REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN MARACAY
Maracay, Cuatro (04) de julio de dos mil catorce (2014).
204° y 155°

Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nro. DE01-G-2013-000014, Numeración Antigua: 11.265, proveniente de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, con sede en la Ciudad de Caracas, Distrito Capital, mediante Oficio signado con el Nro. CSCA-2014-004733, de fecha 17 de Junio de 2014, contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por la ciudadana FLOR YSABEL MENDOZA MONTENEGRO, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 9.913.247, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO ARAGUA. Dicha remisión se efectuó, en virtud de la Sentencia dictada por la referida Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, en fecha diez (10) de febrero de dos mil catorce (2014), la cual declaró:
“… 1.- Que es COMPETENTE para conocer del recurso de apelación ejercido por la abogada Ana Tortolero Velásquez, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana FLOR YSABEL MENDOZA MONTENEGRO, contra la decisión dictada en fecha 14 de octubre de 2013, por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, que declaro inadmisible el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto, por haber operado la caducidad contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO ANTONIO JOSE DE SUCRE DEL ESTADO ARAGUA.
2.- CON LUGAR la apelación interpuesta.
3.- ORDENA la remisión del presente expediente al Juzgado Superior estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de que este proceda a pronunciarse sobre el fondo del asunto debatido…”

Es por ello que este órgano jurisdiccional, ordena darle entrada y registrar su REINGRESO en los Libros respectivos con las anotaciones correspondientes bajo el mismo numero, igualmente se aboca al conocimiento de la presente causa. Ahora bien, en vista de lo ordenado en la anterior sentencia dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, este Tribunal Superior ordena notificar a las partes y una vez que conste en autos la ultima de las notificaciones ordenadas, este Juzgado Superior dictara el dispositivo del fallo relacionado con la presente causa. Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.

LA SECRETARIA,
ABG. SLEYDIN REYES.
MGS/SR/gavs
Exp. Nro. DE01-G-2013-000014
Numeración Antigua: 11.265