REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
CARACAS, ONCE (11) DE JULIO DE DOS MIL CATORCE (2014)
202º y 153º



ASUNTO No.: AP21-N-2014-000036.

PARTE RECURRENTE: S C JHONSON & SON DE VENEZUELA C.A., sociedad mercantil, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Primera Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 22 de enero de 1957 bajo el No. 14, Tomo 4 A.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE RECURRENTE: IGNACIO PONTE BRANDT, JOSE BERNARDO GUEVARA, ILEANA ROSALES BENETT, HELI SALVADOR FERNANDEZ Y SIMON HERRERA CELIS, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA), bajo los Nos. 14.522, 15.851, 24.884, 32.849 y 42.116, respectivamente.

ACTO RECURRIDO: Oficio No. 0059-13, de fecha 27 de marzo de 2013, dictado por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Estado Aragua, ente adscrito al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE RECURRIDA: No acreditado en autos.

TERCERO CON INTERES: VICTOR E. GUEVARA LOPEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad No. 9.688.810.

APODERADO JUDICIAL DEL TERCERO CON INTERES: No acreditado en autos.

MOTIVO: INCIDENCIA.


Vistas las actas procesales, este Tribunal observa que se recibió correspondencia por ante la Unidad de Recepción, distribución de Documentos (URDD) de esta sede Judicial, en fecha 08 de julio de 2014, siendo las dos y cincuenta y uno de la tarde (2:51 p. m), interpuesto por la parte recurrente mediante el cual señalan que con ocasión a la transacción celebrada el 17 de junio de 2014 entre el tercero interesado, ciudadano VICTOR E. GUEVARA LOPEZ y la parte actora S C JHONSON & SON DE VENEZUELA C. A., quien fuese parte demandada en la causa incoada por el precitado ciudadano en el Juicio de Indemnización en ocasión a Accidente de Trabajo, signada esta con el No. DP11-L-2014-000355 la cual curso por ante el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, desiste del presente Recurso de Nulidad.

Pues bien, al analizarse las circunstancias de tiempo, modo y lugar peticionadas supra, y adminicularse con el ordenamiento jurídico, este Tribunal HOMOLOGA tal pedimento, por estar ajustado a Derecho.

En consecuencia, se declara, tal como se hará en la parte dispositiva del presente fallo, la HOMOLOGACION de lo peticionado. Así se establece.

Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: HOMOLOGADA la solicitud del desistimiento de la presente acción de nulidad realizada por la parte actora, S C JHONSON & SON DE VENEZUELA C. A., en la presente causa.

No hay condena en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo.

Dado que no han sido afectados los intereses patrimoniales de la República Bolivariana de Venezuela, ni de ningún ente público, no es necesario que se ordene notificación alguna. Así se establece.


PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA.


Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Tercero del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los once (11) días del mes de julio del año dos mil catorce (2014). Años: 204º y 155º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.




MERCEDES E. GOMEZ CASTRO
LA JUEZA






ANA VICTORIA BARRETO
LA SECRETARIA




NOTA: En el día de hoy, se dictó, publicó y diarizó la anterior sentencia, siendo las horas de despacho de esta Alzada.





ANA VICTORIA BARRETO
LA SECRETARIA