Asunto AP41-U-2013-000025 Sentencia Nº 070/2014

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 10 de junio de 2014
204º y 155º

Vista la diligencia presentada en fecha 09 de junio de 2014, suscrita por la ciudadana Luisa Elena Velis Milano, abogada inscrita en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el número 51.180, actuando en su carácter de apoderado judicial del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, mediante la cual consigna originales de los oficios número 009690 y 009027 de fechas 21 de mayo 21 de febrero de 2014, asi como los depósitos bancarios por la cantidad de Siete Mil Seiscientos sin Céntimos (Bs. 7.600.00), de fecha 06 de septiembre de 2011; voucher número 1715144646 y por la cantidad de Veinte Mil Bolívares sin Céntimos (Bs. 20.000.00), de fecha 20 de noviembre de 2013 y el voucher número 1711470000, los cuales respaldan el pago de los derechos pendientes objeto de la demanda de Juicio Ejecutivo, este Tribunal una vez analizado los autos que conforman el expediente y visto que se encuentran llenos los requisitos legales declara en consecuencia la firmeza de la referida sentencia y HOMOLOGA el pago efectuado, en consecuencia se ORDENA el archivo definitivo del expediente en la oportunidad legal correspondiente.

Se imprimen dos ejemplares a un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación del presente fallo, el segundo para que repose en original en el copiador respectivo.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario en Caracas, a los diez (10) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014). Años 204º de la Independencia y 153º de la Federación.

El Juez,



Raúl Gustavo Márquez Barroso.

La Secretaria,


Marbel Luz Castilla Valle

AP41-U-2013-000025
RGMB/MLCV/MP.-