REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 18 de julio de 2014
204º y 155º

ASUNTO: AP11-V-2013-000259

Visto el escrito de promoción de pruebas consignado en fecha tres (3) de julio de dos mil catorce (2014), por el abogado CESAR AUGUSTO FELICE CARQUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 43.926, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada: ciudadano ACACIO LOURENCO DE JESUS, el Tribunal a los fines de su admisión observa:

1) En relación a las pruebas documentales promovidas en el “CAPÍTULO PRIMERO” del escrito presentado, por cuanto las mismas se encuentran referidas a Documentos cursantes en autos, no siendo estas manifiestamente ilegales ni impertinentes, este Juzgado de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 398 del Código de Procedimiento Civil, las admite cuanto ha lugar en derecho dejando su apreciación para la sentencia Definitiva. Así se establece.-

2) Respecto a las pruebas testimoniales promovidas en el “CAPITULO II” del escrito de pruebas consignado, este Tribunal las admite por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su valoración en la sentencia definitiva. En consecuencia se fijan las siguientes oportunidades para que tenga lugar el acto de evacuación de testigos:

SE FIJA EL TERCER (3ER) día de Despacho siguientes al de hoy para los testigos que a continuación se nombran:

El testigo OLIVIS DANIEL RAMOS MERCADO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad V-14.890.672, se le fija las 9:00 a.m.
La testigo ELINA ISABEL ALVAREZ DE RAMOS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad V-15.931.880, se le fija las 10:00 a.m.

El testigo WILLIAM OMAR RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad V-5.664.747, se le fija las 11:00 a.m.

SE FIJA EL CUARTO (4to), día de Despacho siguiente al de hoy para los testigos que a continuación se nombran:

El testigo JORGE ENRIQUE MONROY GARZÓN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad V-6.239.258, se le fija las 9:00 a.m.

El testigo LUIS FRANCISCO CARREÑO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad V-12.556.997, se le fija las 10:00 a.m. Así se Decide.-
LA JUEZ TITULAR,

DRA. CAROLINA GARCÍA CEDEÑO.-
LA SECRETARIA ACC.,

MELINA CRESPO VERGARA.-




Funcionario que realizo la actuación: Denis Sosa
Asunto N°: AP11-V-2013-000259