REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, (02) de Julio de dos mil Catorce 2014.
204° y 155°
Transcurrido como ha sido el lapso para que las partes presentaren Informes en la presente causa; contentiva del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el ciudadano Luís Alberto Feregotto Marrero, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 9.438.651, debidamente asistido de abogado, contra la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua. Medio procesal que si fue utilizado las partes intervinientes en el presente recurso. Este Órgano Jurisdiccional a los fines de verificar los días trascurrido del lapso para que este Juzgado Superior dicte sentencia en la presente causa ordena practicar por secretaría el cómputo de los días trascurridos en este despacho. En este sentido certifíquese por secretaria el computo de los días de despacho transcurrido en este tribunal desde el 26 de Junio de 2014, (exclusive) fecha esta en se debió declara abierto el lapso de TREINTA (30) días de despacho, exclusive, para dictar sentencia definitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa y comenzó a correr el referido lapso, hasta la presente fecha 02 de Julio de 2014 (inclusive). Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
EL SECRETARIO,
ABOG. IRVING REYES.-
Quien suscribe, ABOG. IRVING REYES Secretario Temporal del Juzgado Superior Contencioso Administrativo del Estado Aragua, HACE CONSTAR: Que del Libro Diario Llevado por este Tribunal, se evidencia que desde el 26 de Junio de 2014, (exclusive) fecha esta en que el tribunal debió declarar abierto el lapso de TREINTA (30) días de despacho, exclusive, para dictar sentencia definitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, y comenzó a correr el referido lapso, hasta la presente fecha 02 de Julio de 2014 (inclusive), han trascurrido en este Juzgado Superior tres (03) días de despacho, o sea, los días: 27, 30 de Junio de 2014 y 01 de Julio de 2014,. Certificación que hago en Maracay, a los dos (02) días del mes de Julio del año dos mil catorce (2014).
EL SECRETRAIO,
ABOG. IRVING REYES.-
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.
EL SECRETARIO TEMP,

ABG. IRVING REYES.


Asunto Principal: DP02-G-2013-000059.-
MGS/IR