REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 09 de Julio de dos mil catorce (2014).
204° y 155°

Vista como fue la diligencia estampada en fecha 07 de Julio de 2014, por la ciudadana Abogada Delia Inés Rumbos Mendoza, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 169.413, actuando con carácter de apoderada judicial de la Procuraduría General del estado Aragua, en la cual solicita el cierre y archivo del presente expediente. En tal sentido, de la revisión de las actas procesales del presente asunto N° DE01-G-2013-000009, contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadano José Froilan Heredia, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 11.652.603, contra el Cuerpo de Seguridad y Orden Público del Estado Aragua (C.S.O.P.E.A.); se evidencia que éste Juzgado Superior Estadal dictó sentencia en fecha 10 de Octubre de 2013, en la cual declaró SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial; razón por la cual éste Tribunal Superior, ordena la practicar por Secretaria el cómputo de los cinco (05) días de Despacho siguientes a que hace referencia el artículo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública a los fines de determinar los días de despacho que tenía la parte querellante para la interposición del recurso ordinario de apelación. Cúmplase
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.
LA SECRETARIA
ABOG. SLEYDIN REYES
Quien suscribe, ABOG. SLEYDIN REYES, Secretaria del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del Estado Aragua, HACE CONSTAR: Que del Libro Diario llevado por éste Juzgado Superior Estadal, se evidencia: Que los cinco (05) días de despacho, a que hace referencia el artículo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, transcurridos desde el día 23 de Octubre de 2013 (exclusive), fecha ésta en la cual el ciudadano Alguacil dejó constancia de haber practicado la notificación ordenada en la sentencia, hasta la preclusión del lapso para intentar el recurso ordinario de apelación por parte de la parte querellante, corresponde a los días: Lunes 28, Martes 29, Miércoles 30 del mes de Octubre y los días Lunes 04, y Jueves 07 del mes de Noviembre de 2013.-
LA SECRETARIA
ABOG. SLEYDIN REYES
Practicado como fue el cómputo por Secretaria se evidencia que desde el día 23 de Octubre de 2013 (exclusive) hasta el día 07 de Noviembre de 2013 (inclusive), transcurrieron 05 días de Despacho, para que la parte demandante ejerciera su recurso de Apelación, por lo que habiendo transcurrido el lapso previsto en el artículo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, sin que se interpusiera recurso de apelación contra la decisión dictada por este Tribunal Superior en fecha 10 de Octubre de 2013, éste Tribunal la declara definitivamente firme y en consecuencia ordena el cierre del presente expediente y su posterior remisión al Archivo Judicial.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.

LA SECRETARIA
ABOG. SLEYDIN REYES

Exp. No. DE01-G-2013-000009
MGS/SR/JH