REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas
Maturín, 12 de Junio de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2014-000203
ASUNTO : NP01-P-2014-000203
AUTO DE APERTURA DE JUICIO
Por cuanto en fecha 10 del Mes de Junio del año 2014, se celebró la Audiencia Preliminar en el presente asunto y se ordenó la Apertura al Juicio Oral y Público, seguido contra los acusados JAVIER ALFONZO AREPE SIFONTES y JORGE LUIS BELISARIO MENDOZA, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, se dicta el auto de apertura a Juicio el cual contiene:
Identificación de los Acusados
JAVIER ALFONZO AREPE SIFONTES, titular de la cédula de identidad Nº 25.012.883, Natural de Punta de Mata, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas, en fecha 24/11/1994, de 19 años de edad, Estado civil: soltero, de profesión u oficio: Estudiante hijo de: MARIA SIFONTES (V) y de ALFONZO AREPE (V), domiciliado en: SECTOR CHAMBERI, CALLE 25 DE ABRIL, CASA S/N DEL TEJERO, MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORA DEL ESTADO MONAGAS.
JORGE LUIS BELISARIO MENDOZA, titular de la cédula de identidad Nº 24.504.125, Natural de Barcelona del Estado Anzoátegui, en fecha 24/06/1991, de 22 años de edad, Estado civil: soltero, de profesión u oficio: Obrero, hijo de: RAIZA MENDOZA (V) y de LUIS ARMANDO BELISARIO (V), domiciliado en: SECTOR CHAMBERI, CALLE 25 DE ABRIL, CASA S/N, DEL TEJERO, MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORA DEL ESTADO MONAGAS.
De los Hechos y Motivos especificados en la presente causa
“Se le atribuye a los imputados acusados JAVIER ALFONZO AREPE SIFONTES y JORGE LUIS BELISARIO MENDOZA, el hecho que en fecha 10-01-2014, en horas de la tarde se trasladaron los funcionarios Detective Agregado Orlando Ruiz y Detective Dennis Belmonte…con la finalidad de practicar diligencias relacionadas con el plan patria segura… una vez en la calle mama francisca del sector la democracia, logramos avistar a un ciudadano que se desplazaba por la calle, quien al notar nuestra presencia adopto una actitud nerviosa y evasiva , debido a que la unida en que nos desplazábamos se encuentra debidamente identificada, emprendió veloz carrera, motivo por el cual se les dio la voz de alto, previa identificación como funcionario…haciendo este caso omiso a tal llamado, introduciéndose en una vivienda (rancho) , iniciándose una persecución en caliente, ingresando a dicha morada amparados en el articulo 196 ordinal 02 del Código Orgánico Procesal Penal logrando localizar en el interior de esta a dos ciudadanos …se procedió a realizar la respectiva revisión corporal logrando localizar al ciudadano que huyo de la comisión en el interior del bolsillo delantero derecho, veinticinco (25) envoltorios confeccionados en papel aluminio, contentivos de la presunta droga denominada Crack, procediendo a identificarlo como AREPE SIFONTES JAVIER ALFONZO…y al ciudadano que fue localizado en el interior del inmueble se le logro localizar en sus partes intimas específicamente a la altura de los genitales un envoltorio de regular tamaño contentivo de una sustancia sólida de la presunta droga denominada Crack, identificándolo como BELISARIO MENDOZA JORGE LUIS…en la Ley de Drogas, quedando a la orden de la Fiscalia Sexta de esta Jurisdicción…En razón de tales hechos esta representación fiscal solicita la Admisión de la acusación presentada en contra de los ciudadanos: JAVIER ALONZO AREPE SIFONTES y JORGE LUIS BELISARIO MENDOZA así como los medios de prueba en ella ofrecidos, de igual forma solicito que se dicte el correspondiente auto de apertura a juicio oral y publico, igualmente que se mantenga la Medida de coerción personal en virtud que no han variado las circunstancias que dieron origen a la misma, …
Admisión del Escrito Acusatorio y Calificación Jurídica
Se admite TOTALMENTE la acusación presentada por parte de la Fiscalía Vigésima Primera del Ministerio Público, en contra de los ciudadanos JAVIER ALFONZO AREPE SIFONTES, titular de la cédula de identidad Nº 25.012.883, Natural de Punta de Mata, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas, en fecha 24/11/1994, de 19 años de edad, Estado civil: soltero, de profesión u oficio: Estudiante hijo de: MARIA SIFONTES (V) y de ALFONZO AREPE (V), domiciliado en: SECTOR CHAMBERI, CALLE 25 DE ABRIL, CASA S/N DEL TEJERO, MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORA DEL ESTADO MONAGAS y JORGE LUIS BELISARIO MENDOZA, titular de la cédula de identidad Nº 24.504.125, Natural de Barcelona del Estado Anzoátegui, en fecha 24/06/1991, de 22 años de edad, Estado civil: soltero, de profesión u oficio: Obrero, hijo de: RAIZA MENDOZA (V) y de LUIS ARMANDO BELISARIO (V), domiciliado en: SECTOR CHAMBERI, CALLE 25 DE ABRIL, CASA S/N, DEL TEJERO, MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORA DEL ESTADO MONAGAS, por la presunta comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO previsto en el articulo 149 Segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, en virtud de que existe suficientes elementos de convicción en las actas en que se sustenta que el ciudadano antes mencionado presuntamente fue autor de dicho delito, declarándose sin lugar la petición formulada por la defensa, relacionada a la sustitución de la medida privativa por una menos gravosa. Así se decide.
Pruebas Admitidas
Se admiten totalmente las pruebas ofrecidas, por parte de la Vindicta Pública, las cuales se encuentran totalmente descritas en el escrito Acusatorio, por considerar quien aquí decide, que las mismas son obtenidas de forma Lícita, y para el Juicio Oral y Público útiles, necesarias y pertinentes, por cuanto se encuentran relacionadas directamente con el hecho objeto de la investigación, cediéndole a la defensa el derecho de adherirse a las mismas de acuerdo al Principio de la Comunidad de la pruebas.
Orden de Abrir el Juicio Oral y Público
Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO a tenor de lo dispuesto en los Artículos 313 ordinal 2° y 314 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, contra los acusados JAVIER ALFONZO AREPE SIFONTES, titular de la cédula de identidad Nº 25.012.883, Natural de Punta de Mata, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas, en fecha 24/11/1994, de 19 años de edad, Estado civil: soltero, de profesión u oficio: Estudiante hijo de: MARIA SIFONTES (V) y de ALFONZO AREPE (V), domiciliado en: SECTOR CHAMBERI, CALLE 25 DE ABRIL, CASA S/N DEL TEJERO, MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORA DEL ESTADO MONAGAS y JORGE LUIS BELISARIO MENDOZA, titular de la cédula de identidad Nº 24.504.125, Natural de Barcelona del Estado Anzoátegui, en fecha 24/06/1991, de 22 años de edad, Estado civil: soltero, de profesión u oficio: Obrero, hijo de: RAIZA MENDOZA (V) y de LUIS ARMANDO BELISARIO (V), domiciliado en: SECTOR CHAMBERI, CALLE 25 DE ABRIL, CASA S/N, DEL TEJERO, MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORA DEL ESTADO MONAGAS, por la presunta comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO previsto en el articulo 149 Segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Se mantienen a los indicados ciudadanos en las mismas condiciones que hasta los momentos han estado, por cuanto los mismos han estado pendiente del proceso objeto del presente asunto penal.
Emplazamiento a las partes
Se emplaza a las partes para que un plazo común de cinco (5) días concurran ante el Tribunal de Juicio que ha de conocer el presente asunto. Se acuerdan las copias solicitadas por la defensa.
Instrucción al Secretario
Se instruye a la Secretaria de remitir las actuaciones correspondientes a la Fase Preparatoria E INTERMEDIA a la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que sea distribuido al Tribunal de Juicio Correspondiente, en la oportunidad de Legal.
El Juez
ABG. LARRY JOSÉ ZULETA
El Secretario