REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, treinta (30) de mayo de dos mil catorce (2014).
Año 204º y 155º
Vista la diligencia de fecha 26 de mayo de 2014, suscrita por el abogado ALBERTO CEDEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 3.169, actuando en su carácter de parte demandada en el presente juicio, mediante la cual solicita se dé tácitamente por notificada a la abogada Magdalena del Carmen Soto Molina (parte actora) en virtud de haber solicitado por ante el archivo de este Juzgado Superior el expediente contentivo de la presente litis, este Tribunal observa que tal pedimento escapa de lo reglado por el legislador en el Código de Procedimiento Civil ya que de las actas contenidas en el presente expediente no se desprende la notificación de la parte actora, aunado al hecho que de una interpretación analógica del artículo 216 eiusdem se infiere que para la confirmación de la identidad de la ciudadana Magdalena del Carmen Soto Molina, por ante este Despacho el funcionario investido con tal facultad es únicamente la secretaria de este Órgano Jurisdiccional, lo cual no es verificable en la presente litis por el solo hecho de que la mencionada ciudadana presuntamente solicitara el expediente contentivo de la presente causa por la taquilla del archivo, en virtud de lo cual este Órgano Jurisdiccional niega lo peticionado. Y así se decide.
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes
La Secretaria Temporal,
Abg. María Elvira Reis
VJGJ/MR/Ralven
EXP. Nº AP71-R-2013-001109 (287)