REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 27 de junio de 2014
204º y 155º

Asunto Nº AP41-U-2010-000422.
Sentencia Interlocutoria Nº PJ0082014000168.

Visto el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por la contribuyente INVERSIONES JAMIRSA, C.A, Sociedad Mercantil inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº 53, Tomo 181-A-sdo, en fecha 25 de Noviembre de 2002 y en el Registro de Información Fiscal (R.I.F) bajo el Nº J-31022382-3, ejercido subsidiariamente al recurso jerárquico por el ciudadano Salvador Requena, venezolano, mayor de edad de este domicilio y titular de la Cedula de Identidad Nº V-5.598.888, en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil antes mencionada, contra la Resolución Nº RCA/DFL/2005-1476, de fecha 10 de Agosto de 2005, notificada el 05 de Mayo de 2006.
Estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente recurso contencioso tributario interpuesto, este Tribunal observa: Que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus artículos 259, 260, 261, 262, 266 y 267, a saber se trata de acto administrativo impugnado ante la autoridad competente, interpuesto dentro del lapso legal mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés de la recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la contribuyente y, por cuanto no consta en autos oposición alguna por parte del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario ADMITE dicho recurso contencioso tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
Asimismo, por cuanto la presente sentencia, fue dictada fuera del lapso establecido legalmente, se ordena notificar al Procurador General de la República de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a la recurrente INVERSIONES JAMIRSA, C.A., y al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
Una vez que conste en autos la última de las notificaciones libradas, comenzará el lapso de los ocho (08) días de despacho para que dicho órgano se tenga por notificado, conforme a lo previsto en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a cuyo vencimiento se iniciará el lapso probatorio de conformidad con el artículo 268 del Código Orgánico Tributario.
Se imprimen dos ejemplares a un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación de la sentencia, el segundo para que repose en original en el respectivo copiador de sentencias.
Dado, firmado y sellado en la Sede del Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, en Caracas, a los veintisiete (27) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014). Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.


La Jueza Superior Titular,



Dra. Doris Isabel Gandica Andrade.
La Secretaria Temporal,


Abg. Rossyluz Melo Sánchez


ASUNTO Nº: AP41-U-2010-000422.