ACTA
N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2.013-1344
PARTE ACTORA: Ciudadano FRANCISCO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° 12.886.089.
APODERADOS JUDICIALES: Abogado ERMINDA TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 159.594.
PARTE DEMANDADO: MGH PROTECCION INTEGRAL, C.A.
APODERADO JUDICIAL : Abogado FRANCYS MILANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 88.029.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy 12 de junio de 2014, siendo fijada para que tenga lugar EL INICIO de la audiencia preliminar, compareció la abogado ERMINDA TORRES, apoderado judicial del accionante, también compareció el ciudadano RAMON MAGGIOLO , titular de lacédula de identidad n° 6.024.797, en su carácter de Jefe de Operaciones Sucursal de Maturín, asistido de la Abogado FRANCYS MILANO, en su carácter de apoderado judicial de la demandada, quien presentó poder original y copia la última fue certificada por el secretario del Tribunal. Por una parte, la parte accionante solicita que le cancelen la cantidad de Bs.55.267,17, por concepto de prestaciones sociales, por otra parte empresa demandada expone: Una vez revisado la petición del accionante y habiendo realizado los cálculos en la presente audiencia, conviene en ofrecer la cantidad de 38.285,00, pagaderos para el día 25 de julio de 2014. La apoderada judicial del accionante manifiesta que acepta el ofrecimiento realizado por la parte demandada, en conocimiento de los cálculos realizados. Ambas partes declaran que con este pago se abarca todos y cada uno de los conceptos demandados y los que pudiere haber generado, no quedando ningún otro concepto de prestaciones sociales y otros conceptos laborales. Las cantidades objeto de este acuerdo deben ser consignadas por ante la Oficina de Control de Consignaciones de la Coordinación Laboral. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL.
LA JUEZA
ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T.
LAS PARTES COMPARECIENTES.
EL SECRETARIO
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