REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUADRAGÉSIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuadragésimo Segundo (42°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta (30) de julio de 2014
203º y 154º
ASUNTO: AP21-S-2014-01379
Vista la diligencia que antecede suscrita en fecha 25 de julio de 2014, por la Abogada MARIA PATRICIA JIMENEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el número 195.194 en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente ABBOTT LABORATORIES C.A. mediante la cual manifiesta su voluntad de desistir de la Oferta Real a favor de la ciudadana MARIEL JOSE FARIAS PEREZ titular de la cédula de identidad No. 12.643.027, y en vista que la actuación realizada es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por la parte oferente, en consecuencia este Tribunal Cuadragésimo Segundo (42º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en uso de sus atribuciones legales previstas en los artículos 826 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el presente desistimiento. En consecuencia se da por TERMINADO la presente solicitud y se ordena el archivo definitivo del expediente y cierre informático del mismo.- PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Abg. YSABEL PIÑEYRO VALLENILLA
LA JUEZ
Abg. YORMAN GARCIA
EL SECRETARIO
ASUNTO: AP21-S-2014-01379