareja del sujeto apodado “El PORTU”, quien nos permitió el acceso a su inmueble, de igual forma, se apersonó el ciudadano en cuestión, quedando identificado d la siguiente manera: CORDERO ROJAS JOHNY ALBERTO, de 32 años de edad, fecha de nacimiento 26-02-1982, profesión u oficio comerciante, actualmente laborando por cuenta y riesgo propio, dirección de habitación: Calle principal, bloque 42, apartamento 003, Caucagüita-Estado miranda, teléfono número 0414-270.05.58, titular de la Cédula de Identidad V.-46.284.090, a quien se le emuló del motivo de nuestra presencia, manifestando palabras impropias u engañosas a la comisión del paradero del equipo celular requerido a su vez, entregándonos su equipo celular Marca Huawei, modelo G2201, Serial IMEI 012306001715488, color negro y blanco, signado con el numero 0414-270.05.58, SIMCARD numero 895804420006325609, con su respectiva batería, serial BAAA921XB3622509. No obstante, a escasos minutos emitió categóricamente que manipulo el equipo celular marca Nokia, el cual le hizo entrega posteriormente a su hermano apodado “Chapulín”, quien reside en el bloque 50, piso 2 de la misma localidad, motivo por el cual se le solicitó que acompañara a la comisión. Dándole prontitud, a la información aportada nos conducimos al referido bloque, apartamento nro, 2, Estado miranda, donde procedimos a tocar la puerta de le referida residencia, siendo atendido por el ciudadano Cordero Luís (CHAPULIN), a quien luego de expresarle de nuestra presencia, se identificó de la manera siguiente: CORDERO ROJAS LUIS JIOVANNY, de 32 años de edad, fecha de nacimiento 25/5/1981, dirección de habitación : calle principal, Bloque 50 apartamento 2, Caucagüita- Estado Miranda, teléfono Nro. 0416-723.0156, 0424-2249471 y 0412-361.99.10, titular de la Cédula de Identidad V-16.284.090, adicionando que ciertamente el equipo que le suministrado por su hermano lo tiene en su poder un ciudadano llamado JOSUE, alias “MANO”, otro sujeto que practica la santería apodado EL GORDO”, quien responde al nombre de LUIS RICARDO, pudiendo ser ubicados en la Parroquia Petare estado Miranda, no encontrando palabras acorde y/o justificadas a la manipulación de dicho equipo, el cual se encuentra relacionado en la investigación que nos ocupa. Además, expresando sin libertad u apremio que los sujetos antes mencionados frecuentan el Unicentro El Marqués, ubicado en la California Municipio sucre Estado miranda, ya que desde allí se reúnen y coordinan todas sus fechorías, de igual forma manifestando que los mismos planificaron el secuestro producto de una información emanada de un comerciante de origen Árabe llamado “RADY EL DALY”, quien posee una finca en Maturin Estado Monagas, en vista de tal situación, le solicitamos los equipos que poseía, cuyas características son las siguientes: 1)marca Black Berry, modelo 9360, serial IMEI 351553057734694, SIMCARD nro. 895804120009788040, signada con el numero 0424-224-9471, con su respectiva batería, serial DC110826, 2) marca Black Berry, Modelo TORCH, serial IMEI 356200040140945, SIMCARD Nro 8958021302060179286F, signada con el numero 0412-3619910, con su respectiva batería, serial DC101231, de igual forma las tarjetas SIMCARD Nros. A) 895804320006350518 y B) 8958044200077674392, los cuales serán enviados en su totalidad al departamento correspondiente con su cadena de custodia y practicarles su experticia de ley. En virtud de lo antes expuesto retornamos a la sede de esta oficina, haciéndonos acompañar con los citados ciudadanos a la sede e este despacho, consecutivamente el funcionario inspector Santos Salazar, efectúa llamada telefónica a la Fiscalia Sesenta y Nueve (69) del Ministerio Publico, Abg. Minerva Balza, con competencia Nacional y Fiscalia 23 del Ministerio Público de Maturin Estado Monagas, respectivamente, quienes expresaron que los ciudadanos: 1) ROJAS ESPINOZA JIMMI, Titular de la cédula de Identidad Nro. 13.292.930, 2) CORDERO ROJAS JHONNY ALBERTO, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.284.090 Y 3) CORDERO ROJAS LUIS JIOVANNY, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.178.015, fuesen puesto a la orden de la fiscalia correspondiente y ante la oficina del Circuito Judicial Penal de la localidad, se le leyeron sus derechos consagrados en los artículos 49 de la constitución Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 127 del Código Orgánico Procesal Penal. No obstante, se verificaron sus datos ante el Sistema de Investigación e Información Policial (SIIPOL), a fin de verificar los posibles registros y/o solicitudes que pudieran presentar, arrojando como resultado que corresponden ante el SAIME, no teniendo registros policiales ni solicitudes algunas. Se le informó a la superioridad al respecto de las diligencias efectuadas, dejándose constancia de las mismas, se consigna mediante la presente entrevista y cadena de custodia. Asimismo se deja Constancia que el Tribunal Quinto de control del Estado Monagas, lleva averiguación signada con el numero NP01-P-2014-5483, que guarda relación con las actas en cuestión.- ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 05/05/2014, en la cual se deja constancia de lo siguiente: En esta misma fecha siendo las 8:00 horas de la noche, compareció por ante este despacho el funcionario: Detective Jefe LEZAMA ALEXANDER, adscrito a la división Nacional Contra Extorsión y Secuestro (Base Oriente), en comisión de servicio en la sub. Delegación Ocumare del Tuy- Estado Miranda, estando debidamente juramentado y de conformidad con lo establecido en los artículos 114°, 115°, 153°, 234°, 373° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 48°, 49° y 50° del Decreto con Rango, Valor y fuerza de Ley Orgánica para el Servicio de Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y el Servicio de Medicina y ciencias Forenses, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente averiguación: “Continuando con las investigaciones relacionadas con las actas procesales signadas con la nomenclatura K-14-0074-02585, siendo las 05:30 horas de la tarde, me trasladé en compañía de los funcionarios Inspector SALAZAR SANTOS (Jefe de la Base Oriente), Inspector ZERPA JONATHAN (Jefe de la Base Miranda) , Condales Genrri, Detective Agregado BARRIOS VICTOR, LOBO ANTONIO, LEON HECTOR, adscritos a División Nacional Contra Extorsión y Secuestro y VALDEZ LUÍS adscrito al REDIP (ORIENTE), a bordo de unidad identificada y vehículos particulares, hacia la siguiente dirección: Unicentro El Marqués, Municipio sucre, Estado Miranda, a fin de realizar investigaciones inherentes al servicio, como también la ubicación, identificación del ciudadano llamado “JOSUE” y otro de nombre LUIS RICARDO, apodado “EL GORDO”. Una vez en el lugar, específicamente nivel I, nos desplegamos por todas las áreas que componen dicho establecimiento comercial y publico, a fin de realizar un recorrido a punto a pie y a pocos metros de la entrada principal, observamos dos sujetos, con características similares a las aportadas por el ciudadano Cordero Luís, ampliamente identificado en auto, uno de ellos exhibiendo como vestimenta, un mono y franela color blanco, gorra color blanco, conversando por un equipo celular, otro exhibiendo un pantalón jeans, franela con franjas color negro y verde, quienes al ver la presencia policial emprendieron veloz huida por el pasillo principal, donde se originó una persecución a los dos sujetos, donde uno de ellos logro huir y el otro fue aprehendido pro la comisión, a quien amparado en el articulo 191° del Código Orgánico Procesal Penal, se le practicó la respectiva revisión corporal, a quien se le incautó lo siguiente: 1) teléfono celular, marca Huawei, modelo FC312E, Color Negro, Serial IMEI 860462022322532, simcard NÚMERO 804320007616022 Y 2) Un teléfono celular, marca Samsung, modelo GT-E3309, color negro, serial IMEI 353841051351856, SIMCAR número 8958021306270650770, con sus respectivas baterías de energía, quedando identificado como BORJA PADILLA LUIS RICARDO, de 39 años de edad, natural de Caracas, estado civil: soltero profesión u oficio taxista, residenciado en la urbanización Terraza, número 7, sector Pablo Sexto, Bloque 6, piso 1 apartamento 1G, portador de la Cédula de Identidad v- 12.065.519, quien de manera espontánea informó que el sujeto fugitivo responde al nombre SIERRA GARCIA JOSÉ MANUEL, apodado “CALICHE”, a quien conoce desde hace varios años, ya que en una oportunidad fueron detenidos por una misma causa penal, asimismo se le preguntó por una posible ubicación del sujeto que logró huir y este manifestó que desconocía, ya que el estaba claro que lo estaban buscando por la participación del joven secuestrado en la ciudad de Maturín así como el ciudadano de nombre “RADI AL DALI”, quien vive adyacente a la casa victima que se encuentra en cautiverio, a quien mantienen guardad en una finca d su propiedad, ubicada en el sector San Louis de Maturin- estado Monagas, así mismo se le leyeron sus derechos constitucionales consagrados en los artículos 49° de la Constitución Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 127° del Código Orgánico Procesal Penal. Seguidamente se realizó llamada telefónica a la Sala de Análisis y Seguimiento Estratégico de la Información de esta oficina, a fin de verificar los registros policiales o solicitudes vigentes de los ciudadanos 01) BORJA PADILLA LUIS RICARDO, 02) SIERRA GARCIA JOSÉ MANUEL Y 03) RADI AL DALI, siendo atendida dicha llamada por los funcionarios Ríos Maria adscrita a la referida oficina, quien luego de expresarle del motivo, informó lo siguiente información; (01) le corresponden los datos sucesivos, fecha de nacimiento 01/12/1974, de 39 años de edad, Soltero, quien posee dos direcciones: Una en el sector Cabrera- Las Lomitas, Ocumare del – Tuy y la otra en el Barrio Petare, sector San Blas- el Chorrito, casa Nro. 2508, Estado Miranda, padre Marcelino Borjas, madre Nancy Padilla, quien presenta los siguientes registros policiales: A) Actas procesales F-868.018, de fecha 16-03-2000, por el delito de Secuestro (División Contra Robos), B) Actas procesales E-965.707, de fecha 25-08-1997, por el delito de Robo (Subdelegación El Llanito), C) Captura, de fecha 31/08/2004, no indica delito (Departamento de Aprehensión), D) Captura de fecha 08-01-1998, por el delito de Robo por grupo armado o disfrazado (Departamento de Aprehensión), G) Captura, de fecha 05/05/1999, no indica el delito (Departamento de Aprehensión), (02) le corresponde la Cédula de Identidad V- 15.929.121, de fecha de nacimiento 17/10/1976, de 37 años de edad, soltero, dirección: A) Sector El Chorrito – Petare, B) Barrio Petare, sector San Blas –El Chorrito, Casa Nro. 52, Estado Miranda, C) Barrio La Cruz-Petare, Estado Miranda, padre: Manuel Sierra. Madre: Alcira García, quien posee los siguientes registros policiales y solicitudes judiciales vigentes: A) Actas Procesales F-868.018, de fecha 16/03/2000, por el delito de Secuestro (División Contra Robos), B) Actas Procesales E- 965.707, de fecha 25/08/1997, por el delito de Robo (Sub. Delegación El Llanito), C) Actas Procesales E-916.234, de fecha 30-06-1997, por el delito de Fuga de detenidos (Sub. Delegación de Mariara), D) Actas Procesales E- 339.190, de fecha 23-04-1995, por el delito de Robo (Subdelegación El Paraíso), G) Captura, de fecha 25/05/1997, no indica delito (Departamento de aprehensión), H) Captura, de fecha 06-08-1997, por el delito de Porte Detentación u Ocultamiento de Arma (Sub. Delegación Valencia), I) SOLICITADO, según numero M14737, de fecha 09/08/2006, por el delito de Homicidio (Sub. Delegación Maracay), J) SOLICITADO, según numero 2037, de fecha 17-06-2002, no indica delito (Tribunal por identificar), evadido del penal de Yare Estado Miranda y (03) le corresponde la Cedula de Identidad V- 26.958.0919, de fecha de nacimiento 18/09/1993, de 30 años de edad, Soltero, no posee registros policiales, en virtud de lo antes expuesto, el funcionario Inspector SANTOS SALAZAR, efectuó llamada telefónica a la Fiscalia 69° del Ministerio Publico, Abogada Minerva Balza, con Competencia Nacional y Fiscalia 23° del Ministerio Publico de Maturín Estado Monagas, con la finalidad de notificar la aprehensión del ciudadano BORJA PADILLA LUIS RICARDO, titular de la Cédula de Identidad V- 12.065.519, quien ordenó que dicho detenido fuese trasladado ante la oficina de Flagrancia de los Tribunales del Circuito Judicial de Ocumare del Tuy, Estado Miranda. De igual manera el funcionario antes mencionado le efectuó llamada telefónica al funcionario Inspector ALVAREZ GREINYS, indicándole que se traslade comisión al sector San Luís Carretera Nacional Caripito- Maturin Estado Monagas, a fin de ubicar a la victima quien se encuentra en cautiverio. Optando por retornar a la sede de esta oficina, acompañado del ciudadano en cuestión, a fin de dejar constancia de las diligencias practicadas. Se le informó a la superioridad al respecto de las diligencias efectuadas.…”

En fecha 07 de Mayo de 2.014 se le realiza Audiencia de Presentación del ciudadano Luís Borjas; En fecha 10 de Mayo de 2.014 se le realiza Audiencia de Presentación del ciudadano Ramírez franklin Javier; En fecha 07 de Mayo de 2.014 se le realiza Audiencia de Presentación de los ciudadanos Luís Cordero, Johny Cordero y Jimmi Rojas; En fecha 08 de Mayo de 2.014 se le realiza Audiencia de Presentación de la ciudadana Enma Rodriguez, donde se le otorgo Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a los imputados, de conformidad con lo establecido en el artículo 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal y se acordó la prosecución de la presente investigación por la vía ordinaria.

Posteriormente en fecha 20 de Junio de 2.014 se recibe acusación por parte del Ministerio Público en relación a los ciudadanos mencionados a continuación, por la presunta comisión de los delitos de ENMA DEL CARMEN RODRIGUEZ, venezolana, 45 años de edad, soltera, Hija de ONORIA MERCEDES RODRIGUEZ (V) y FELIPE BARRIOS (V) Natural de Carúpano Estado Sucre; nacida en fecha 15-09-1968, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.877.918, domiciliada la urbanización Bella Vistas, Carrera 2, Casa 23, Maturín Estado Monagas; Por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra El Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 contra La Delincuencia Organizada Financiamiento al Terrorismo FRANKLIN JAVIER RODRIGUEZ BANDRES, venezolano, 33 años de edad, soltero, Hijo de CLEOTILDE BANDRE (V) y FRANCISCO RAMIREZ (V) Caracas Distrito capital; nacido en fecha 16-03-1981, titular de la cédula de identidad Nº V-15.872.787, profesión u oficio Ayudante De Mantenimiento de Aire Acondicionado, domiciliado Santa Teresa Del Tuy, Sector El Samán, calle El Samán Casa S/N, del Estado Miranda; Por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra el Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 contra Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo LUIS RICARDO BORJAS PADILLA, venezolano, 39 años de edad, soltero, Hijo de NANCY PADILLA (D) y MARCELINO BORJAS (D) Caracas Distrito Capital; nacido en fecha 01-12-1974, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.089.680, domiciliado Pablo IV, Bloque 6, Piso 1, Apartamento 1-2, Petare Municipio Sucre del Estado Miranda, Por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra el Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. y ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal. JIMMI ROJAS ESPINOZA, venezolano, 37 años de edad, soltero, Hijo de REINA ESPINOSA (F) y JUAN ROJAS (F) Natural de Caracas Distrito Capital; nacido en fecha 01-02-1976, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.292.930 domiciliado La Carretera Vieja Petare Guarenas, sector El Carmen, Estado Miranda, por la presunta comisión de los delito de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra el Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal. LUIS JIOVANNI CORDERO ROJAS, venezolano, 32 años de edad, soltero, oficio: Chofer, Hijo de EUSEBIA ROJAS (V) y LUIS CORDERO (V) Natural de en Guarenas Estado Miranda; nacido en fecha 25-05-1981, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.178.015 domiciliado en: Calle Principal, Bloque 50, Apartamento 002. Caicagüita Estado Miranda, por la presunta comisión del delito de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra el Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal. JONY ALBERTO CORDERO ROJAS venezolano, 30 años de edad, soltero, oficio: ayudante de mecánica, Hijo de EUSEBIA ROJAS (V) y LUIS CORDERO (V) Natural de Caracas Distrito Capital; nacido en fecha 26-02-1982, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.284.090, domiciliado Carretera Vieja Petare Guarenas Juan Manuel carvajal, Bloque 42, Planta Baja, Municipio Sucre del Estado Miranda, Por la presunta comisión del delito de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley contra el secuestro y extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, solicitando sea admitida la acusación, y asimismo sean admitidas las pruebas.

II
DE LA ACUSACIÓN.

Se procede a verificar el cumplimiento de los requisitos procesales y formales para la presentación del escrito acusatorio, se observa que el Ministerio Publico inicio una investigación la cual concluyo con la presentación del acto conclusivo, dejando abierto el procedimiento por lo que respecta las ordenes de aprehensión de los ciudadanos que aun no han sido presentados dentro de este proceso penal toda vez no se ha logrado su captura a fin de sean puestos a derecho y poder resolver su situación jurídica infringida, y de la revisión del escrito acusatorio se observa que la acusación cumple con los requisitos formales previstos en el articulo 308 del Código Orgánico Procesal Penal. En cuanto al cumplimiento de lo previsto en el articulo 49 numeral 1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela por cuanto los imputados estaban en conocimiento de los delitos que se les imputaba, en consecuencia, vista la Acusación presentada por el Ministerio Público, en contra del los acusados ENMA DEL CARMEN RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.877.918, FRANKLIN JAVIER RODRIGUEZ BANDRES, titular de la cédula de identidad Nº V-15.872.787, LUIS RICARDO BORJAS PADILLA, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.089.680, JIMMI ROJAS ESPINOZA, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.292.930 LUIS JIOVANNI CORDERO ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.178.015 JONY ALBERTO CORDERO ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.284.090, antes identificado, considera este tribunal que existen fundados elementos de convicción para presumir la participación de los antes referidos imputados en el hecho imputado por el Ministerio Público. Por cuanto considera que hay un indicio de presencia que se deriva del hecho, tal como se desprende del DENUNCIA, de fecha 25/04/2014, tomada al ciudadano CARLOS RAFAEL CANDURIN, por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación Maturín Estado Monagas, ante la sede de ese despacho, en la cual expone: “Resulta que el día de hoy 25/04/2014, me encontraba dentro de mi negocio Lubri Frenos Eunice, ubicado en la avenida 01, sector Los Guaritos 01, frente a la panadería Pan Dulce, como a las 10: 30 horas de la mañana, mi hijo JUAN CARLOS CANDURIN BARRIOS, de 21 años de edad…se dirigía a su camioneta Marca: Toyota; Modelo: Fortuner; Color: Blanca; Año: 2011; Placas: AB307BB, hasta un consultorio odontológico, ubicado en el centro, por las Avenidas, después como a las 11: 50 horas de la mañana, recibí llamada telefónica del numero 0414-8603232, perteneciente a Juan Carlos, donde pensé que era mi hijo y me dijeron lo siguiente “PATRON ESCUCHE BIEN TENEMOS A SU HIJO JUAN CARLOS, ESTO ES COMERCIAL, EL CARRO NO NOS INTERESA, QUIEN NOS INTERESA ES SU HIJO, QUEREMOS LA CANTIDAD DE VEINTE MIL MILLONES D EBOLIVARES FUERTE, QUE TIENES UN MUSTANG Y DOS MOTOS” y si no pagaba lo iba a reconocer por los dientes, también me dijeron que no llamara a la policía, donde le dije que no tenia esa cantidad y ellos me dijeron que se iban a comunicar con su patrón y me dijeron que me volverían a llamar, después como a las 12:17 horas del medio día me hicieron la segunda llamada, pero no hablaron, una vez y encontrándome en la oficina del CICPC, en el momento que me estaban tomando la declaración, como a las 12:30 horas del medio día, mi hijo de nombre CARLOS JAVIER CANDURIN, llamó para el numero 0414-8603232, de JUAN CARLOS a los sujetos a través del numero telefónico 0424-9134144y ellos le dijeron que la camioneta estaba en el parador vía La Toscana… INSPECCIÓN TECNICA 0001, de fecha 25/04/2014, practicada por los funcionarios DETECTIVES AGREGADOS JESUS CARRIZALEZ, JESUS MACHADO Y DETECTIVES JOSÉ SUCRE, YANKLIN BARRETO, FRANKLIN GUILLEN Y MANUEL COYIN, adscritos al eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub. Delegación de Maturín Estado Monagas, realizada en la Estación de Servicio El Parador, ubicado en la Avenida Alirio Ugarte Pelayo, Maturín Estado Monagas, lugar donde se encontró el vehiculo Marca: Toyota; Modelo: Fortuner; Color: Blanco; Placas: AB307BB, Clase: Camioneta; Tipo: Sport Wagon.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 25/04/2014, rendida y suscrita por el ciudadano CARLOS CANDURIN, venezolano, mayor de edad, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, en la cual expuso: …”resulta que el día de hoy 25/04/2014, como a las 12:10 del mediodía, recibí llamada telefónica de mi padre de nombre CARLOS CANDURIN y me preguntó que si estaba en la casa y yo le dije que iba saliendo y fue cuando me dijo que habían secuestrado a mi hermano de nombre JUAN, y me devolví para la casa, después llegó mi papá y nos dijo que estaban pidiendo la cantidad de Veinte Millones de Bolívares fuertes, para liberar a Juan, luego nos trasladamos hacia el CICPC, cuando estábamos aquí yo intenté comunicarme con JUAN y el teléfono salía apagado, al rato me llegó un mensaje de su numero que ya se encuentra disponible y fue cuando yo llame de mi numero telefónico 0424-9134144 y me contestaron preguntándome por mi padre, que donde estaba, yo les dije que no sabia y me dijeron que ya sabíamos la cantidad que teníamos que pagar y que no trabajáramos con el gobierno porque ya sabíamos lo que le iba a pasar a mi hermano y luego me dijeron que buscara la camioneta, que se encontraba en el parador, después, me trasladé hasta el parador y correctamente estaba la camioneta estacionada en la estación de servicios con la llave pegada al caucho izquierdo delantero. También pude observar que de manera sospechosa estaba una camioneta SUPER DUTTY, dos puertas, color negra, placas: A82BJ9M, donde pude ver que se metió para la urbanización San Miguel, cuyo rato después espere e intente meterme para San Miguel y en ese momento la camioneta salió y la seguí cuyo lugar llegó al sector Juanico, se metió para un callejón y se estacionó en una vivienda con rasgos de abandono después me trasladé nuevamente al CICPC.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 25/04/2014, rendida y suscrita por el ciudadano EMILIO MATA, Venezolano, mayor de edad, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, en la cual expuso:…”resulta que el día de hoy en momento que estaba en mi trabajo vi que dos sujetos desconocidos agarraron a un señor que estaba sentado en un banco frente a la clínica UMIDOCA y lo obligó a entrar en una camioneta blanca que estaba parada al frente de el y luego salieron velozmente del lugar.- EXPERTICIA DE SERIALES 91, de fecha 28/04/2014, practicada por los funcionarios Lcdo. ROGERT RAMOS (sub. Inspector) y T.S.U CHARLES VIVAS, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, donde solicitamos sean citados de conformidad a lo previsto en los Artículos 163 y 168 del Código Orgánico Procesal Penal, al vehiculo Marca: Toyota, Modelo: FORTUNER, Color: Blanco; Placas: AB307BB, Clase: Camioneta, Tipo: Sport Wagon, serial de carrocería: 8XA11XV60B3004427.- INSPECCION TECNICA NUMERO 2444, de fecha 26/04/2014, practicada por los funcionarios DETECTIVES AGREGADOS CARLOS VASQUEZ, DETECTIVE YANKLIN BARRETO Y MANUEL KOGIN, adscritos al Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, realizada en el sector CENTRO Carrera 11, frente a las instalaciones del anexo UMIDOCA C.A SERVICIO MEDICO Y ODONTOLOGICO, ECOSONOGRAMAS MATURIN ESTADO MONAGAS, lugar donde ocurrieron los hechos.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 26/04/2014, rendida y suscrita por el ciudadano KAREN VASQUEZ, venezolano mayor de edad, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, en la cual expuso: …“resulta que el día de ayer Viernes 25 de Abril del presente año llegó a mi consultorio un paciente de nombre JUAN CANDURIN, hablo conmigo me dijo que lo anotara en la lista ya que le tocaba su cita, yo le manifesté que tenia que esperar mas o menos una hora ya que tenia dos pacientes por delante, al ya atendido estos dos pacientes salí a llamar a JUAN este no estaba en la sala de espera, hice pasar a otro paciente y al este salir volví a llamara JUAN y este no estaba yo pensé que se había retirado, seguí viendo a mis pacientes y a eso de las doce y media recibí una llamada de parte de la señora OLGA quien es la madre de JUAN y esta me preguntó que si este había ido a la consulta ya que no saben nada de el y según que el padre de ese muchacho recibió una llamada y le dijeron que estaba secuestrado… ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 30/04/2014, rendida y suscrita por la ciudadana DANIELA RAMOS, venezolana mayor de edad, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, en la cual expuso: “… Resulta que el día 29/04/2014, como a las 11:50 horas de la mañana, me encontraba en la casa del señor Candurín, por que habían secuestrado a mi novio de nombre JUAN, cuando recibí un ping de una amiga de nombre MARIA BRAZON, que me decía que le habían llegado unos mensajes de voz, del día viernes a las 11:30 de la mañana donde se escuchaba una conversación donde se escuchaba un tipo diciendo algo relacionado con una cabuya y de una ropa, después de eso yo le digo que me lo pase por ping, y ella me lo pasa y cuando lo escuche me di cuenta que era cierto y lo relacione con el secuestro de mi novio JUAN, en eso yo se lo mostré a la mamá de JUAN, en la noche se lo mostré al señor CANDURIN, y le informo a los funcionarios del CICPC, para que la escuchara para ver si podía a ayudar en algo… ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 30/04/2014, rendida y suscrita por la ciudadana MARIA BRAZON, venezolana, mayor de edad, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, en la cual expuso: “…Resulta que el día de ayer 29/04/2014, como a las 10:00 de la mañana, me encontraba en la universidad donde estudio, y cuando me puse a revisar mi teléfono celular marca IPHONE modelo S4, numero 04249539145, me percate que tenia una llamada perdida de mi padre de nombre NOEL BRAZON luego me percate que tenia tres mensajes de voz uno de ellos era de fecha 29/04/2014, lo cual supongo que era de mi padre, Noel Brazón, ya que el era la persona que me estuvo llamando por ultima vez, cuando me pongo a escuchar el mensaje no escuchaba ni decía nada, luego la operadora me dijo que tenia dos mensajes mas de voz, y cuando le di la opción de escuchar tenia uno de fecha 25/04/2014, el cual fue enviado a las 11:32 horas de la mañana del mismo día el cual se escuchaba que una mujer decía cosas pero no le entendí nada luego habla un hombre el cual dice algo sobre una cabuya y una vestimenta o algo de una ropa y después de esto le mande un mensaje a mi amiga VERONICA ROLDAN, donde le decía que tenia un mensaje de voz muy raro… ACTA DE ANALISIS TELEFONICO, de fecha 30/04/2014, realizado por el experto SAMUEL ENRIQUE PAEZ SANOJA, adscrito al unidad Antiextorsion y Secuestro del Ministerio Publico. EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL Nº 141, de fecha 01/05/2014, practicada por los funcionarios GILBERTO MORON Y CARLOS VASQUEZ, adscritos al Área Técnica del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturín Estado Monagas, practicada a dos teléfonos celulares Uno (01) marca IPHONE 4S, modelo Curve 9300, color Negro, Serial Ídem: 359110046435816, Pin 2680C895.- ACTA DE ANALISIS TELEFONICO, de fecha 30/04/2014, realizada por el Experto SAMUEL ENRIQUE PAEZ SANOJA, adscrito a la Unidad Antiextorsion y Secuestro del Ministerio Publico. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 02/05/2014, en la cual se deja constancia de lo siguiente: En esta misma fecha, siendo las dos horas de la tarde, compareció por ante este despacho, el detective Agregado YORMAN AGUSTIN PEREZ adscrito a la División Nacional Contra Extorsión y Secuestro, en comisión de servicio en la sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, en compañía del Detective FRANKLIN GUILLEN adscrito al Área de Estrategia Especiales de la Delegación Monagas, quien de conformidad con lo previsto en los articulo 112 y 169 del código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 48, 49 y 50 del derecho con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigaciones el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y el Servicio Nacional de Medicina y ciencias Forenses, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente investigación y en consecuencia expone: “Continuando con las Investigaciones relacionadas con las actas procesales números K-14-0074-02585, iniciada por uno de los delitos Contra El Secuestro y la Extorsión, donde figura como victima el ciudadano JUAN CARLOS CANDURIN BARRIOS, “quien se encuentra en cautiverio ”del cual tiene conocimiento el Abogado José Rojas Fiscal Vigésimo Tercero de la circunscripción Judicial de Maturin Estado Monagas, realizando labores referentes al servicio, se recibió vía enlace correo electrónico cotraextorsiony secuestrocicpc@gmail.com, de la empresa Telefónica Movistar, datos filiatorios, relación de llamadas, mensajes de texto, ubicación geográfica del abonado 04148603232, registrado a nombre de JUAN CARLOS CANDURIN BARRIOS, V-22.705.244, IMEI del equipo móvil 3542450558635720, el cual estaba siendo utilizado por la victima para el momento de los hechos que se investiga, procediendo a realizar un minucioso análisis, donde los plagiarios utilizaron el dicho abonado, para comunicarse con abonado 04166922948, registrado ACC CANDURIN CI V-9.899.423 (progenitor de la victima) en las siguientes fecha 01) 25/04/2014 a las 11:59:30 con una duración de 542 seg.; 02) 26/04/2014; a las 17:37:30 con una duración de 145 seg., a las 17:42:00 con una duración del 274 seg., a las 18:59:41 con una duración de 92 seg., y el 3) el 27/04/2014 a las 17:05:21 con una duración de 127 seg. Los días 26 y 27 04/2014, el abonado en análisis, utilizó un equipo móvil con el IMEI 357567006842580, para comunicarse con el abonado 04166922948. Por lo que se le solicitó a la empresa telefónica Movistar el histórico del IMEI 357567006842580, luego de obtener dicha respuesta y de analizarla, se logró determinar que el IMEI en análisis, ha utilizado otras SIM CARD, de la referida empresa, con los siguientes abonados: 1).- 0424-1452900 desde 05/10/2013 hasta el 11/022014, registrado a nombre de FRANKLIN RAMIREZ, CI 15.872.787, fecha de nacimiento 17/03/81, teléfono alterno 0416-2005921, dirección: Urbanización 864, barrio Caicaguita, casa 11 avenida principal Distrito Miranda Estado Miranda; 2) 0414-1350996 desde el 07/02/2013 hasta el 13/02/2013, el cual se encuentra fuera de servicio, ( en espera de la empresa telefónica Movistar de los datos del titular) y 3.-) 0424-2799845 desde el 23/05/2012, hasta 05/02/2013, registrado a nombre PEDRO DIAZ CI V-2.591.734, fecha de nacimiento 29/06/42, teléfono alterno 0212-4167132, dirección. Bloque 48, Piso 02, apartamento 02, calle Buen Bancario, Urbanización 627 Caricuao Miranda Distrito Federal. Asimismo el abonado 0424-1452900, en momento que estaba el IMEI 357567006842580, mantuvo como registran en llamadas entrantes con los siguientes abonados: 01) 0424-1458542 en fecha 31/01/2014 a las 12:18:39 con una duración de 164 seg., a las 20:17:58 con duración de 8 seg., 20:19:23 con una duración de 15 seg. y a las 210:2:28 con una duración de 21 seg.- 02) 0414-2612668 en fechas 17/12/2013 a las 08:01:26 con una duración de 38 seg., y el 11/02/2014 a las 10:11:48con una duración de 26 seg. 03) 0414-0106164 en fechas 09/12/2013 a las 10:48:24, con una duración de 16 seg., 15/12/2013 165256 23 seg. 04) 041601307227 registrado a nombre de GENESIS HERNANDEZ CI V- 19.650.493, en fechas 06/12/2013 a las 17:19:21 con una duración de 12 seg., 14/12/2013 a las 07:52:53 con una duración de 09 seg.; el 20/01/2014 a las 14:29:15; con una duración de 10 seg.; el 20/01/2014 a las 14:59:03 con una duración de 28 seg. y el 14/01/2014 a las 07:54:36 con una duración de 102 seg.; y el 08/02/2014 a las 11:52:56 con una duración de 54 seg. 05) 0416-4285702 registro a nombre de REINA ESPINOZA CI V-3.659.210, en fecha 15/12/2012 a las 20:38:37 con una duración de 18 seg., 06) 0416-9222028 registrado a nombre de ERIKA VOLCAN, CI V-19.267.636 en fecha 27/01/2014 a las 18:12:44 con una duración de 115 seg. Y 07) 0412-9513767 registrado a nombre de MARCOS RAMOS CIV-15.947.412, en fechas 06/12/2013 a las 06:41:24 con una duración de 03 seg.; el 21/01/2014 a las 08:40:52 con una duración de 107 seg. y 09:03:38 con una duración de 80 seg. El 23/01/2014 a las 12:02:43 con una duración de 49 seg. y el 07/02/2014 a las 06:13:25 con una duración de 24 seg. Una vez culminado el presente análisis de comunicaciones entre los números investigados, se procede a consignar en la presente corte de relaciones de llamadas entrantes y salientes y datos filiatorios de los ciudadanos ya descritos. ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 04/05/2014, en la cual se deja constancia de lo siguiente: en esta misma fecha siendo las 17:30 horas de la tarde, compareció por ante este despacho el funcionario Detective Jefe LEZAMA ALEXANDER adscrito a la División Nacional Contra Extorsión y Secuestro (Base Oriente), en comisión de servicio en la Sub. Delegación Ocumare del Tuy- Estado Miranda, … donde se refleja el flujo de registros telefónicos del abonado 0414-860.32.32, propiedad de la victima de la presente investigación, como también el cambio de la tarjeta SIM CARD, a otro serial IMEI; siendo las 03:05 horas de la tarde, me dirigí en compañía de los funcionarios Inspector SALAZAR SANTOS (jefe de la base Oriente), Inspector Zerpa Jonathan (jefe de la base Miranda), Cándales Henri, Detective agregado Barrios Víctor; Lobo Antonio León Héctor; adscritos a División Nacional Contra Extorsión y secuestro y Valdez Luís, adscrito al REDIP (Oriente), a bordo de unidad identificada y vehículos particulares, hacia la Calle Miranda, Santa Lucia, Municipio Paz Castillo, Estado Miranda, a fin de ubicar e identificar a la ciudadana VOLCAN ERIKA, ampliamente identificada en auto. Presentes en el lugar, previamente identificados como funcionarios activos de este Cuerpo de Investigaciones, sostuvimos entrevista con un ciudadano de nombre Luís Chacón, representante de la Junta comunal del sector, a quien luego de expresarle de motivo de nuestra presencia, no presentó su identificación, por temor a futuras represalias en su contra, asimismo señalo que la familia Volcán podía ser ubicada al traspasar el puente, bajo el río Guiare, sector Las Adjuntas – Montero, Cerro el Indio de esta localidad, motivo por el cual, nos trasladamos a dicho lugar, donde luego del recorrido logramos situar la residencia numero 51, sector Montero , Calle principal, donde se procedió a tocar la puerta en reiteradas oportunidades de la misma, siendo atendidos por la ciudadana requerida por la comisión, a quien luego de expresarle del motivo de nuestra comparecencia, enunció que efectivamente responde al nombre de VOLCAN ERIKA (se le reservan los otros datos personales, según lo estipulado en el articulo 23° ordinal 01° de la Ley de Protección de Victimas, Testigos y demás sujetos procesales), de igual manera presentó un equipo celular, signado con el numero 0416-9222028, donde al observarle las llamadas entrantes se evidencia la constante comunicación con el ciudadano RAMIREZ FRANKLIN, por los abonados 0424-1452900 y 0429001008, agregando que pudiera ser ubicado en la Urbanización el Paraíso, Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia, Estado Miranda, indicando no tener impedimento alguno en acompañarnos a esta sede a fin rendir entrevista en torno a los acontecimientos. Posteriormente, nos trasladamos a la poblada del Paraíso del Tuy, adyacente a la Escuela el Paraíso, donde realizamos un recorrido, logrando establecer comunicación con un ciudadano de nombre Eliézer, a quien luego de imponerlo del motivo de nuestra presencia, señaló de manera discreta una residencia, ubicada en la Calle el Saman, la cual habitaba el ciudadano requerido, a tal efecto al encontrarnos en la residencia en cuestión, procedimos a tocar la puerta en varias oportunidades, donde fuimos atendidos por la ciudadana ZAMBRANO BANDRES AMBERLYS CAROLINA de 28 años de edad, fecha de nacimiento 29/08/1985, natural de Petare- Estado Miranda, profesión u oficio enfermera, actualmente laborando en la clínica Metropolitana de Caracas, dirección de habitación Calle El Saman, casa S/n, adyacente al colegio El Paraíso, Santa Teresa del Tuy, Estado Miranda, teléfono numero 04143040583, titular de la Cédula de Identidad V-17.529.606, quien expresó ser hermana del ciudadano Franklin, permitiendo el acceso a la comisión, asimismo, se apersonó el ciudadano supra mencionado, quedando identificado de la manera siguiente RAMIREZ BANDRES FRANKLIN JAVIER, de 33 años de edad, fecha de nacimiento 17-031981, natural de Caracas, profesión u oficio obrero, actualmente laborando en el hotel montaña suite, ubicado en Petare-Municipio Sucre Estado Miranda, residenciado en la misma dirección antes mencionada, teléfonos 0424-145.29.00 y 0426-900.10.08, titular de la Cédula de Identidad V-15.872.787, a quien luego de inquirirle del motivo de nuestra comparecencia, manifestó que efectivamente hace un mes aproximadamente se presentó en su morada un primo de nombre Jimmy, manipularon un equipo.-. En esta misma fecha, siendo las 17:30 horas de la tarde, compareció por ante este despacho el funcionario detective Jefe LEZAMA ALEXANDER adscrito a la División Nacional Contra Extorsión y Secuestro (Base Oriente), en comisión de servicio en la sub. Delegación Ocumare del Tuy-Estado Miranda, estando debidamente juramentado y de conformidad con lo establecido en los artículos 114°, 115°, 153°, 234°, 373° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 48°, 49° y 50° del Decreto con Rango, Valor y fuerza de Ley Orgánica para el Servicio de Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y el Servicio de Medicina y ciencias Forenses, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente averiguación: “vista y analizada, acta suscrita por el funcionario Detective Pérez Yorman, donde se refleja el flujo de registros telefónicos del abonado 0414-860.32.32, propiedad de la victima de la presente investigación, como también el cambio de la tarjeta SIM CARD, a otro serial IMEI; siendo las 03:05 horas de la tarde, me dirigí en compañía de los funcionarios Inspector Salazar Santos (Jefe de la base Oriente), Inspector Zerpa Jonathan (Jefe de la base Miranda), Cándales Henri, Detective Agregado Barrios Víctor, Lobo Antonio, León Héctor, adscrito a la División Nacional Contra Extorsión y Secuestro y Valdez Luís, adscrito al REDIP (ORIENTE), a bordo de unidad identificada y vehículos particulares, hacia la calle Miranda, Santa Lucia, Municipio Paz Castillo Estado Miranda, a fin de ubicar e identificar a la ciudadana VOLCAN ERIKA,, ampliamente identificada en auto. Presentes en el lugar, previamente identificados como funcionarios activos de este cuerpo de Investigaciones, sostuvimos entrevista con un ciudadano de nombre Luís Chacon, representante de la Junta Comunal del sector, a quien luego de expresarle el motivo de nuestra presencia, no presentó su identificación, por temor a futuras represalias en su contra, asimismo señalo que la familia Volcán podía ser ubicada al traspasar el puente, bajo el río Guiare, sector Las Adjuntas – Montero, Cerro el Indio de esta localidad, motivo por el cual, nos trasladamos a dicho lugar, donde luego del recorrido logramos situar la residencia numero 51, sector Montero , Calle principal, donde se procedió a tocar la puerta en reiteradas oportunidades de la misma, siendo atendidos por la ciudadana requerida por la comisión, a quien luego de expresarle del motivo de nuestra comparecencia, enunció que efectivamente responde al nombre de VOLCAN ERIKA (se le reservan los otros datos personales, según lo estipulado en el articulo 23° ordinal 01° de la Ley de Protección de Victimas, Testigos y demás sujetos procesales), de igual manera presentó un equipo celular, signado con el numero 0416-9222028, donde al observarle las llamadas entrantes se evidencia la constante comunicación con el ciudadano RAMIREZ FRANKLIN, por los abonados 0424-1452900 y 0429001008, agregando que pudiera ser ubicado en la Urbanización el Paraíso, Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia, Estado Miranda, indicando no tener impedimento alguno en acompañarnos a esta sede a fin rendir entrevista en torno a los acontecimientos. Posteriormente, nos trasladamos a la poblada del Paraíso del Tuy, adyacente a la Escuela el Paraíso, donde realizamos un recorrido, logrando establecer comunicación con un ciudadano de nombre Eliézer, a quien luego de imponerlo del motivo de nuestra presencia, señaló de manera discreta una residencia, ubicada en la Calle el Saman, la cual habitaba el ciudadano requerido, a tal efecto al encontrarnos en la residencia en cuestión, procedimos a tocar la puerta en varias oportunidades, donde fuimos atendidos por la ciudadana ZAMBRANO BANDRES AMBERLYS CAROLINA de 28 años de edad, fecha de nacimiento 29/08/1985, natural de Petare- Estado Miranda, profesión u oficio enfermera, actualmente laborando en la clínica Metropolitana de Caracas, dirección de habitación Calle El Saman, casa S/n, adyacente al colegio El Paraíso, Santa Teresa del Tuy, Estado Miranda, teléfono numero 04143040583, titular de la Cédula de Identidad V-17.529.606, quien expresó ser hermana del ciudadano Franklin, permitiendo el acceso a la comisión, asimismo, se apersonó el ciudadano supra mencionado, quedando identificado de la manera siguiente RAMIREZ BANDRES FRANKLIN JAVIER, de 33 años de edad, fecha de nacimiento 17-031981, natural de Caracas, profesión u oficio obrero, actualmente laborando en el hotel montaña suite, ubicado en Petare-Municipio Sucre Estado Miranda, residenciado en la misma dirección antes mencionada, teléfonos 0424-145.29.00 y 0426-900.10.08, titular de la Cédula de Identidad V-15.872.787, a quien luego de inquirirle del motivo de nuestra comparecencia, manifestó que efectivamente hace un mes aproximadamente se presentó en su morada un primo de nombre Jimmy, manipularon un equipo celular de su propiedad marca Nokia el cual introdujo su tarjeta SIMCARD, signada con el numero 0424-145.29.00, agregándole este pariente de manera directa que necesitaba el equipo, por cuanto iba a realizar una jugada, con sus sobrinos apodados EL PORTU Y CHAPULIN, pudiendo ser ubicados Jimmy en la Carretera Petare Guarenas, sector Turumo, cerca de la pasarela, casa de 3 niveles, Estado Miranda, y los demás en la zona de Caucagüita, sector la embajada, Estado Miranda, respectivamente. De igual forma no tuvo impedimento alguno en hacer entrega de los equipos telefónicos que poseía, cuyas características son las siguientes: 1) Marca; Nokia, Modelo: 2730, Serial IMEI 355935042689057, SIMCARD numero 895804420004254970, signada con el numero 0424-145.29.00, con su respectiva batería, 2) Marca ZTE, modelo ZTE-s180, serial MEID268435460310713012, signado con el numero 0426-900.10.08, con su respectiva batería, los cuales serán enviados al departamento correspondiente, con su cadena de custodia y practicarles experticias de ley correspondiente. En virtud de lo antes expuesto, retornamos a la sede de esta oficina, haciéndonos acompañar con el precitado ciudadano a la sede de este despacho, conjuntamente con las evidencias, consecutivamente, el funciaonrio Inspector Santos Salazar, efectúa llamada telefónica a la Fiscalia 69° del Ministerio Publico, Abg., Minerva Balza, con competencia Nacional y fiscalia 23° del Ministerio Publico, de Maturin Estado Monagas, respectivamente, quienes expresaron que el ciudadano RAMIREZ BANDRES FRANKLIN JAVIER, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-15.872.787, fuese puesto a la orden de la fiscalia correspondiente, se le leyeron sus derechos constitucionales consagrados en los artículos 49° de la Constitución Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 127° del Código Orgánico Procesal Penal. No obstante, se verificaron sus datos ante el Sistema de Investigación e Información Policial (SIIPOL), a fin de verificar los posibles registros y/o solicitudes que pudiera presentar, arrojando como resultado que corresponden ante el SAIME, no teniendo registro policial ni solicitud alguna. Se le informó a la superioridad al respecto de las diligencias efectuadas, dejándose constancias de las mismas; se consignan mediante la presente acta de entrevista y cadena de custodia. Asimismo se deja constancia que el Tribunal Quinto de Control del Estado Monagas, lleva averiguación signada con el numero NP01-P2014-5483, que guarda relación con las actas en cuestión.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 05/04/2014, en la cual se deja constancia: en esta misma fecha, siendo las 09:30 horas de la mañana , compareció por ante este despacho el funciaonrio Detective Jefe LEZAMA ALEXANDER adscrito a la División Nacional Contra Extorsión y Secuestro (Base Oriente), , en comisión de servicio en la sub., Delegación de Ocumare del Tuy-Estado – Miranda, estando debidamente juramentado y de conformidad con lo establecido en los artículos 114°, 115°, 153°, 234°, 373° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 48°, 49° y 50° del Decreto con Rango, Valor y fuerza de Ley Orgánica para el Servicio de Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y el Servicio de Medicina y ciencias Forenses, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente averiguación: “prosiguiendo con las investigaciones relacionadas con las actas procesales signadas con la nomenclatura K-14-0074-02585, siendo las 03:05 horas de la mañana , me dirigí en compañía de los funcionarios Inspector Salazar Santos (Jefe de la base Oriente) Inspector Zerpa Jonathan (Jefe de la base Miranda), Condales Genrri, Detective agregado Barrios Víctor, Lobo Antonio, León Héctor, adscritos a adscrito a la División Nacional Contra Extorsión y Secuestro y Valdez Luís adscrito al REDIP (ORIENTE), a bordo de una unidad identificada y vehículos particulares, hacia las siguientes direcciones: Sector Turumo, KM 13, cerca de la pasarela, casa de 3 niveles, Municipio Sucre Estado Miranda y caucagüita, Sector La Embajada, Municipio Sucre, Estado Miranda a fin de ubicar identificar y trasladar a esta sede, al ciudadano de nombre JIMMI apodado “Caraota” y los apodados “Portu y Chapulín”, quienes se encuentran relacionados en la investigación. Una vez en el lugar en referencia, específicamente Turumo, Carretera Petare-Guarenas, adyacente a la pasarela, casa de 3 niveles, protegidas por un portón y rejas, color gris, Estado Miranda, previamente identificados como funcionarios activos de este Cuerpo de Investigaciones, procedimos a tocar la puerta principal de la referida residencia, donde fuimos atendidos por una ciudadana de nombre RODRIGUEZ THANIA IVETTE, de 53 años de edad, nacida en fecha 25/08/1961, Titular de la cédula de Identidad V.-06845778, a quien luego de expresarle el motivo de nuestra presencia, señaló ser pariente del ciudadano requerido por la comisión, otorgando el acceso a su residencia, asimismo, sosteniendo coloquio con el precitado ciudadano, a quien se le inquirió del motivo de nuestra comparecencia, quedó identificado de la manera siguiente: ROJAS ESPINOZA YIMMI, de 38 años de edad, fecha de nacimiento 20/04/1976, natural de Petare- Estado Miranda, profesión u oficio latonero, actualmente por cuento y riesgo propio, dirección de habitación: Carretera Petare-Guarenas, Km. 13 sector El Carmen-Turumo Municipio sucre, Estado Miranda, teléfono Nro. 0416-428.57.02, titular de la Cédula de Identidad V.- 13.292.930, acotando que el equipo celular investigado (contaminado), el cual se le hizo referencia, no lo poseía, el cual le hizo entrega días anteriores a su sobrino de nombre Cordero Yhonny apodado “PORTU”, quien puede ser ubicado en el bloque 42, planta baja, adyacente a la embajada, Caucagüita, Estado Miranda, no teniendo impedimento alguno en acompañarnos y entregarnos su equipo celular: Marca Vtelca, Modelo: 5265, Serial MEID A1000023722C8A, color Blanco y rojo, signado con el numero 0416-428.57.02, con su respectiva batería, serial 40041108211237251. En el mismo orden de ideas, nos dirigimos a la dirección descrita, específicamente apartamento número 003, una vez en la misma, procedimos a tocar la puerta , donde fuimos atendidos por una ciudadana de nombre BERRIOS PEINADO YOHNA ROSELINE de 32 años de edad, titular de la Cédula de Identidad V- 14.990.944, a quien luego de imponerle del motivo de nuestra presencia, señaló ser pareja del sujeto apodado “El PORTU”, quien nos permitió el acceso a su inmueble, de igual forma, se apersonó el ciudadano en cuestión, quedando identificado d la siguiente manera: CORDERO ROJAS JOHNY ALBERTO, de 32 años de edad, fecha de nacimiento 26-02-1982, profesión u oficio comerciante, actualmente laborando por cuenta y riesgo propio, dirección de habitación: Calle principal, bloque 42, apartamento 003, Caucagüita-Estado miranda, teléfono número 0414-270.05.58, titular de la Cédula de Identidad V.-46.284.090, a quien se le emuló del motivo de nuestra presencia, manifestando palabras impropias u engañosas a la comisión del paradero del equipo celular requerido a su vez, entregándonos su equipo celular Marca Huawei, modelo G2201, Serial IMEI 012306001715488, color negro y blanco, signado con el numero 0414-270.05.58, SIMCARD numero 895804420006325609, con su respectiva batería, serial BAAA921XB3622509. No obstante, a escasos minutos emitió categóricamente que manipulo el equipo celular marca Nokia, el cual le hizo entrega posteriormente a su hermano apodado “Chapulín”, quien reside en el bloque 50, piso 2 de la misma localidad, motivo por el cual se le solicitó que acompañara a la comisión. Dándole prontitud, a la información aportada nos conducimos al referido bloque, apartamento nro, 2, Estado miranda, donde procedimos a tocar la puerta de le referida residencia, siendo atendido por el ciudadano Cordero Luís (CHAPULIN), a quien luego de expresarle de nuestra presencia, se identificó de la manera siguiente: CORDERO ROJAS LUIS JIOVANNY, de 32 años de edad, fecha de nacimiento 25/5/1981, dirección de habitación : calle principal, Bloque 50 apartamento 2, Caucagüita- Estado Miranda, teléfono Nro. 0416-723.0156, 0424-2249471 y 0412-361.99.10, titular de la Cédula de Identidad V-16.284.090, adicionando que ciertamente el equipo que le suministrado por su hermano lo tiene en su poder un ciudadano llamado JOSUE, alias “MANO”, otro sujeto que practica la santería apodado EL GORDO”, quien responde al nombre de LUIS RICARDO, pudiendo ser ubicados en la Parroquia Petare estado Miranda, no encontrando palabras acorde y/o justificadas a la manipulación de dicho equipo, el cual se encuentra relacionado en la investigación que nos ocupa. Además, expresando sin libertad u apremio que los sujetos antes mencionados frecuentan el Unicentro El Marqués, ubicado en la California Municipio sucre Estado miranda, ya que desde allí se reúnen y coordinan todas sus fechorías, de igual forma manifestando que los mismos planificaron el secuestro producto de una información emanada de un comerciante de origen Árabe llamado “RADY EL DALY”, quien posee una finca en Maturin Estado Monagas, en vista de tal situación, le solicitamos los equipos que poseía, cuyas características son las siguientes: 1)marca Black Berry, modelo 9360, serial IMEI 351553057734694, SIMCARD nro. 895804120009788040, signada con el numero 0424-224-9471, con su respectiva batería, serial DC110826, 2) marca Black Berry, Modelo TORCH, serial IMEI 356200040140945, SIMCARD Nro 8958021302060179286F, signada con el numero 0412-3619910, con su respectiva batería, serial DC101231, de igual forma las tarjetas SIMCARD Nros. A) 895804320006350518 y B) 8958044200077674392, los cuales serán enviados en su totalidad al departamento correspondiente con su cadena de custodia y practicarles su experticia de ley. En virtud de lo antes expuesto retornamos a la sede de esta oficina, haciéndonos acompañar con los citados ciudadanos a la sede e este despacho, consecutivamente el funcionario inspector Santos Salazar, efectúa llamada telefónica a la Fiscalia Sesenta y Nueve (69) del Ministerio Publico, Abg. Minerva Balza, con competencia Nacional y Fiscalia 23 del Ministerio Público de Maturin Estado Monagas, respectivamente, quienes expresaron que los ciudadanos: 1) ROJAS ESPINOZA JIMMI, Titular de la cédula de Identidad Nro. 13.292.930, 2) CORDERO ROJAS JHONNY ALBERTO, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.284.090 Y 3) CORDERO ROJAS LUIS JIOVANNY, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.178.015, fuesen puesto a la orden de la fiscalia correspondiente y ante la oficina del Circuito Judicial Penal de la localidad, se le leyeron sus derechos consagrados en los artículos 49 de la constitución Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 127 del Código Orgánico Procesal Penal. No obstante, se verificaron sus datos ante el Sistema de Investigación e Información Policial (SIIPOL), a fin de verificar los posibles registros y/o solicitudes que pudieran presentar, arrojando como resultado que corresponden ante el SAIME, no teniendo registros policiales ni solicitudes algunas. Se le informó a la superioridad al respecto de las diligencias efectuadas, dejándose constancia de las mismas, se consigna mediante la presente entrevista y cadena de custodia. Asimismo se deja Constancia que el Tribunal Quinto de control del Estado Monagas, lleva averiguación signada con el numero NP01-P-2014-5483, que guarda relación con las actas en cuestión.- ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 05/05/2014, en la cual se deja constancia de lo siguiente: En esta misma fecha siendo las 8:00 horas de la noche, compareció por ante este despacho el funcionario: Detective Jefe LEZAMA ALEXANDER, adscrito a la división Nacional Contra Extorsión y Secuestro (Base Oriente), en comisión de servicio en la sub. Delegación Ocumare del Tuy- Estado Miranda, estando debidamente juramentado y de conformidad con lo establecido en los artículos 114°, 115°, 153°, 234°, 373° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 48°, 49° y 50° del Decreto con Rango, Valor y fuerza de Ley Orgánica para el Servicio de Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y el Servicio de Medicina y ciencias Forenses, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente averiguación: “Continuando con las investigaciones relacionadas con las actas procesales signadas con la nomenclatura K-14-0074-02585, siendo las 05:30 horas de la tarde, me trasladé en compañía de los funcionarios Inspector SALAZAR SANTOS (Jefe de la Base Oriente), Inspector ZERPA JONATHAN (Jefe de la Base Miranda) , Condales Genrri, Detective Agregado BARRIOS VICTOR, LOBO ANTONIO, LEON HECTOR, adscritos a División Nacional Contra Extorsión y Secuestro y VALDEZ LUÍS adscrito al REDIP (ORIENTE), a bordo de unidad identificada y vehículos particulares, hacia la siguiente dirección: Unicentro El Marqués, Municipio sucre, Estado Miranda, a fin de realizar investigaciones inherentes al servicio, como también la ubicación, identificación del ciudadano llamado “JOSUE” y otro de nombre LUIS RICARDO, apodado “EL GORDO”. Una vez en el lugar, específicamente nivel I, nos desplegamos por todas las áreas que componen dicho establecimiento comercial y publico, a fin de realizar un recorrido a punto a pie y a pocos metros de la entrada principal, observamos dos sujetos, con características similares a las aportadas por el ciudadano Cordero Luís, ampliamente identificado en auto, uno de ellos exhibiendo como vestimenta, un mono y franela color blanco, gorra color blanco, conversando por un equipo celular, otro exhibiendo un pantalón jeans, franela con franjas color negro y verde, quienes al ver la presencia policial emprendieron veloz huida por el pasillo principal, donde se originó una persecución a los dos sujetos, donde uno de ellos logro huir y el otro fue aprehendido pro la comisión, a quien amparado en el articulo 191° del Código Orgánico Procesal Penal, se le practicó la respectiva revisión corporal, a quien se le incautó lo siguiente: 1) teléfono celular, marca Huawei, modelo FC312E, Color Negro, Serial IMEI 860462022322532, simcard NÚMERO 804320007616022 Y 2) Un teléfono celular, marca Samsung, modelo GT-E3309, color negro, serial IMEI 353841051351856, SIMCAR número 8958021306270650770, con sus respectivas baterías de energía, quedando identificado como BORJA PADILLA LUIS RICARDO, de 39 años de edad, natural de Caracas, estado civil: soltero profesión u oficio taxista, residenciado en la urbanización Terraza, número 7, sector Pablo Sexto, Bloque 6, piso 1 apartamento 1G, portador de la Cédula de Identidad v- 12.065.519, quien de manera espontánea informó que el sujeto fugitivo responde al nombre SIERRA GARCIA JOSÉ MANUEL, apodado “CALICHE”, a quien conoce desde hace varios años, ya que en una oportunidad fueron detenidos por una misma causa penal, asimismo se le preguntó por una posible ubicación del sujeto que logró huir y este manifestó que desconocía, ya que el estaba claro que lo estaban buscando por la participación del joven secuestrado en la ciudad de Maturín así como el ciudadano de nombre “RADI AL DALI”, quien vive adyacente a la casa victima que se encuentra en cautiverio, a quien mantienen guardad en una finca d su propiedad, ubicada en el sector San Louis de Maturin- estado Monagas, así mismo se le leyeron sus derechos constitucionales consagrados en los artículos 49° de la Constitución Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 127° del Código Orgánico Procesal Penal. Seguidamente se realizó llamada telefónica a la Sala de Análisis y Seguimiento Estratégico de la Información de esta oficina, a fin de verificar los registros policiales o solicitudes vigentes de los ciudadanos 01) BORJA PADILLA LUIS RICARDO, 02) SIERRA GARCIA JOSÉ MANUEL Y 03) RADI AL DALI, siendo atendida dicha llamada por los funcionarios Ríos Maria adscrita a la referida oficina, quien luego de expresarle del motivo, informó lo siguiente información; (01) le corresponden los datos sucesivos, fecha de nacimiento 01/12/1974, de 39 años de edad, Soltero, quien posee dos direcciones: Una en el sector Cabrera- Las Lomitas, Ocumare del – Tuy y la otra en el Barrio Petare, sector San Blas- el Chorrito, casa Nro. 2508, Estado Miranda, padre Marcelino Borjas, madre Nancy Padilla, quien presenta los siguientes registros policiales: A) Actas procesales F-868.018, de fecha 16-03-2000, por el delito de Secuestro (División Contra Robos), B) Actas procesales E-965.707, de fecha 25-08-1997, por el delito de Robo (Subdelegación El Llanito), C) Captura, de fecha 31/08/2004, no indica delito (Departamento de Aprehensión), D) Captura de fecha 08-01-1998, por el delito de Robo por grupo armado o disfrazado (Departamento de Aprehensión), G) Captura, de fecha 05/05/1999, no indica el delito (Departamento de Aprehensión), (02) le corresponde la Cédula de Identidad V- 15.929.121, de fecha de nacimiento 17/10/1976, de 37 años de edad, soltero, dirección: A) Sector El Chorrito – Petare, B) Barrio Petare, sector San Blas –El Chorrito, Casa Nro. 52, Estado Miranda, C) Barrio La Cruz-Petare, Estado Miranda, padre: Manuel Sierra. Madre: Alcira García, quien posee los siguientes registros policiales y solicitudes judiciales vigentes: A) Actas Procesales F-868.018, de fecha 16/03/2000, por el delito de Secuestro (División Contra Robos), B) Actas Procesales E- 965.707, de fecha 25/08/1997, por el delito de Robo (Sub. Delegación El Llanito), C) Actas Procesales E-916.234, de fecha 30-06-1997, por el delito de Fuga de detenidos (Sub. Delegación de Mariara), D) Actas Procesales E- 339.190, de fecha 23-04-1995, por el delito de Robo (Subdelegación El Paraíso), G) Captura, de fecha 25/05/1997, no indica delito (Departamento de aprehensión), H) Captura, de fecha 06-08-1997, por el delito de Porte Detentación u Ocultamiento de Arma (Sub. Delegación Valencia), I) SOLICITADO, según numero M14737, de fecha 09/08/2006, por el delito de Homicidio (Sub. Delegación Maracay), J) SOLICITADO, según numero 2037, de fecha 17-06-2002, no indica delito (Tribunal por identificar), evadido del penal de Yare Estado Miranda y (03) le corresponde la Cedula de Identidad V- 26.958.0919, de fecha de nacimiento 18/09/1993, de 30 años de edad, Soltero, no posee registros policiales, en virtud de lo antes expuesto, el funcionario Inspector SANTOS SALAZAR, efectuó llamada telefónica a la Fiscalia 69° del Ministerio Publico, Abogada Minerva Balza, con Competencia Nacional y Fiscalia 23° del Ministerio Publico de Maturín Estado Monagas, con la finalidad de notificar la aprehensión del ciudadano BORJA PADILLA LUIS RICARDO, titular de la Cédula de Identidad V- 12.065.519, quien ordenó que dicho detenido fuese trasladado ante la oficina de Flagrancia de los Tribunales del Circuito Judicial de Ocumare del Tuy, Estado Miranda. De igual manera el funcionario antes mencionado le efectuó llamada telefónica al funcionario Inspector ALVAREZ GREINYS, indicándole que se traslade comisión al sector San Luís Carretera Nacional Caripito- Maturín Estado Monagas, a fin de ubicar a la victima quien se encuentra en cautiverio. Optando por retornar a la sede de esta oficina, acompañado del ciudadano en cuestión, a fin de dejar constancia de las diligencias practicadas. Se le informó a la superioridad al respecto de las diligencias efectuadas…” es por lo que en Conclusión este Tribunal ADMITE LA ACUSACIÓN presentada por parte de la Fiscal 23° Auxiliar del Ministerio Público del Estado Monagas Abg. Yesenia Tarache, en contra de los acusados por los delitos de ENMA DEL CARMEN RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.877.918; Por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra El Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 contra La Delincuencia Organizada Financiamiento al Terrorismo FRANKLIN JAVIER RODRIGUEZ BANDRES, titular de la cédula de identidad Nº V-15.872.787; Por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra el Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 contra Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo LUIS RICARDO BORJAS PADILLA, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.089.680, Por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra el Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. y ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal. JIMMI ROJAS ESPINOZA, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.292.930, por la presunta comisión de los delito de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra el Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal. LUIS JIOVANNI CORDERO ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.178.015, por la presunta comisión del delito de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra el Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal. JONY ALBERTO CORDERO ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.284.090, Por la presunta comisión del delito de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley contra el secuestro y extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal.
II
DE LA CALIFICACIÓN JURÍDICA.
El Ministerio Público subsumió la conducta desplegada por los ciudadanos en los delitos como a continuación se describen para cada uno de los acusados: ENMA DEL CARMEN RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.877.918; Por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra El Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 contra La Delincuencia Organizada Financiamiento al Terrorismo FRANKLIN JAVIER RODRIGUEZ BANDRES, titular de la cédula de identidad Nº V-15.872.787; Por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra el Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 contra Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo LUIS RICARDO BORJAS PADILLA, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.089.680, Por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra el Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. y ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal. JIMMI ROJAS ESPINOZA, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.292.930, por la presunta comisión de los delito de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra el Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal. LUIS JIOVANNI CORDERO ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.178.015, por la presunta comisión del delito de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra el Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal. JONY ALBERTO CORDERO ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.284.090, Por la presunta comisión del delito de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley contra el secuestro y extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, la cual fue admitida por este Tribunal dado que se adecua perfectamente al tipo penal calificado por la vindicta pública, dado que de las actas se desprende que efectivamente se configuraron estos delitos dado los hechos que se señalan a continuación “DENUNCIA, de fecha 25/04/2014, tomada al ciudadano CARLOS RAFAEL CANDURIN, por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación Maturín Estado Monagas, ante la sede de ese despacho, en la cual expone: “Resulta que el día de hoy 25/04/2014, me encontraba dentro de mi negocio Lubri Frenos Eunice, ubicado en la avenida 01, sector Los Guaritos 01, frente a la panadería Pan Dulce, como a las 10: 30 horas de la mañana, mi hijo JUAN CARLOS CANDURIN BARRIOS, de 21 años de edad…se dirigía a su camioneta Marca: Toyota; Modelo: Fortuner; Color: Blanca; Año: 2011; Placas: AB307BB, hasta un consultorio odontológico, ubicado en el centro, por las Avenidas, después como a las 11: 50 horas de la mañana, recibí llamada telefónica del numero 0414-8603232, perteneciente a Juan Carlos, donde pensé que era mi hijo y me dijeron lo siguiente “PATRON ESCUCHE BIEN TENEMOS A SU HIJO JUAN CARLOS, ESTO ES COMERCIAL, EL CARRO NO NOS INTERESA, QUIEN NOS INTERESA ES SU HIJO, QUEREMOS LA CANTIDAD DE VEINTE MIL MILLONES D EBOLIVARES FUERTE, QUE TIENES UN MUSTANG Y DOS MOTOS” y si no pagaba lo iba a reconocer por los dientes, también me dijeron que no llamara a la policía, donde le dije que no tenia esa cantidad y ellos me dijeron que se iban a comunicar con su patrón y me dijeron que me volverían a llamar, después como a las 12:17 horas del medio día me hicieron la segunda llamada, pero no hablaron, una vez y encontrándome en la oficina del CICPC, en el momento que me estaban tomando la declaración, como a las 12:30 horas del medio día, mi hijo de nombre CARLOS JAVIER CANDURIN, llamó para el numero 0414-8603232, de JUAN CARLOS a los sujetos a través del numero telefónico 0424-9134144y ellos le dijeron que la camioneta estaba en el parador vía La Toscana… INSPECCIÓN TECNICA 0001, de fecha 25/04/2014, practicada por los funcionarios DETECTIVES AGREGADOS JESUS CARRIZALEZ, JESUS MACHADO Y DETECTIVES JOSÉ SUCRE, YANKLIN BARRETO, FRANKLIN GUILLEN Y MANUEL COYIN, adscritos al eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub. Delegación de Maturín Estado Monagas, realizada en la Estación de Servicio El Parador, ubicado en la Avenida Alirio Ugarte Pelayo, Maturín Estado Monagas, lugar donde se encontró el vehiculo Marca: Toyota; Modelo: Fortuner; Color: Blanco; Placas: AB307BB, Clase: Camioneta; Tipo: Sport Wagon.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 25/04/2014, rendida y suscrita por el ciudadano CARLOS CANDURIN, venezolano, mayor de edad, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, en la cual expuso: …”resulta que el día de hoy 25/04/2014, como a las 12:10 del mediodía, recibí llamada telefónica de mi padre de nombre CARLOS CANDURIN y me preguntó que si estaba en la casa y yo le dije que iba saliendo y fue cuando me dijo que habían secuestrado a mi hermano de nombre JUAN, y me devolví para la casa, después llegó mi papá y nos dijo que estaban pidiendo la cantidad de Veinte Millones de Bolívares fuertes, para liberar a Juan, luego nos trasladamos hacia el CICPC, cuando estábamos aquí yo intenté comunicarme con JUAN y el teléfono salía apagado, al rato me llegó un mensaje de su numero que ya se encuentra disponible y fue cuando yo llame de mi numero telefónico 0424-9134144 y me contestaron preguntándome por mi padre, que donde estaba, yo les dije que no sabia y me dijeron que ya sabíamos la cantidad que teníamos que pagar y que no trabajáramos con el gobierno porque ya sabíamos lo que le iba a pasar a mi hermano y luego me dijeron que buscara la camioneta, que se encontraba en el parador, después, me trasladé hasta el parador y correctamente estaba la camioneta estacionada en la estación de servicios con la llave pegada al caucho izquierdo delantero. También pude observar que de manera sospechosa estaba una camioneta SUPER DUTTY, dos puertas, color negra, placas: A82BJ9M, donde pude ver que se metió para la urbanización San Miguel, cuyo rato después espere e intente meterme para San Miguel y en ese momento la camioneta salió y la seguí cuyo lugar llegó al sector Juanico, se metió para un callejón y se estacionó en una vivienda con rasgos de abandono después me trasladé nuevamente al CICPC.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 25/04/2014, rendida y suscrita por el ciudadano EMILIO MATA, Venezolano, mayor de edad, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, en la cual expuso:…”resulta que el día de hoy en momento que estaba en mi trabajo vi que dos sujetos desconocidos agarraron a un señor que estaba sentado en un banco frente a la clínica UMIDOCA y lo obligó a entrar en una camioneta blanca que estaba parada al frente de el y luego salieron velozmente del lugar.- EXPERTICIA DE SERIALES 91, de fecha 28/04/2014, practicada por los funcionarios Lcdo. ROGERT RAMOS (sub. Inspector) y T.S.U CHARLES VIVAS, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, donde solicitamos sean citados de conformidad a lo previsto en los Artículos 163 y 168 del Código Orgánico Procesal Penal, al vehiculo Marca: Toyota, Modelo: FORTUNER, Color: Blanco; Placas: AB307BB, Clase: Camioneta, Tipo: Sport Wagon, serial de carrocería: 8XA11XV60B3004427.- INSPECCION TECNICA NUMERO 2444, de fecha 26/04/2014, practicada por los funcionarios DETECTIVES AGREGADOS CARLOS VASQUEZ, DETECTIVE YANKLIN BARRETO Y MANUEL KOGIN, adscritos al Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, realizada en el sector CENTRO Carrera 11, frente a las instalaciones del anexo UMIDOCA C.A SERVICIO MEDICO Y ODONTOLOGICO, ECOSONOGRAMAS MATURIN ESTADO MONAGAS, lugar donde ocurrieron los hechos.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 26/04/2014, rendida y suscrita por el ciudadano KAREN VASQUEZ, venezolano mayor de edad, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, en la cual expuso: …“resulta que el día de ayer Viernes 25 de Abril del presente año llegó a mi consultorio un paciente de nombre JUAN CANDURIN, hablo conmigo me dijo que lo anotara en la lista ya que le tocaba su cita, yo le manifesté que tenia que esperar mas o menos una hora ya que tenia dos pacientes por delante, al ya atendido estos dos pacientes salí a llamar a JUAN este no estaba en la sala de espera, hice pasar a otro paciente y al este salir volví a llamara JUAN y este no estaba yo pensé que se había retirado, seguí viendo a mis pacientes y a eso de las doce y media recibí una llamada de parte de la señora OLGA quien es la madre de JUAN y esta me preguntó que si este había ido a la consulta ya que no saben nada de el y según que el padre de ese muchacho recibió una llamada y le dijeron que estaba secuestrado… ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 30/04/2014, rendida y suscrita por la ciudadana DANIELA RAMOS, venezolana mayor de edad, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, en la cual expuso: “… Resulta que el día 29/04/2014, como a las 11:50 horas de la mañana, me encontraba en la casa del señor Candurín, por que habían secuestrado a mi novio de nombre JUAN, cuando recibí un ping de una amiga de nombre MARIA BRAZON, que me decía que le habían llegado unos mensajes de voz, del día viernes a las 11:30 de la mañana donde se escuchaba una conversación donde se escuchaba un tipo diciendo algo relacionado con una cabuya y de una ropa, después de eso yo le digo que me lo pase por ping, y ella me lo pasa y cuando lo escuche me di cuenta que era cierto y lo relacione con el secuestro de mi novio JUAN, en eso yo se lo mostré a la mamá de JUAN, en la noche se lo mostré al señor CANDURIN, y le informo a los funcionarios del CICPC, para que la escuchara para ver si podía a ayudar en algo… ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 30/04/2014, rendida y suscrita por la ciudadana MARIA BRAZON, venezolana, mayor de edad, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, en la cual expuso: “…Resulta que el día de ayer 29/04/2014, como a las 10:00 de la mañana, me encontraba en la universidad donde estudio, y cuando me puse a revisar mi teléfono celular marca IPHONE modelo S4, numero 04249539145, me percate que tenia una llamada perdida de mi padre de nombre NOEL BRAZON luego me percate que tenia tres mensajes de voz uno de ellos era de fecha 29/04/2014, lo cual supongo que era de mi padre, Noel Brazón, ya que el era la persona que me estuvo llamando por ultima vez, cuando me pongo a escuchar el mensaje no escuchaba ni decía nada, luego la operadora me dijo que tenia dos mensajes mas de voz, y cuando le di la opción de escuchar tenia uno de fecha 25/04/2014, el cual fue enviado a las 11:32 horas de la mañana del mismo día el cual se escuchaba que una mujer decía cosas pero no le entendí nada luego habla un hombre el cual dice algo sobre una cabuya y una vestimenta o algo de una ropa y después de esto le mande un mensaje a mi amiga VERONICA ROLDAN, donde le decía que tenia un mensaje de voz muy raro… ACTA DE ANALISIS TELEFONICO, de fecha 30/04/2014, realizado por el experto SAMUEL ENRIQUE PAEZ SANOJA, adscrito al unidad Antiextorsion y Secuestro del Ministerio Publico. EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL Nº 141, de fecha 01/05/2014, practicada por los funcionarios GILBERTO MORON Y CARLOS VASQUEZ, adscritos al Área Técnica del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturín Estado Monagas, practicada a dos teléfonos celulares Uno (01) marca IPHONE 4S, modelo Curve 9300, color Negro, Serial Ídem: 359110046435816, Pin 2680C895.- ACTA DE ANALISIS TELEFONICO, de fecha 30/04/2014, realizada por el Experto SAMUEL ENRIQUE PAEZ SANOJA, adscrito a la Unidad Antiextorsion y Secuestro del Ministerio Publico. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 02/05/2014, en la cual se deja constancia de lo siguiente: En esta misma fecha, siendo las dos horas de la tarde, compareció por ante este despacho, el detective Agregado YORMAN AGUSTIN PEREZ adscrito a la División Nacional Contra Extorsión y Secuestro, en comisión de servicio en la sub. Delegación de Maturin Estado Monagas, en compañía del Detective FRANKLIN GUILLEN adscrito al Área de Estrategia Especiales de la Delegación Monagas, quien de conformidad con lo previsto en los articulo 112 y 169 del código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 48, 49 y 50 del derecho con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigaciones el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y el Servicio Nacional de Medicina y ciencias Forenses, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente investigación y en consecuencia expone: “Continuando con las Investigaciones relacionadas con las actas procesales números K-14-0074-02585, iniciada por uno de los delitos Contra El Secuestro y la Extorsión, donde figura como victima el ciudadano JUAN CARLOS CANDURIN BARRIOS, “quien se encuentra en cautiverio ”del cual tiene conocimiento el Abogado José Rojas Fiscal Vigésimo Tercero de la circunscripción Judicial de Maturin Estado Monagas, realizando labores referentes al servicio, se recibió vía enlace correo electrónico cotraextorsiony secuestrocicpc@gmail.com, de la empresa Telefónica Movistar, datos filiatorios, relación de llamadas, mensajes de texto, ubicación geográfica del abonado 04148603232, registrado a nombre de JUAN CARLOS CANDURIN BARRIOS, V-22.705.244, IMEI del equipo móvil 3542450558635720, el cual estaba siendo utilizado por la victima para el momento de los hechos que se investiga, procediendo a realizar un minucioso análisis, donde los plagiarios utilizaron el dicho abonado, para comunicarse con abonado 04166922948, registrado ACC CANDURIN CI V-9.899.423 (progenitor de la victima) en las siguientes fecha 01) 25/04/2014 a las 11:59:30 con una duración de 542 seg.; 02) 26/04/2014; a las 17:37:30 con una duración de 145 seg., a las 17:42:00 con una duración del 274 seg., a las 18:59:41 con una duración de 92 seg., y el 3) el 27/04/2014 a las 17:05:21 con una duración de 127 seg. Los días 26 y 27 04/2014, el abonado en análisis, utilizó un equipo móvil con el IMEI 357567006842580, para comunicarse con el abonado 04166922948. Por lo que se le solicitó a la empresa telefónica Movistar el histórico del IMEI 357567006842580, luego de obtener dicha respuesta y de analizarla, se logró determinar que el IMEI en análisis, ha utilizado otras SIM CARD, de la referida empresa, con los siguientes abonados: 1).- 0424-1452900 desde 05/10/2013 hasta el 11/022014, registrado a nombre de FRANKLIN RAMIREZ, CI 15.872.787, fecha de nacimiento 17/03/81, teléfono alterno 0416-2005921, dirección: Urbanización 864, barrio Caicaguita, casa 11 avenida principal Distrito Miranda Estado Miranda; 2) 0414-1350996 desde el 07/02/2013 hasta el 13/02/2013, el cual se encuentra fuera de servicio, ( en espera de la empresa telefónica Movistar de los datos del titular) y 3.-) 0424-2799845 desde el 23/05/2012, hasta 05/02/2013, registrado a nombre PEDRO DIAZ CI V-2.591.734, fecha de nacimiento 29/06/42, teléfono alterno 0212-4167132, dirección. Bloque 48, Piso 02, apartamento 02, calle Buen Bancario, Urbanización 627 Caricuao Miranda Distrito Federal. Asimismo el abonado 0424-1452900, en momento que estaba el IMEI 357567006842580, mantuvo como registran en llamadas entrantes con los siguientes abonados: 01) 0424-1458542 en fecha 31/01/2014 a las 12:18:39 con una duración de 164 seg., a las 20:17:58 con duración de 8 seg., 20:19:23 con una duración de 15 seg. y a las 210:2:28 con una duración de 21 seg.- 02) 0414-2612668 en fechas 17/12/2013 a las 08:01:26 con una duración de 38 seg., y el 11/02/2014 a las 10:11:48con una duración de 26 seg. 03) 0414-0106164 en fechas 09/12/2013 a las 10:48:24, con una duración de 16 seg., 15/12/2013 165256 23 seg. 04) 041601307227 registrado a nombre de GENESIS HERNANDEZ CI V- 19.650.493, en fechas 06/12/2013 a las 17:19:21 con una duración de 12 seg., 14/12/2013 a las 07:52:53 con una duración de 09 seg.; el 20/01/2014 a las 14:29:15; con una duración de 10 seg.; el 20/01/2014 a las 14:59:03 con una duración de 28 seg. y el 14/01/2014 a las 07:54:36 con una duración de 102 seg.; y el 08/02/2014 a las 11:52:56 con una duración de 54 seg. 05) 0416-4285702 registro a nombre de REINA ESPINOZA CI V-3.659.210, en fecha 15/12/2012 a las 20:38:37 con una duración de 18 seg., 06) 0416-9222028 registrado a nombre de ERIKA VOLCAN, CI V-19.267.636 en fecha 27/01/2014 a las 18:12:44 con una duración de 115 seg. Y 07) 0412-9513767 registrado a nombre de MARCOS RAMOS CIV-15.947.412, en fechas 06/12/2013 a las 06:41:24 con una duración de 03 seg.; el 21/01/2014 a las 08:40:52 con una duración de 107 seg. y 09:03:38 con una duración de 80 seg. El 23/01/2014 a las 12:02:43 con una duración de 49 seg. y el 07/02/2014 a las 06:13:25 con una duración de 24 seg. Una vez culminado el presente análisis de comunicaciones entre los números investigados, se procede a consignar en la presente corte de relaciones de llamadas entrantes y salientes y datos filiatorios de los ciudadanos ya descritos. ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 04/05/2014, en la cual se deja constancia de lo siguiente: en esta misma fecha siendo las 17:30 horas de la tarde, compareció por ante este despacho el funcionario Detective Jefe LEZAMA ALEXANDER adscrito a la División Nacional Contra Extorsión y Secuestro (Base Oriente), en comisión de servicio en la Sub. Delegación Ocumare del Tuy- Estado Miranda, … donde se refleja el flujo de registros telefónicos del abonado 0414-860.32.32, propiedad de la victima de la presente investigación, como también el cambio de la tarjeta SIM CARD, a otro serial IMEI; siendo las 03:05 horas de la tarde, me dirigí en compañía de los funcionarios Inspector SALAZAR SANTOS (jefe de la base Oriente), Inspector Zerpa Jonathan (jefe de la base Miranda), Cándales Henri, Detective agregado Barrios Víctor; Lobo Antonio León Héctor; adscritos a División Nacional Contra Extorsión y secuestro y Valdez Luís, adscrito al REDIP (Oriente), a bordo de unidad identificada y vehículos particulares, hacia la Calle Miranda, Santa Lucia, Municipio Paz Castillo, Estado Miranda, a fin de ubicar e identificar a la ciudadana VOLCAN ERIKA, ampliamente identificada en auto. Presentes en el lugar, previamente identificados como funcionarios activos de este Cuerpo de Investigaciones, sostuvimos entrevista con un ciudadano de nombre Luís Chacón, representante de la Junta comunal del sector, a quien luego de expresarle de motivo de nuestra presencia, no presentó su identificación, por temor a futuras represalias en su contra, asimismo señalo que la familia Volcán podía ser ubicada al traspasar el puente, bajo el río Guiare, sector Las Adjuntas – Montero, Cerro el Indio de esta localidad, motivo por el cual, nos trasladamos a dicho lugar, donde luego del recorrido logramos situar la residencia numero 51, sector Montero , Calle principal, donde se procedió a tocar la puerta en reiteradas oportunidades de la misma, siendo atendidos por la ciudadana requerida por la comisión, a quien luego de expresarle del motivo de nuestra comparecencia, enunció que efectivamente responde al nombre de VOLCAN ERIKA (se le reservan los otros datos personales, según lo estipulado en el articulo 23° ordinal 01° de la Ley de Protección de Victimas, Testigos y demás sujetos procesales), de igual manera presentó un equipo celular, signado con el numero 0416-9222028, donde al observarle las llamadas entrantes se evidencia la constante comunicación con el ciudadano RAMIREZ FRANKLIN, por los abonados 0424-1452900 y 0429001008, agregando que pudiera ser ubicado en la Urbanización el Paraíso, Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia, Estado Miranda, indicando no tener impedimento alguno en acompañarnos a esta sede a fin rendir entrevista en torno a los acontecimientos. Posteriormente, nos trasladamos a la poblada del Paraíso del Tuy, adyacente a la Escuela el Paraíso, donde realizamos un recorrido, logrando establecer comunicación con un ciudadano de nombre Eliézer, a quien luego de imponerlo del motivo de nuestra presencia, señaló de manera discreta una residencia, ubicada en la Calle el Saman, la cual habitaba el ciudadano requerido, a tal efecto al encontrarnos en la residencia en cuestión, procedimos a tocar la puerta en varias oportunidades, donde fuimos atendidos por la ciudadana ZAMBRANO BANDRES AMBERLYS CAROLINA de 28 años de edad, fecha de nacimiento 29/08/1985, natural de Petare- Estado Miranda, profesión u oficio enfermera, actualmente laborando en la clínica Metropolitana de Caracas, dirección de habitación Calle El Saman, casa S/n, adyacente al colegio El Paraíso, Santa Teresa del Tuy, Estado Miranda, teléfono numero 04143040583, titular de la Cédula de Identidad V-17.529.606, quien expresó ser hermana del ciudadano Franklin, permitiendo el acceso a la comisión, asimismo, se apersonó el ciudadano supra mencionado, quedando identificado de la manera siguiente RAMIREZ BANDRES FRANKLIN JAVIER, de 33 años de edad, fecha de nacimiento 17-031981, natural de Caracas, profesión u oficio obrero, actualmente laborando en el hotel montaña suite, ubicado en Petare-Municipio Sucre Estado Miranda, residenciado en la misma dirección antes mencionada, teléfonos 0424-145.29.00 y 0426-900.10.08, titular de la Cédula de Identidad V-15.872.787, a quien luego de inquirirle del motivo de nuestra comparecencia, manifestó que efectivamente hace un mes aproximadamente se presentó en su morada un primo de nombre Jimmy, manipularon un equipo.-. En esta misma fecha, siendo las 17:30 horas de la tarde, compareció por ante este despacho el funcionario detective Jefe LEZAMA ALEXANDER adscrito a la División Nacional Contra Extorsión y Secuestro (Base Oriente), en comisión de servicio en la sub. Delegación Ocumare del Tuy-Estado Miranda, estando debidamente juramentado y de conformidad con lo establecido en los artículos 114°, 115°, 153°, 234°, 373° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 48°, 49° y 50° del Decreto con Rango, Valor y fuerza de Ley Orgánica para el Servicio de Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y el Servicio de Medicina y ciencias Forenses, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente averiguación: “vista y analizada, acta suscrita por el funcionario Detective Pérez Yorman, donde se refleja el flujo de registros telefónicos del abonado 0414-860.32.32, propiedad de la victima de la presente investigación, como también el cambio de la tarjeta SIM CARD, a otro serial IMEI; siendo las 03:05 horas de la tarde, me dirigí en compañía de los funcionarios Inspector Salazar Santos (Jefe de la base Oriente), Inspector Zerpa Jonathan (Jefe de la base Miranda), Cándales Henri, Detective Agregado Barrios Víctor, Lobo Antonio, León Héctor, adscrito a la División Nacional Contra Extorsión y Secuestro y Valdez Luís, adscrito al REDIP (ORIENTE), a bordo de unidad identificada y vehículos particulares, hacia la calle Miranda, Santa Lucia, Municipio Paz Castillo Estado Miranda, a fin de ubicar e identificar a la ciudadana VOLCAN ERIKA,, ampliamente identificada en auto. Presentes en el lugar, previamente identificados como funcionarios activos de este cuerpo de Investigaciones, sostuvimos entrevista con un ciudadano de nombre Luís Chacon, representante de la Junta Comunal del sector, a quien luego de expresarle el motivo de nuestra presencia, no presentó su identificación, por temor a futuras represalias en su contra, asimismo señalo que la familia Volcán podía ser ubicada al traspasar el puente, bajo el río Guiare, sector Las Adjuntas – Montero, Cerro el Indio de esta localidad, motivo por el cual, nos trasladamos a dicho lugar, donde luego del recorrido logramos situar la residencia numero 51, sector Montero , Calle principal, donde se procedió a tocar la puerta en reiteradas oportunidades de la misma, siendo atendidos por la ciudadana requerida por la comisión, a quien luego de expresarle del motivo de nuestra comparecencia, enunció que efectivamente responde al nombre de VOLCAN ERIKA (se le reservan los otros datos personales, según lo estipulado en el articulo 23° ordinal 01° de la Ley de Protección de Victimas, Testigos y demás sujetos procesales), de igual manera presentó un equipo celular, signado con el numero 0416-9222028, donde al observarle las llamadas entrantes se evidencia la constante comunicación con el ciudadano RAMIREZ FRANKLIN, por los abonados 0424-1452900 y 0429001008, agregando que pudiera ser ubicado en la Urbanización el Paraíso, Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia, Estado Miranda, indicando no tener impedimento alguno en acompañarnos a esta sede a fin rendir entrevista en torno a los acontecimientos. Posteriormente, nos trasladamos a la poblada del Paraíso del Tuy, adyacente a la Escuela el Paraíso, donde realizamos un recorrido, logrando establecer comunicación con un ciudadano de nombre Eliézer, a quien luego de imponerlo del motivo de nuestra presencia, señaló de manera discreta una residencia, ubicada en la Calle el Saman, la cual habitaba el ciudadano requerido, a tal efecto al encontrarnos en la residencia en cuestión, procedimos a tocar la puerta en varias oportunidades, donde fuimos atendidos por la ciudadana ZAMBRANO BANDRES AMBERLYS CAROLINA de 28 años de edad, fecha de nacimiento 29/08/1985, natural de Petare- Estado Miranda, profesión u oficio enfermera, actualmente laborando en la clínica Metropolitana de Caracas, dirección de habitación Calle El Saman, casa S/n, adyacente al colegio El Paraíso, Santa Teresa del Tuy, Estado Miranda, teléfono numero 04143040583, titular de la Cédula de Identidad V-17.529.606, quien expresó ser hermana del ciudadano Franklin, permitiendo el acceso a la comisión, asimismo, se apersonó el ciudadano supra mencionado, quedando identificado de la manera siguiente RAMIREZ BANDRES FRANKLIN JAVIER, de 33 años de edad, fecha de nacimiento 17-031981, natural de Caracas, profesión u oficio obrero, actualmente laborando en el hotel montaña suite, ubicado en Petare-Municipio Sucre Estado Miranda, residenciado en la misma dirección antes mencionada, teléfonos 0424-145.29.00 y 0426-900.10.08, titular de la Cédula de Identidad V-15.872.787, a quien luego de inquirirle del motivo de nuestra comparecencia, manifestó que efectivamente hace un mes aproximadamente se presentó en su morada un primo de nombre Jimmy, manipularon un equipo celular de su propiedad marca Nokia el cual introdujo su tarjeta SIMCARD, signada con el numero 0424-145.29.00, agregándole este pariente de manera directa que necesitaba el equipo, por cuanto iba a realizar una jugada, con sus sobrinos apodados EL PORTU Y CHAPULIN, pudiendo ser ubicados Jimmy en la Carretera Petare Guarenas, sector Turumo, cerca de la pasarela, casa de 3 niveles, Estado Miranda, y los demás en la zona de Caucagüita, sector la embajada, Estado Miranda, respectivamente. De igual forma no tuvo impedimento alguno en hacer entrega de los equipos telefónicos que poseía, cuyas características son las siguientes: 1) Marca; Nokia, Modelo: 2730, Serial IMEI 355935042689057, SIMCARD numero 895804420004254970, signada con el numero 0424-145.29.00, con su respectiva batería, 2) Marca ZTE, modelo ZTE-s180, serial MEID268435460310713012, signado con el numero 0426-900.10.08, con su respectiva batería, los cuales serán enviados al departamento correspondiente, con su cadena de custodia y practicarles experticias de ley correspondiente. En virtud de lo antes expuesto, retornamos a la sede de esta oficina, haciéndonos acompañar con el precitado ciudadano a la sede de este despacho, conjuntamente con las evidencias, consecutivamente, el funciaonrio Inspector Santos Salazar, efectúa llamada telefónica a la Fiscalia 69° del Ministerio Publico, Abg., Minerva Balza, con competencia Nacional y fiscalia 23° del Ministerio Publico, de Maturin Estado Monagas, respectivamente, quienes expresaron que el ciudadano RAMIREZ BANDRES FRANKLIN JAVIER, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-15.872.787, fuese puesto a la orden de la fiscalia correspondiente, se le leyeron sus derechos constitucionales consagrados en los artículos 49° de la Constitución Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 127° del Código Orgánico Procesal Penal. No obstante, se verificaron sus datos ante el Sistema de Investigación e Información Policial (SIIPOL), a fin de verificar los posibles registros y/o solicitudes que pudiera presentar, arrojando como resultado que corresponden ante el SAIME, no teniendo registro policial ni solicitud alguna. Se le informó a la superioridad al respecto de las diligencias efectuadas, dejándose constancias de las mismas; se consignan mediante la presente acta de entrevista y cadena de custodia. Asimismo se deja constancia que el Tribunal Quinto de Control del Estado Monagas, lleva averiguación signada con el numero NP01-P2014-5483, que guarda relación con las actas en cuestión.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 05/04/2014, en la cual se deja constancia: en esta misma fecha, siendo las 09:30 horas de la mañana , compareció por ante este despacho el funciaonrio Detective Jefe LEZAMA ALEXANDER adscrito a la División Nacional Contra Extorsión y Secuestro (Base Oriente), , en comisión de servicio en la sub., Delegación de Ocumare del Tuy-Estado – Miranda, estando debidamente juramentado y de conformidad con lo establecido en los artículos 114°, 115°, 153°, 234°, 373° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 48°, 49° y 50° del Decreto con Rango, Valor y fuerza de Ley Orgánica para el Servicio de Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y el Servicio de Medicina y ciencias Forenses, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente averiguación: “prosiguiendo con las investigaciones relacionadas con las actas procesales signadas con la nomenclatura K-14-0074-02585, siendo las 03:05 horas de la mañana , me dirigí en compañía de los funcionarios Inspector Salazar Santos (Jefe de la base Oriente) Inspector Zerpa Jonathan (Jefe de la base Miranda), Condales Genrri, Detective agregado Barrios Víctor, Lobo Antonio, León Héctor, adscritos a adscrito a la División Nacional Contra Extorsión y Secuestro y Valdez Luís adscrito al REDIP (ORIENTE), a bordo de una unidad identificada y vehículos particulares, hacia las siguientes direcciones: Sector Turumo, KM 13, cerca de la pasarela, casa de 3 niveles, Municipio Sucre Estado Miranda y caucagüita, Sector La Embajada, Municipio Sucre, Estado Miranda a fin de ubicar identificar y trasladar a esta sede, al ciudadano de nombre JIMMI apodado “Caraota” y los apodados “Portu y Chapulín”, quienes se encuentran relacionados en la investigación. Una vez en el lugar en referencia, específicamente Turumo, Carretera Petare-Guarenas, adyacente a la pasarela, casa de 3 niveles, protegidas por un portón y rejas, color gris, Estado Miranda, previamente identificados como funcionarios activos de este Cuerpo de Investigaciones, procedimos a tocar la puerta principal de la referida residencia, donde fuimos atendidos por una ciudadana de nombre RODRIGUEZ THANIA IVETTE, de 53 años de edad, nacida en fecha 25/08/1961, Titular de la cédula de Identidad V.-06845778, a quien luego de expresarle el motivo de nuestra presencia, señaló ser pariente del ciudadano requerido por la comisión, otorgando el acceso a su residencia, asimismo, sosteniendo coloquio con el precitado ciudadano, a quien se le inquirió del motivo de nuestra comparecencia, quedó identificado de la manera siguiente: ROJAS ESPINOZA YIMMI, de 38 años de edad, fecha de nacimiento 20/04/1976, natural de Petare- Estado Miranda, profesión u oficio latonero, actualmente por cuento y riesgo propio, dirección de habitación: Carretera Petare-Guarenas, Km. 13 sector El Carmen-Turumo Municipio sucre, Estado Miranda, teléfono Nro. 0416-428.57.02, titular de la Cédula de Identidad V.- 13.292.930, acotando que el equipo celular investigado (contaminado), el cual se le hizo referencia, no lo poseía, el cual le hizo entrega días anteriores a su sobrino de nombre Cordero Yhonny apodado “PORTU”, quien puede ser ubicado en el bloque 42, planta baja, adyacente a la embajada, Caucagüita, Estado Miranda, no teniendo impedimento alguno en acompañarnos y entregarnos su equipo celular: Marca Vtelca, Modelo: 5265, Serial MEID A1000023722C8A, color Blanco y rojo, signado con el numero 0416-428.57.02, con su respectiva batería, serial 40041108211237251. En el mismo orden de ideas, nos dirigimos a la dirección descrita, específicamente apartamento número 003, una vez en la misma, procedimos a tocar la puerta , donde fuimos atendidos por una ciudadana de nombre BERRIOS PEINADO YOHNA ROSELINE de 32 años de edad, titular de la Cédula de Identidad V- 14.990.944, a quien luego de imponerle del motivo de nuestra presencia, señaló ser pareja del sujeto apodado “El PORTU”, quien nos permitió el acceso a su inmueble, de igual forma, se apersonó el ciudadano en cuestión, quedando identificado d la siguiente manera: CORDERO ROJAS JOHNY ALBERTO, de 32 años de edad, fecha de nacimiento 26-02-1982, profesión u oficio comerciante, actualmente laborando por cuenta y riesgo propio, dirección de habitación: Calle principal, bloque 42, apartamento 003, Caucagüita-Estado miranda, teléfono número 0414-270.05.58, titular de la Cédula de Identidad V.-46.284.090, a quien se le emuló del motivo de nuestra presencia, manifestando palabras impropias u engañosas a la comisión del paradero del equipo celular requerido a su vez, entregándonos su equipo celular Marca Huawei, modelo G2201, Serial IMEI 012306001715488, color negro y blanco, signado con el numero 0414-270.05.58, SIMCARD numero 895804420006325609, con su respectiva batería, serial BAAA921XB3622509. No obstante, a escasos minutos emitió categóricamente que manipulo el equipo celular marca Nokia, el cual le hizo entrega posteriormente a su hermano apodado “Chapulín”, quien reside en el bloque 50, piso 2 de la misma localidad, motivo por el cual se le solicitó que acompañara a la comisión. Dándole prontitud, a la información aportada nos conducimos al referido bloque, apartamento nro, 2, Estado miranda, donde procedimos a tocar la puerta de le referida residencia, siendo atendido por el ciudadano Cordero Luís (CHAPULIN), a quien luego de expresarle de nuestra presencia, se identificó de la manera siguiente: CORDERO ROJAS LUIS JIOVANNY, de 32 años de edad, fecha de nacimiento 25/5/1981, dirección de habitación : calle principal, Bloque 50 apartamento 2, Caucagüita- Estado Miranda, teléfono Nro. 0416-723.0156, 0424-2249471 y 0412-361.99.10, titular de la Cédula de Identidad V-16.284.090, adicionando que ciertamente el equipo que le suministrado por su hermano lo tiene en su poder un ciudadano llamado JOSUE, alias “MANO”, otro sujeto que practica la santería apodado EL GORDO”, quien responde al nombre de LUIS RICARDO, pudiendo ser ubicados en la Parroquia Petare estado Miranda, no encontrando palabras acorde y/o justificadas a la manipulación de dicho equipo, el cual se encuentra relacionado en la investigación que nos ocupa. Además, expresando sin libertad u apremio que los sujetos antes mencionados frecuentan el Unicentro El Marqués, ubicado en la California Municipio sucre Estado miranda, ya que desde allí se reúnen y coordinan todas sus fechorías, de igual forma manifestando que los mismos planificaron el secuestro producto de una información emanada de un comerciante de origen Árabe llamado “RADY EL DALY”, quien posee una finca en Maturin Estado Monagas, en vista de tal situación, le solicitamos los equipos que poseía, cuyas características son las siguientes: 1)marca Black Berry, modelo 9360, serial IMEI 351553057734694, SIMCARD nro. 895804120009788040, signada con el numero 0424-224-9471, con su respectiva batería, serial DC110826, 2) marca Black Berry, Modelo TORCH, serial IMEI 356200040140945, SIMCARD Nro 8958021302060179286F, signada con el numero 0412-3619910, con su respectiva batería, serial DC101231, de igual forma las tarjetas SIMCARD Nros. A) 895804320006350518 y B) 8958044200077674392, los cuales serán enviados en su totalidad al departamento correspondiente con su cadena de custodia y practicarles su experticia de ley. En virtud de lo antes expuesto retornamos a la sede de esta oficina, haciéndonos acompañar con los citados ciudadanos a la sede e este despacho, consecutivamente el funcionario inspector Santos Salazar, efectúa llamada telefónica a la Fiscalia Sesenta y Nueve (69) del Ministerio Publico, Abg. Minerva Balza, con competencia Nacional y Fiscalia 23 del Ministerio Público de Maturin Estado Monagas, respectivamente, quienes expresaron que los ciudadanos: 1) ROJAS ESPINOZA JIMMI, Titular de la cédula de Identidad Nro. 13.292.930, 2) CORDERO ROJAS JHONNY ALBERTO, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.284.090 Y 3) CORDERO ROJAS LUIS JIOVANNY, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.178.015, fuesen puesto a la orden de la fiscalia correspondiente y ante la oficina del Circuito Judicial Penal de la localidad, se le leyeron sus derechos consagrados en los artículos 49 de la constitución Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 127 del Código Orgánico Procesal Penal. No obstante, se verificaron sus datos ante el Sistema de Investigación e Información Policial (SIIPOL), a fin de verificar los posibles registros y/o solicitudes que pudieran presentar, arrojando como resultado que corresponden ante el SAIME, no teniendo registros policiales ni solicitudes algunas. Se le informó a la superioridad al respecto de las diligencias efectuadas, dejándose constancia de las mismas, se consigna mediante la presente entrevista y cadena de custodia. Asimismo se deja Constancia que el Tribunal Quinto de control del Estado Monagas, lleva averiguación signada con el numero NP01-P-2014-5483, que guarda relación con las actas en cuestión.- ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 05/05/2014, en la cual se deja constancia de lo siguiente: En esta misma fecha siendo las 8:00 horas de la noche, compareció por ante este despacho el funcionario: Detective Jefe LEZAMA ALEXANDER, adscrito a la división Nacional Contra Extorsión y Secuestro (Base Oriente), en comisión de servicio en la sub. Delegación Ocumare del Tuy- Estado Miranda, estando debidamente juramentado y de conformidad con lo establecido en los artículos 114°, 115°, 153°, 234°, 373° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 48°, 49° y 50° del Decreto con Rango, Valor y fuerza de Ley Orgánica para el Servicio de Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y el Servicio de Medicina y ciencias Forenses, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente averiguación: “Continuando con las investigaciones relacionadas con las actas procesales signadas con la nomenclatura K-14-0074-02585, siendo las 05:30 horas de la tarde, me trasladé en compañía de los funcionarios Inspector SALAZAR SANTOS (Jefe de la Base Oriente), Inspector ZERPA JONATHAN (Jefe de la Base Miranda) , Condales Genrri, Detective Agregado BARRIOS VICTOR, LOBO ANTONIO, LEON HECTOR, adscritos a División Nacional Contra Extorsión y Secuestro y VALDEZ LUÍS adscrito al REDIP (ORIENTE), a bordo de unidad identificada y vehículos particulares, hacia la siguiente dirección: Unicentro El Marqués, Municipio sucre, Estado Miranda, a fin de realizar investigaciones inherentes al servicio, como también la ubicación, identificación del ciudadano llamado “JOSUE” y otro de nombre LUIS RICARDO, apodado “EL GORDO”. Una vez en el lugar, específicamente nivel I, nos desplegamos por todas las áreas que componen dicho establecimiento comercial y publico, a fin de realizar un recorrido a punto a pie y a pocos metros de la entrada principal, observamos dos sujetos, con características similares a las aportadas por el ciudadano Cordero Luís, ampliamente identificado en auto, uno de ellos exhibiendo como vestimenta, un mono y franela color blanco, gorra color blanco, conversando por un equipo celular, otro exhibiendo un pantalón jeans, franela con franjas color negro y verde, quienes al ver la presencia policial emprendieron veloz huida por el pasillo principal, donde se originó una persecución a los dos sujetos, donde uno de ellos logro huir y el otro fue aprehendido pro la comisión, a quien amparado en el articulo 191° del Código Orgánico Procesal Penal, se le practicó la respectiva revisión corporal, a quien se le incautó lo siguiente: 1) teléfono celular, marca Huawei, modelo FC312E, Color Negro, Serial IMEI 860462022322532, simcard NÚMERO 804320007616022 Y 2) Un teléfono celular, marca Samsung, modelo GT-E3309, color negro, serial IMEI 353841051351856, SIMCAR número 8958021306270650770, con sus respectivas baterías de energía, quedando identificado como BORJA PADILLA LUIS RICARDO, de 39 años de edad, natural de Caracas, estado civil: soltero profesión u oficio taxista, residenciado en la urbanización Terraza, número 7, sector Pablo Sexto, Bloque 6, piso 1 apartamento 1G, portador de la Cédula de Identidad v- 12.065.519, quien de manera espontánea informó que el sujeto fugitivo responde al nombre SIERRA GARCIA JOSÉ MANUEL, apodado “CALICHE”, a quien conoce desde hace varios años, ya que en una oportunidad fueron detenidos por una misma causa penal, asimismo se le preguntó por una posible ubicación del sujeto que logró huir y este manifestó que desconocía, ya que el estaba claro que lo estaban buscando por la participación del joven secuestrado en la ciudad de Maturín así como el ciudadano de nombre “RADI AL DALI”, quien vive adyacente a la casa victima que se encuentra en cautiverio, a quien mantienen guardad en una finca d su propiedad, ubicada en el sector San Louis de Maturin- estado Monagas, así mismo se le leyeron sus derechos constitucionales consagrados en los artículos 49° de la Constitución Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 127° del Código Orgánico Procesal Penal. Seguidamente se realizó llamada telefónica a la Sala de Análisis y Seguimiento Estratégico de la Información de esta oficina, a fin de verificar los registros policiales o solicitudes vigentes de los ciudadanos 01) BORJA PADILLA LUIS RICARDO, 02) SIERRA GARCIA JOSÉ MANUEL Y 03) RADI AL DALI, siendo atendida dicha llamada por los funcionarios Ríos Maria adscrita a la referida oficina, quien luego de expresarle del motivo, informó lo siguiente información; (01) le corresponden los datos sucesivos, fecha de nacimiento 01/12/1974, de 39 años de edad, Soltero, quien posee dos direcciones: Una en el sector Cabrera- Las Lomitas, Ocumare del – Tuy y la otra en el Barrio Petare, sector San Blas- el Chorrito, casa Nro. 2508, Estado Miranda, padre Marcelino Borjas, madre Nancy Padilla, quien presenta los siguientes registros policiales: A) Actas procesales F-868.018, de fecha 16-03-2000, por el delito de Secuestro (División Contra Robos), B) Actas procesales E-965.707, de fecha 25-08-1997, por el delito de Robo (Subdelegación El Llanito), C) Captura, de fecha 31/08/2004, no indica delito (Departamento de Aprehensión), D) Captura de fecha 08-01-1998, por el delito de Robo por grupo armado o disfrazado (Departamento de Aprehensión), G) Captura, de fecha 05/05/1999, no indica el delito (Departamento de Aprehensión), (02) le corresponde la Cédula de Identidad V- 15.929.121, de fecha de nacimiento 17/10/1976, de 37 años de edad, soltero, dirección: A) Sector El Chorrito – Petare, B) Barrio Petare, sector San Blas –El Chorrito, Casa Nro. 52, Estado Miranda, C) Barrio La Cruz-Petare, Estado Miranda, padre: Manuel Sierra. Madre: Alcira García, quien posee los siguientes registros policiales y solicitudes judiciales vigentes: A) Actas Procesales F-868.018, de fecha 16/03/2000, por el delito de Secuestro (División Contra Robos), B) Actas Procesales E- 965.707, de fecha 25/08/1997, por el delito de Robo (Sub. Delegación El Llanito), C) Actas Procesales E-916.234, de fecha 30-06-1997, por el delito de Fuga de detenidos (Sub. Delegación de Mariara), D) Actas Procesales E- 339.190, de fecha 23-04-1995, por el delito de Robo (Subdelegación El Paraíso), G) Captura, de fecha 25/05/1997, no indica delito (Departamento de aprehensión), H) Captura, de fecha 06-08-1997, por el delito de Porte Detentación u Ocultamiento de Arma (Sub. Delegación Valencia), I) SOLICITADO, según numero M14737, de fecha 09/08/2006, por el delito de Homicidio (Sub. Delegación Maracay), J) SOLICITADO, según numero 2037, de fecha 17-06-2002, no indica delito (Tribunal por identificar), evadido del penal de Yare Estado Miranda y (03) le corresponde la Cedula de Identidad V- 26.958.0919, de fecha de nacimiento 18/09/1993, de 30 años de edad, Soltero, no posee registros policiales, en virtud de lo antes expuesto, el funcionario Inspector SANTOS SALAZAR, efectuó llamada telefónica a la Fiscalia 69° del Ministerio Publico, Abogada Minerva Balza, con Competencia Nacional y Fiscalia 23° del Ministerio Publico de Maturín Estado Monagas, con la finalidad de notificar la aprehensión del ciudadano BORJA PADILLA LUIS RICARDO, titular de la Cédula de Identidad V- 12.065.519, quien ordenó que dicho detenido fuese trasladado ante la oficina de Flagrancia de los Tribunales del Circuito Judicial de Ocumare del Tuy, Estado Miranda. De igual manera el funcionario antes mencionado le efectuó llamada telefónica al funcionario Inspector ALVAREZ GREINYS, indicándole que se traslade comisión al sector San Luís Carretera Nacional Caripito- Maturin Estado Monagas, a fin de ubicar a la victima quien se encuentra en cautiverio. Optando por retornar a la sede de esta oficina, acompañado del ciudadano en cuestión, a fin de dejar constancia de las diligencias practicadas. Se le informó a la superioridad al respecto de las diligencias efectuadas.…”

III
DE LAS PRUEBAS ADMITIDAS POR LA REPRESENTACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO.

SE ADMITEN TODAS LAS PRUEBAS PRESENTADAS POR LA REPRESENTACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO EXPLANADA EN EL REFERIDO ESCRITO ACUSATORIO ASÍ COMO LA PRUEBA ANTICIPADA cursante en el referido expediente, de conformidad a lo establecido en los artículos 181, 182 y 183 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto se refieren directamente al objeto de la investigación, son consideradas por este Tribunal, lícitas, legales, útiles, necesarias y pertinentes para el descubrimiento de la verdad de los hechos imputados a los acusados antes identificado y han sido obtenidas por medios lícitos e incorporadas de conformidad a las disposiciones del Código Orgánico Procesal Penal.

IV
DE LAS PRUEBAS DE LA DEFENSA
SE ADMITEN TODAS LAS PRUEBAS PRESENTADAS POR LA REPRESENTACIÓN DE LA DEFENSA TÉCNICA EXPLANADA EN LAS REFERIDAS ACTUACIONES inserta en la tercera pieza de la fase intermedia, de conformidad a lo establecido en los artículos 181, 182 y 183 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto se refieren directamente al objeto de la investigación, son consideradas por este Tribunal, lícitas, legales, útiles, necesarias y pertinentes para el descubrimiento de la verdad de los hechos imputados al acusado antes identificado y han sido obtenidas por medios lícitos e incorporadas de conformidad a las disposiciones del Código Orgánico Procesal Penal.
V
DE LA MEDIDA DE COERCIÓN PERSONAL

Se mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a los acusados por los delitos que se señalan, en relación a la ciudadana ENMA DEL CARMEN RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.877.918; Por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra El Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 contra La Delincuencia Organizada Financiamiento al Terrorismo FRANKLIN JAVIER RODRIGUEZ BANDRES, titular de la cédula de identidad Nº V-15.872.787; Por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra el Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 contra Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo LUIS RICARDO BORJAS PADILLA, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.089.680, Por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra el Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. y ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal. JIMMI ROJAS ESPINOZA, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.292.930, por la presunta comisión de los delito de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra el Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal. LUIS JIOVANNI CORDERO ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.178.015, por la presunta comisión del delito de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Contra el Secuestro y Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal. JONY ALBERTO CORDERO ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.284.090, Por la presunta comisión del delito de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley contra el secuestro y extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, decretada en la Audiencia de Presentación.

VI
DE LA APERTURA A LA FASE DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO

En virtud que este Tribunal considera que existen elementos suficientes para fundar la acusación interpuesta por el Ministerio Público, ordena abrir el Juicio Oral y Público, se ordenará el emplazamiento de las partes para que en el plazo común de 5 días contados a partir de la remisión de las actuaciones, concurran por ante el Tribunal de Juicio correspondiente de este mismo Circuito y Circunscripción Judicial que conocerá del presente proceso. Así se decide. Cúmplase. Líbrese lo conducente.
LA JUEZA QUINTA DE CONTROL


DRA. ROSYMAR PÉREZ CABRERA

LA SECRETARIA DE SALA,

ABOG. KENDAL ROMERO.-

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA DE SALA,

ABOG. KENDAL ROMERO.-