REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, once de julio de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: AP31-S-2014-003900

Vista la solicitud de Partición Amistosa presentada en fecha 13 de mayo de 2014, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por los ciudadanos BRICELIS ROSA RODRIGUEZ RODRIGUEZ y FREDDY ALEXANDER GONZALEZ PALMA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V-10.799.583 y V-11.276.444, respectivamente, asistidos por los abogados JOSE ANDRES RAUSEO ZERPA y LESBIA CONSTANZA SAVINO PALACIO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 14.431 y 13.486, respectivamente, por medio de la cual solicitan la homologación de la partición amistosa de la comunidad conyugal, este Tribunal a los fines de proveer lo solicitado observa:
Conoce este Juzgado del escrito de PARTICION Y LIQUIDACIÓN AMISTOSA DE COMUNIDAD CONYUGAL y sus recaudos presentados por los ciudadanos BRICELIS ROSA RODRIGUEZ RODRIGUEZ y FREDDY ALEXANDER GONZALEZ PALMA, supra identificados y visto que ambas partes acordaron por la vía amistosa en todas y cada una de las partes la presente partición y liquidación de la comunidad conyugal, en los siguientes términos:
Corresponderá de forma exclusiva a la ciudadana BRICELIS ROSA RODRIGUEZ RODRIGUEZ el siguiente bien:

1) El cincuenta por ciento (50%) de los derechos de propiedad que le corresponden al ciudadano FREDDY ALEXANDER GONZALEZ PALMA, sobre un inmueble constituido por el Apartamento distinguido con el Nº 13, ubicado en el Primer Piso del Edificio denominado “RESIDENCIAS ATLANTA”, el cual esta construido sobre las parcelas Nos. 96 y 97 de la Avenida Las Republicas de la Urbanización El Pinar, Parroquia El Paraíso del Municipio Libertador del Distrito Capital, dicha propiedad consta en documento registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Publico del Primer Circuito del Municipio Libertador del Distrito Federal ahora Distrito Capital, en fecha 16 de junio de 1998, bajo el Nº 2, Tomo 40, Protocolo: 1º, apartamento identificado con el No. de Catastro 01 01 08 U01 014 017 004 000 001 013, con una superficie aproximada de Ochenta Metros Cuadrados con Noventa y Tres Decímetros Cuadrados (80,93 m), de los cuales Setenta y Seis Metros Cuadrados (76,00 ) corresponde a área techada y Cuatro Metros Cuadrados con Noventa y Tres Decímetros Cuadrados (4,93 m) corresponde a terraza descubierta; se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE, con parte del apartamento 11 y foso de ascensor; SUR: con parte de la fachada posterior de la edificación; ESTE, con parte de la fachada lateral izquierda de la edificación y con parte del apartamento 11; y OSTE, con parte del apartamento12, foso de ascensor y hall de ascensor. Le corresponde el uso exclusivo de dos (02) puestos de estacionamientos distinguidos con los números dieciséis (16) y diecisiete (17) y un (01) maletero distinguido con el numero uno (01) con un área aproximada de Dos Metros Cuadrados con Ochenta Decímetros Cuadrados (2,80 m). Igualmente le corresponde un porcentaje de alícuota de condominio sobre las cosas comunes del Edificio de Tres Enteros con Cinco Mil Treinta y Dos Diezmilésimas por ciento (3,5032%). Dicho inmueble fue adquirido durante la comunidad conyugal según se evidencia de documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario del Sexto Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, el 04 de abril de 2005, bajo el Nº 12, Tomo 01, Protocolo Primero.-
En este orden de ideas, este Tribunal de la revisión de los recaudos consignados y por cuanto la misma no es contraria al orden público, se le imparte su debida HOMOLOGACIÓN en los términos anteriormente expuestos.-
Regístrese, publíquese y déjese copia de la presente decisión.-
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Vigésimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, adscrito al Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio Ordinarios y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en los Cortijos de Lourdes a los once (11) días del mes de julio de dos mil catorce (2014).- Años 204º de la Federación y 155º de la Federación.-
El Juez,

Abg. Víctor Martín Díaz Salas.-
El Secretario,

Enderson Lozano.-
En esta misma fecha, 11 de julio de 2014, siendo las 09:42 a.m., se dictó y publicó la anterior sentencia previa las formalidades de Ley.- Conste.-
El Secretario,

Enderson Lozano.-
EXP. Nº AP31-S-2014-003900
ASIENTO LIBRO DIARIO: 25