REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 1 de Julio de 2014
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-000625
ASUNTO : NP01-P-2011-000625


Corresponde a este Tribunal dictar la decisión correspondiente en virtud de la revisión del presente asunto en el cual se constato la muerte del acusado, razón por la cual lo procedente y ajustado a derecho es decretar el SOBRESEIMIENTO de la causa; este Tribunal para decidir observa:

Establece el artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal que el sobreseimiento procede por varias causas, estableciendo entre ellas, en su numeral 3: “cuando la acción penal se ha extinguido o resulta acreditada la cosa juzgada”. Igualmente, establece el numeral 1 del artículo 49 ejusdem que una de las causas de extinción es la muerte del imputado o imputada.-

En esta oportunidad, luego de una revisión de la causa, el Tribunal verificó que el motivo del sobreseimiento es la Extinción De La Acción Penal, contra el Ciudadano ELIER JOSE CARVAJAL (hoy occiso), titular de la cedula de identidad Nº v- 22.968.312 por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN CANTIDADES MNORES, previsto y sancionado en el articulo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas Vigente iniciada la investigación en fecha 21/01/2011 y motivado a que cursa al folio 120 de la segunda pieza de la fase intermedia del presente asunto Protocolo de Autopsia del ciudadano ELIER JOSE CARVAJAL, suscrito por el Dr. ASISCLO BOADAS, adscrito al Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses Región Monagas donde indica que el mismo falleció el día 23 de Marzo del año 2013; esto de conformidad con lo establecido en el articulo 103 del Código Penal Venezolano Vigente, que establece: “ La muerte del procesado extingue la acción penal”.-

DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal TERCERO de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de ELIER JOSE CARVAJAL (hoy occiso), titular de la cedula de identidad Nº v- 22.968.312, conforme el numeral 3º del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el numeral 1 del artículo 49 ejusdem, por Extinción De La Acción Penal, debido al fallecimiento del procesado. Líbrese lo conducente a los fines legales pertinentes. Publíquese y notifíquese a las partes. Líbrese lo conducente.- CUMPLASE.-

La Juez

ABG. LISBETH RONDON

La Secretaria

ABG. KEIRIS FIGUEROA