REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Tercero (23°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 02 de junio de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: AP21-L-2014-001416
Vista la diligencia de fecha 28 de mayo de 2014, realizada por la abogada REINA MARCANO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 186.899, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano PETER JOSE MONAGAS, titular de la cedula de identidad V- 7.958.490; mediante la cual desiste del procedimiento incoado en contra de la empresa ADMINISTRADORA ANDERIPA C.A, en consecuencia, este Juzgado Vigésimo Tercero (23) de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se declara concluido el presente procedimiento y luego de transcurridos cinco (5) días hábiles siguientes a la presente fecha, sin que esta decisión haya sido objeto de recurso alguno, se procederá a ordenar el cierre informático y el archivo del expediente. Así se establece.- CÚMPLASE Y DÉJESE COPIA. Años: 204° y 155º.
La Juez
Abg. Luisa Andreina Rosales Zambrano
El Secretario
Abg. Carlos Moreno
En esta misma fecha se publico y registro la anterior decisión.-
El Secretario
Abg. Carlos Moreno
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