REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOTILLO y URACOA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
ESTADO MONAGAS
Barrancas del Orinoco 14 Julio 2.014
204 y 155°
Con la finalidad de dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, queda establecido que en el presente procedimiento de Homologación Obligación de Manutención, intervienen las siguientes personas como partes .-
DEMANDANTE: ISABEL MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.743.391; actuando en nombre propio y representación (CONSEJERA) del Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Libertador, estado Monagas a favor de la menor ELIANA DEL VALLE HERRERA LARA, titular de la cédula de identidad Nº V- 27.073.919.- -----------------------------
DEMANDADO: ELIEZER JOSÉ HERRERA ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.210.776, domiciliado en la Urbanización Las Vírgenes, sector La Coromoto, carrera 09, casa Nº 183 en el Municipio Maturín, estado Monagas y quien labora en la empresa P.D.V.S.A. SERVICIOS TALADRO VICTOR 3° de Campo Morichal; Municipio Maturín, estado Monagas- ----------
MOTIVO: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
EXPEDIENTE N° 00951
NARRATIVA
Se inició el presente juicio mediante asistencia jurídica, acta suscrita por el Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Libertador, estado Monagas; mediante oficio Nº 002-2.013 de fecha 16 Enero 2.013 dirigido a éste Juzgado y recibido con anexos desde el folio uno (01) al folio nueve (09) ambos inclusive en fecha 16 Enero 2.013, en la sala de despacho de secretaria.- ---------------------------------
En fecha 23 Enero 2.013 corre inserto en el folio once (11) se admite la demanda en cuestión y se elaboran los respectivos oficios Nº 2.930-18, Nº 2.930-19 dirigidos a la empresa P.D.V.S.A. y boleta de Notificación a la Fiscal competente en la materia; de Citación al demandado en ésta causa signada con el Nº 00951, que corre inserto en nuestro archivo.- --
En fecha 24 Enero 2.013, corre inserto en el folio dieciséis (16) escrito según oficio Nº 008-13 expte 007-13 y dirigido a éste Juzgado emitido por el Consejo de Protección Municipal del Municipio libertador, estado Monagas; indicando aperturar cuenta bancaria a nombre de la ciudadana Zuleima del Valle Lara Villarroel, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.212.198.- ------------------------------------------
En fecha 30 Enero 2.013 corre inserto en el folio (17) mediante auto emitido por éste Juzgado, se acuerda lo solicitado en el folio anterior .- -
En fecha 30 Enero 2.013 corre inserto en el folio (18) del expediente; mediante oficio Nº 2.930-34 dirigido a la entidad financiera Banco de Venezuela sucursal Temblador para apertura de lo solicitado.-
En fecha 26 Febrero 20.13 corre inserto en los folios (19-20) el ciudadano Alguacil de éste Juzgado consigna Boleta de Notificación recibida y firmada por la Fiscal del Ministerio Público competente .- -----
En fecha 26 Febrero 2.013 corre inserto en los folios (21-22) el ciudadano Alguacil de éste Juzgado consigna Boleta de Citación recibida y firmada por el demandado en autos .- -----------------------------------
En fecha 12 Marzo 2.013 el ciudadano ELIEZER JOSÉ HERRERA ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.210.776 y asistido de profesional del derecho consigna escrito dando Contestación a la Demanda incoada en su contra y solicita HOLOGACIÓN de la causa.-
En fecha doce (12) de Marzo 2.013 acude y comparece ante éste Juzgado, el ciudadano ELIEZER JOSÉ HERRERA ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.210.776 y asistido de profesional del derecho consigna escrito dando Contestación a la Demanda incoada en su contra y promueve pruebas documentales que corren desde los folio veinticuatro (24) hasta el treinta y nueve (39) ambos inclusive; en lo cual anexa recibos depósitos bancarios, constancia de inscripción educativa y copias de oficios de la fiscalía del Ministerio Público .-
En fecha 14 Marzo 2.013 corre inserto en el folio cuarenta (40) auto relativo a la promoción de testimoniales, información bancaria y oficio al Ministerio Público, antes solicitado por la parte demandada.-
En fecha 18 Marzo 2.013 corre inserto en el folio (41) mediante auto emitido por éste Juzgado, oficio Nº 2.930-94 dirigido a Fiscalia Ministerio Público tal como fue solicitado .- -------------------------------------
En fecha 20 Marzo 2.013 según folio (42) el Juzgado declara DESIERTO el acto de promoción testimonial, solicitado en fecha 12 Marzo 2.013.-
En fecha veinte (20) de Marzo 2.013 acude y comparece ante éste Juzgado, el ciudadano ELIEZER JOSÉ HERRERA ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.210.776 y asistido de profesional del derecho consigna escrito solicitando nueva oportunidad para evacuación de testigo.- ---------------------------------------------------------------
En fecha 20 Marzo 2.013 acude y comparece ante éste Juzgado, el ciudadano ELIEZER JOSÉ HERRERA ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.210.776 y asistido de profesional del derecho consigna escrito otorgando Poder Apud-Acta a la ciudadana abogada Ana Katiuska Hernández Zambrano.- ------------------------------------
En fecha 20 Marzo 2.013 corre inserto en el folio (46) acude y comparece ante éste Juzgado, la ciudadana abogada Ana Katiuska Hernández Zambrano, consigna diligencia indicando información sobre cheques emitidos por ELIEZER JOSÉ HERRERA ZAMBRANO. En fecha 02 Abril 2.013 el Juzgado de la causa emite auto indicando fecha de evacuación de testigo.- ----------------------------------------
En fecha 09 Abril 2.013 consta en los folios (48y49) la comparecencia de la ciudadana Elis Magdalena Zambrano en calidad de testigo.-
En fecha 02 Abril 2.013 el Juzgado de la causa emite auto acordando lo solicitado por la apoderada del demandado.- -------------------------
De fecha 13 Mayo 2.013 consta según oficio Nº 2.930 – 156 dirigido a la entidad financiera y que informe a éste Juzgado, lo solicitado.-
En fecha 30 Junio 2.013 corre inserto en el folio (52) acude y comparece ante éste Juzgado, la ciudadana abogada Ana Katiuska Hernández Zambrano, consigna diligencia.- ----------------------------------------
En fecha 21 Enero 2.014 acude y comparece ante éste Juzgado, el ciudadano ELIEZER JOSÉ HERRERA ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.210.776 y asistido de profesional de derecho consigna diligencia solicitando copias simples del expediente y se oficie a la Fiscalia 8° del Ministerio Público .- -----------------------------------
En fecha 21 Enero 2.014 acude y comparece ante éste Juzgado, el ciudadano ELIEZER JOSÉ HERRERA ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.210.776 y asistido de profesional de derecho consigna escrito REVOCANDO poder otorgado a la ciudadana abogada Ana Katiuska Hernández Zambrano y otorga Poder Apud-Acta al ciudadano abogado JORGE LUÍS KAJALLE GARCÍA, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.897.077 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 41.141.- -----------------------------------------
En fecha 30 Enero 2.014 corre inserto en el folio (58) mediante auto emitido por éste Juzgado, oficio Nº 2.930-27 dirigido a Fiscalia 8° del Ministerio Público tal como fue solicitado .- ---------------------------
En fecha 06 Febrero 2.014 corre inserto en el folio (59) acude y comparece ante éste Juzgado, el ciudadano abogado JORGE LUÍS KAJALLE GARCÍA, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.897.077 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 41.141 y consigna información emitida por el Banco de Venezuela, agencia Temblador.- ----------------------------------------------------
En fecha 14 Marzo 2.014 corre inserto en el folio (67) acude y comparece ante éste Juzgado, el ciudadano abogado JORGE LUÍS KAJALLE GARCÍA, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.897.077 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 41.141 y consigna información emitida por la empresa P.D.V.S.A. SERVICIOS, referentes al trabajador ELIEZER JOSÉ HERRERA ZAMBRANO. -----------------------------------------------------------
En fecha 25 Junio 2.014 corre inserto en el folio (73) de éste expediente y en la sala de audiencias de éste Juzgado acude la ciudadana ELIANA DEL VALLE HERRERA LARA, titular de la cédula de identidad Nº V- 27.073.919 y representada por el ciudadano ELIEZER JOSÉ HERRERA ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.210.776 en su condición de padre de dicha ciudadana, asistidos por el ciudadano abogado JORGE LUÍS KAJALLE GARCÍA, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.897.077 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 41.141; donde expone y solicita a éste Juzgado: DEJAR SIN EFECTO la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoada en contra del ciudadano ELIEZER JOSÉ HERRERA ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.210.776, domiciliado en la Urbanización Las Vírgenes, sector La Coromoto, carrera 09, casa Nº 183 en el Municipio Maturín, estado Monagas y quien labora en la empresa P.D.V.S.A. SERVICIOS TALADRO VICTOR 3° de Campo Morichal; Municipio Maturín, estado Monagas-
M O T I V A:
Por cuanto en el presente expediente la parte actora que interviene en éste litigio ha decidido dejar sin efecto la demanda incoada en cuestión; de modo que éste Juzgado acuerda impartir y declarar DEJAR SIN EFECTO la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN presentada por las ciudadanas ISABEL MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.743.391; KATIUSKA ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.939.585 y DAMARYS FRANCO, titular de la cédula identidad Nº V- 10.302.658 quienes han actuado en nombre propio y representación (CONSEJERAS) del Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Libertador, estado Monagas a favor de la menor ELIANA DEL VALLE HERRERA LARA, titular de la cédula de identidad Nº V- 27.073.919.- Y ASÍ SE DECLARA.------------------------------------------------------------------------
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos y consideraciones anteriormente expuestas en éste expediente signado con el Nº 00951, éste Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa de la Circunscripción Judicial del estado Monagas.- “Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ” acuerda: DEJAR SIN EFECTO la demanda incoada por las ciudadanas ISABEL MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.743.391; KATIUSKA ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.939.585 y DAMARYS FRANCO, titular de la cédula identidad Nº V- 10.302.658 en contra del ciudadano ELIEZER JOSÉ HERRERA ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.210.776, domiciliado en la Urbanización Las Vírgenes, sector La Coromoto, carrera 09, casa Nº 183 en el Municipio Maturín, estado Monagas y quien labora en la empresa P.D.V.S.A. SERVICIOS TALADRO VICTOR 3° de Campo Morichal; Municipio Maturín, estado Monagas- ---------- ----------------------
Elabórese oficio dirigido a la empresa P.D.V.S.A. SERVICIOS donde labora el ciudadano antes demandado para los correctivos de Ley y se declara ANULADA totalmente la DEMANDA PREVENTIVA en Cuestión.-
En Barrancas del Orinoco, a catorce (14) días mes de Julio de 2.014 .-
AÑOS: 204° de la Independencia y 155° de la Federación.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA EN EL COPIADOR DE SENTENCIA.- REMITASE EL EXPEDIENTE AL ARCHIVO JUDICIAL .- CUMPLACE.-
El Juez.-
Abg. Francisco Antonio Natera Castillo
La Secretaria
Abg., Yaneth Josefina Natera Sánchez
En esta misma fecha, siendo las 2:30 horas de la tarde, se registró y publicó la anterior sentencia.- Conste.-
La Secretaria,
Abg., Yaneth Josefina Natera Sánchez
FANC/ Pachico
Exp. N° 00951
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