REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, Veintiuno (21) de julio del año dos mil catorce (2014).
204° y 155°
Vista la Audiencia de Resolución de Controversia, en la cual las partes Recurrente y Recurrida solicitaron al Tribunal, se realizara una Experticia complementaria del fallo a los fines de terminar los sueldos dejados de percibir, dado que el Municipio querellado, hizo algunos pagos sin la determinación exacto de los mismos, lo cual fue acordado por este Juzgado y que se fijaría por auto separado; este Tribunal a los fines de de darle cumplimiento a lo ordenado en la Audiencia de Resolución de Controversia, así como a la sentencia dictada por este Despacho, que ordenó la designación de la Experto Contable a los fines de la determinación los emolumentos a cancelar; de conformidad con lo establecido en el artículo 455 del Código de Procedimiento Civil, proceder a designar a la ciudadana: GLADYS SANDOVAL, colegiada bajo el Nro. C.P.C., 28.450; a quien se ordena notificar mediante Boleta, a los fines de que, en caso de aceptar, preste el juramento legal dentro de los tres (03) días de despacho siguientes a su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese la Boleta correspondiente.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
LA SECRETARIA
ABOG. SLEYDIN REYES
Exp. No. DE01-G-2001-000068
MGS/ SR/mr