REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, (01) de Julio de dos mil catorce (2.014)
204° y 155°

Vista la diligencia estampada en fecha 30 de Junio de 2014, por las ciudadanas abogadas Noelis Flores y Kelys Alcala , inscritas en el Inpreabogado bajo los Nro.16.080 y 40.192, con su carácter acreditado en autos, parte querellante, en la cual expone y solicita: “…Omissis… Solicito al honorable tribunal se sirva a notificar a la Lcda. Gladys Sandoval a los fines que practique la experticia complementaria del fallo ordenada por este Tribunal para proseguir con la ejecución…” Este Tribunal Superior, pasa a revisar las actas procesales que conforman el presente expediente, evidenciando que efectivamente en fecha 11 de Agosto de 2011, se dictó auto donde se designó a la Lcda. Gladys Sandoval a los fines que practique la experticia complementaria del fallo y se libró boleta de Notificación, a los fines de su aceptación y presentar el juramento respectivo en fecha 10 de noviembre de 2011. Es por ello, que este Juzgado Superior, en vista de lo solicitado en la anterior diligencia, le establece a la parte demandante que una vez conste en autos la notificación de fecha 10 de junio de 2013 en la cual se ordena la notificación a la ciudadana experta contable a los fines de que informe a este juzgado Superior las resultas del Dictamen Pericial Ordenado en la presente causa este Tribunal Superior se pronunciara sobre lo solicitado. Así se establece.
LA JUEZ SUPERIOR ESTADAL,

DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.


EL SECRETARIO TEMP. ABG. Irving Reyes.





ASUNTO. DE01-G-2003-000013.-
ANTIGUO 6501.-
MGS/IR.-