REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÈ FÈLIX RIBAS, JOSÈ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, 23 de Julio del 2014
203° y 154°
SOLICITUD: 19-14
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE: GABRIEL JESUS SUNIAGA BALZA Y XIOMARA MARIA BALZA
APODERADAS ESPECIALES: INGRID GONZALES Y MARIA ANDREINA PIÑERO LEON
Vista la anterior solicitud, incoada ante el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, asignada como ha sido a este Tribunal en virtud de distribución N° 037-160, de fecha 03 de Junio del presente año, de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y sus recaudos, incoada por las ciudadanas, INGRID GONZALEZ GOMEZ y MARIA ANDREINA PIÑERO LEON, Abogadas en ejercicio, Titulares de las cedulas de identidad Nros V- 4.659.101 y V-16.346.426, Inpreabogado Nros 50.260 y 132.247, respectivamente, actuando en este acto con el carácter de Apoderadas Especiales, según se evidencia en Poder debidamente autenticado por antela Notaria Publica de la Victoria, quedando asentado bajo el N° 12, Tomo 118, folios 40 hasta 42, de fecha 23 de Mayo de 2014, en los Libros llevados por esa Notaria, de los Ciudadanos GABRIEL JESUS SUNIAGA BALZA, venezolano, soltero, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad N° V-17.970.292, y XIOMARA MARIA BALZA venezolana, viuda, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad N° V-7.197.441, actuando el primero en su condición de hijo y la segunda en condición de Esposa del causante OSCAR JOSE SUNIAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-530.934, quien falleciera ab intestato, el día 15 de Abril del 2010, según se evidencia en Copia Certificada de Acta de Defuncion número 0226, folio 226, tomo I, Expedida por el Registro Civil del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua.
Este Tribunal una vez una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia, promovida por el mencionado ciudadano y evacuadas por ante este mismo Tribunal y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal dejando a salvo los derechos de Terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos de los ciudadanos GABRIEL JESUS SUNIAGA BALZA, venezolano, soltero, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad N° V-17.970.292, y la ciudadana XIOMARA MARIA BALZA venezolana, viuda, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad N° V-7.197.441, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto ciudadano OSCAR JOSE SUNIAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-530.934, quien falleciera ab intestato, el día 15 de Abril del 2010, según se evidencia en Copia Certificada de Acta de Defuncion número 0226, folio 226, tomo I, Expedida por el Registro Civil del Municipio José Félix Ribas del Estado y así se decide. Expídanse copias Certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÈ FÈLIX RIBAS, JOSÈ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA. EN LA VICTORIA A LOS VENTITRES (23) DIAS DEL MES DE JULIO DEL DOS MIL CATORCE (2014). Años 204° DE LA INDEPENDENCIA Y 155° DE LA FEDERACION.-
La Juez Titular.
Dra. Emma Constanza García Bello
La Secretaria Titular.
Abg. Adriana A. de García.
En esta misma fecha siendo las 02:00 p.m. se publicó y se registró se dejó copia de la anterior decisión, previo anuncio de ley a las puertas del Tribunal.-
La Secretaria Titular.
Abg. Adriana A. de García.
Sol. 19-14
ECGB/AADG/Vero.-
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