REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY Y CON COMPETENCIA EN EL ESTADO CARABOBO
(204° y 155°)
Maracay, tres (03) de julio del año 2014

EXP.- JSAAC- 2013-0287
De la revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que en fecha veinte (20) de junio de 2014 venció el lapso establecido en el artículo 235 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario para que el recurrente anunciara recurso de casación. De allí que, este Juzgado Superior Agrario declara definitivamente firme la decisión dictada en fecha veintitrés (23) de Abril de 2014 ; y asimismo, acuerda remitir el expediente en su forma original al Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Aragua. Por otra parte, de conformidad con el articulo 25 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se acuerda remitir copia certificada del presente expediente a la Sala Constitucional del máximo Tribunal, a fin de que se pronuncie sobre la conformidad o no en derecho del Segundo particular de la dispositiva de la decisión antes mencionada, referente a la desaplicación parcial del artículo 211 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
EL JUEZ

ABG. HECTOR BENITEZ CAÑAS
EL SECRETARIO

ABG. DANIEL SUAREZ SERRANO

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado

EL SECRETARIO

ABG. DANIEL SUAREZ SERRANO
EXP. JSAAC.- 2013-0287
HBC/lDs/ea