REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, Quince (15) de Julio del año dos mil catorce (2.014).
204° y 155°
Vista la diligencia estampada en fecha 14 de julio de 2014, por la ciudadana Ada Lira López, titular de la cédula de identidad Nº 9.670.586, asistida por su apoderada judicial, la abogada Graciela Seijas, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nro. 9.916, mediante la cual APELA de la decisión dictada por este Juzgado en fecha 03 de Julio de 2014; En virtud de lo solicitado, este Juzgado Superior pasa a revisar las actuaciones procesales que conforman la presente causa, evidenciando que efectivamente en fecha 03 de Julio de 2014 se dictó sentencia definitiva mediante la cual se declaró SIN LUGAR el presente recurso contencioso administrativo funcionarial. Ordenándose librar la notificación correspondiente al ciudadano Sindico Procurador del Municipio Costa de Oro del estado Aragua, en acatamiento a lo previsto en el artículo 153 de la De Ley de Reforma Parcial de la Orgánica del Poder Público Municipal. Comprobándose de igual manera que dicha notificación no ha sido debidamente practicada, razón por la cual este Órgano Jurisdiccional siendo garante de los principios del Debido Proceso y el Derecho a la Defensa consagrados en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, le establece a la parte diligenciante que se pronunciara en cuanto a la apelación formulada, una vez conste en autos la notificación debidamente practicada al ciudadano Sindico Procurador del Municipio Costa de Oro del estado Aragua. Cúmplase.
LA JUEZ TITULAR SUPERIOR

DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.


LA SECRETARIA,
ABOG. SLEYDIN REYES
MGS/SR/DB
Exp. Nº DP02-G-2014-000040.-