ACTA
N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2.014-571
PARTE ACTORA: Ciudadano, JOSE FGUERA, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad n° 12.154.143.
APODERADO JUDICIAL: Abogado ERRICO DESIDERIO, inscrito en lo Inpreabogado bajo el N° 42.284.-
PARTES DEMANDADAS: SERENOS TAMANACO, C.A. (SERTACA)
APODERADO JUDICIAL: Abogado DENNIS CUECHE, inscrito en lo Inpreabogado bajo el N° 128.949.-
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy 07 de julio de 2014, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar EL INICIO de la audiencia Preliminar, comparecieron el abogado ERRICO DESIDERIO, también compareció el abogado DENNIS CUECHE, apoderado judicial de la demandada, quien presentó poder original y copia, esta última fue certificada por el Secretario del Tribunal. Por una parte, la parte accionante solicita que le cancelen la cantidad de Bs. 13.798,12, por concepto de prestaciones sociales, por otra parte empresa demandada expone: Una vez revisado la petición del accionante y habiendo realizado los cálculos en la presente audiencia, conviene en ofrecer la cantidad de 8.000,00 de en un (01) cheque del Banco Provincial, la Cuenta corriente n° 0108-0591-19-0100091458, cheque n° 00000746. El apoderado judicial del accionante manifiesta que acepta el ofrecimiento realizado por la parte demandada, en conocimiento de los cálculos realizados. Ambas partes declaran que con este pago se abarca todos y cada uno de los conceptos demandados y los que pudiere haber generado, no quedando ningún otro concepto de prestaciones sociales. El Tribunal se reserva el titulo valor antes identificado, a los fines que el accionante lo retire ante la Oficina de Control de Consignaciones de la Coordinación Laboral de esta Circunscripción judicial. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL.
LA JUEZA
ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T.
LAS PARTES COMPARECIENTES.
EL SECRETARIO
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