REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL TRIBUNAL SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 29 de julio de 2014.-
204º y 155º
Verifica este Tribunal que existe un error material de transcripción en la sentencia dictada en fecha 23 de julio de 2014; visto lo anterior, este Tribunal procede de oficio a corregir dicho error, en tal sentido, donde dice:

En la página 7 de la sentencia, folio 49 del expediente, donde dice:

“(…) Tribunal Superior Primero del Trabajo para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Sede Constitucional (…)”

Se debe leer

“(…) Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en Sede Constitucional (…)”

Queda así corregido el error material de transcripción cometido de manera involuntaria en la sentencia dictada en fecha 23/07/2014 por este Tribunal.

La presente corrección forma parte de la sentencia dictada en fecha 23/07/2014. Así se decide.

Publíquese y regístrese. Agréguese al expediente.

El Juez,

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JOHN HAMZE SOSA

La Secretaria,



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JOCELYN COROMTO ARTEAGA

En esta misma fecha, siendo 3:25 p.m., se publicó y registró la anterior aclaratoria de sentencia.

La Secretaria



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JOCELYN COROMTO ARTEAGA









Asunto No. DP11-O-2014-000010.
JHS/jca.